SALVAMENTO DE VOTO AL AUTO A-008 DE 2006 DEL MAGISTRADO JAIME ARAUJO RENTERIAReferencia: D-6055Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 148 de la Ley 906 de 2004, “por la cual se expide el Código de Procedimiento Penal”.Impedimentos de los señores Procurador y Viceprocurador General de la NaciónMagistrado PonenteDr. ALVARO TAFUR GALVISCon el respeto acostumbrado por las decisiones mayoritarias de esta Corporación, me permito presentar Salvamento de Voto frente a este Auto, reiterando para ello mi posición jurídica sostenida en reiteradas oportunidades, respecto de la incompetencia tanto constitucional como legal de esta Corte para resolver los impedimentos manifestados por el señor Procurador y Viceprocurador General de la Nación, competencia que, a mi juicio, corresponde al Senado de la República. Por la anterior razón disiento de la presente decisión.Fecha ut supra,JAIME ARAÚJO RENTERÍAMagistrado ---pies de página--- En relación con este punto se puede consultar el Auto del 24 de abril de 2003 Expediente D-4475, M.P. Marco Gerardo Monroy Cabra. Ver al respecto la Sentencia C-037 del 19 de febrero de 1998 (M.P. Jorge Arango Mejía). Ver Salvamento de Voto al Auto A-159 del 2005, Expediente D-5807, entre muchos otros.
Salvamento de voto
MagistradoJaime Araujo Rentería
Tema de la sentencia: Ley 906 De 2004 Articulo 148. Codigo De Procedimiento Penal. Impedimentos Del Procurador Y El Viceprocurador General De La Nación Para Conceptuar En El Proceso De La Referencia. Aceptados
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Texto oficial — relatoría de la Corte ConstitucionalN1 · dato duro · reproducción fiel del voto publicado