Micelio
Auto23 de enero de 2019

A- de 2019

Ponente Gloria Stella Ortiz Delgado

Demandante Rafael Nuñez Londoño Y Otros

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Recurso De Suplica Contra Auto Que Rechaza Demanda De Inconstitucionalidad
  • Improcedencia por cuanto el recurso de súplica no presenta argumentos que desvirtúen las razones constitutivas del rechazo de la demanda
  • Se confirma rechazo por no cumplir con la carga mínima argumentativa exigida para la acción de constitucionalidad por omisión legislativa relativa
1 tema · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Recurso de súplica.

La demanda se rechazó porque los argumentos expuestos en la corrección de la misma no lograron subsanar los yerros advertidos en el auto de inadmisión, ni el incumplimiento de los requisitos de certeza, especificidad y suficiencia requeridos.

Para la Sala Plena de la Corporación el recurrente no logró desvirtuar las razones que dieron lugar al rechazo y por ello decidió CONFIRMAR la providencia cuestionada.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. PRIMERO. CONFIRMAR el Auto de 5 de diciembre de 2018, proferido por el Magistrado Antonio Jose Lizarazo Ocampo en el proceso D-12932, mediante el cual rechazo la demanda presentada los ciudadanos Rafael Nunez Londono, Daniela Ordonez Vidal, Jennifer Alexandra Osorio Cardona, Deyanira Serna Robayo y Julian Arturo Polo Echeverri contra el articulo 33 (parcial) de la Ley 100 de 1993, "Por la cual se crea el sistema de seguridad social integral y se dictan otras disposiciones."
  2. SEGUNDO. A traves de la Secretaria General de la Corte, comuniquese el contenido de esta decision al recurrente, indicandole que contra esta no procede recurso alguno.
  3. TERCERO. Archivese el expediente.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela
Cita a0
No cita providencias registradas.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.