Micelio
Auto20 de mayo de 1993

A- de 1993

Ponente Jorge Arango Mejía

Demandante Plinio Apuleyo Mendoza

Tema · dato duro
Excusa. Secreto Profesional. Libertad De Prensa. Ejercicio Del Periodismo.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

5 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Consideró fundada la excusa presentada por el periodista de la referencia, quien se negó a asistir a la citación y contestar el cuestionario que le hizo la Comisión V del Senado de la República.

Para la Corte Constitucional, es claro que la actividad periodística goza de protección para garantizar su libertad e independencia, en este sentido, permitir que las comisiones permanentes del Congreso emplacen a los periodistas para que expliquen bajo juramento sus opiniones, o respondan por ellas, equivaldría a establecer una forma de censura.

La Corte recordó que un periodista está obligado a ser veraz e imparcial en la narración de los hechos pero son libres sus opiniones sobre los mismos hechos.

Quien pretenda exigirle las responsabilidades propias de su oficio, tendrá que acudir en principio a los jueces de la República.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. 1. Declárase fundada la excusa presentada por el señor Plinio Apuleyo Mendoza, en relación con el emplazamiento que le hizo la Comisión V del Honorable Senado de la República, de conformidad con el artículo 137 de la Constitución. En consecuencia, no está obligado a atender la citación ni a absolver el cuestionario respectivo.
  2. 2. Comuníquese al señor Presidente de la Comisión V del Honorable Senado, lo mismo que al citado.
  3. Comuníquese, cópiese y publíquese en la Gaceta Constitucional.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.