A- de 2012
Ponente Jorge Ignacio Pretelt Chaljub
✓Demandante Carlos Patiño Ospina·Demandado Sin Información
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Término de caducidad
- Rechazar por extemporáneo
- Término de caducidad
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Recurso de Súplica en contra del Auto del 23 de septiembre de 2011, dictado en el proceso de la referencia por el Magistrado Ponente Nilson Pinilla Pinilla, mediante el cual se decidió rechazar la demanda por haber caducado la acción interpuesta.
La Sala Plena encuentra que el Acto Legislativo 02 de 2004 fue publicado el 28-12-04 y la demanda de inconstitucionalidad presentada por el actor fue el 25-08-11, es decir, mucho después de transcurrido el año previsto para la caducidad de la acción.
Se decide CONFIRMAR en todas sus partes el auto recurrido.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. CONFIRMAR en todas sus partes el Auto del veintitres (23) de septiembre de dos mil once (2011), proferido por el despacho del Magistrado ponente en el proceso D-8691, doctor Nilson Pinilla Pinilla, mediante el cual se rechazo la demanda presentada por el ciudadano Carlos Patino Ospina en contra del Acto Legislativo 02 de 2004.
- Segundo. ARCHIVESE el expediente.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.