Micelio
Auto22 de enero de 2014

A- de 2014

Ponente Luis Ernesto Vargas Silva

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Objeciones Gubernamentales A Proyecto De Ley Consuelo Devis Saavedra Sobre Cuidados Paliativos Para Manejo Integral De Pacientes Con Enfermedades Terminales, Cronicas, Degenerativas E Irreversibles En Cualquier Fase De Enfermedad De Alto Impacto En Calidad De Vida
  • Solicitud de pruebas para constatar el procedimiento legislativo surtido para subsanar el vicio en lo que respecta al anuncio previo a la votación
  • Principio de respeto a la actividad desplegada por el Legislador
  • Abstenerse de decidir hasta tanto se cumplan presupuestos constitucionales y legales
1 tema · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Con el presente auto la Corte se abstiene de decidir acerca de las Objeciones Gubernamentales de la referencia, hasta tanto se cumplan los presupuestos constitucionales legales y requeridos para hacerlo.

Se ordena poner en conocimiento del Presidente de la Cámara de Representantes la anterior decisión, para que allegue a la Corporación las Gacetas del Congreso necesarias para constatar si se dio cumplimiento a la subsanación de procedimiento ordenada en el auto 121 de 2013 y poder continuar con el trámite de las objeciones.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. ABSTENERSE DE DECIDIR, acerca de las objeciones gubernamentales de la referencia, hasta tanto se cumplan los presupuestos constitucionales y legales requeridos para hacerlo.
  2. Segundo. ORDENAR que el presente auto se ponga en conocimiento del Presidente de la Camara de Representantes, con el fin de que sean enviadas a la Corte Constitucional las Gacetas del Congreso necesarias para poder determinar, con base en las pruebas pertinentes, si se dio cumplimiento a la subsanacion de procedimiento ordenada por la Corte en el Auto 121 del 27 de junio de 2013. En ese sentido, deben ser remitidas las Gacetas del Congreso contentivas de las actas de plenaria que dan cuenta de dicha correccion y que corresponden a las sesiones del 27 de noviembre y 3 de diciembre de 2013.
  3. Tercero. Apremiar al Secretario General de la Camara de Representantes, para que acopien todos los documentos requeridos y dispongan que sean enviados a esta Corporacion, dentro de los tres (3) dias siguientes a la publicacion de las actas en las Gacetas del Congreso.
  4. Cuarto. Una vez el Magistrado Sustanciador verifique que las anteriores pruebas han sido adecuadamente aportadas, se continuara el tramite de las objeciones gubernamentales al Proyecto de Ley No. 138 de 2010 Senado, 290 de 2011 Camara "Ley Consuelo Devis Saavedra, mediante la cual se regulan los servicios de cuidados paliativos para el manejo integral de pacientes con enfermedades terminales, cronicas, degenerativas e irreversibles en cualquier fase de la enfermedad de alto impacto en la calidad de vida".
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela
Cita a7
A. 121/13Auto de 2013A. 123/10Auto de 2010A. 221/09Objeciones Presidenciales Al Proyecto De Ley N°312/08 Senado -90/07 Camara, “ley Sandra Ceballos, Por Lacual Se Establecen Las Acciones Para La Atencion Integral Del Cancer En Colombia”. La Sala Resolvio Abstenerse De Decidir Las Objeciones De La Referencia Hasta Tanto No Se Cumplan Los Presupuestos Constitucionales Y Legales Requeridos Para El Efecto.A. 177/08Revision Oficiosa De Las Objeciones Presidenciales Presentadas Al Proyecto De Ley No. 026 De 2007 Senado, 121 De 2007 Camara, “por El Cual Se Adicionan Dos Incisos Al Articulo 204 De La Ley 100 De 1993 Modificado Por El Articulo 10 De La Ley 1122 De 2007 Y Un Inciso Al Articulo 19 De La Ley 100 De 1993 Modificado Por El Articulo 6 De La Ley 797 De 2003”. Para Que Esta Corporacion Pueda Pronunciarse Definitivamente Sobre Las Objeciones Formuladas Al Proyecto De Ley De La Referencia, Es Preciso Que Se Alleguen Al Expediente Los Materiales Probatorios Que Permitan Constatar El Procedimiento Legislativo Seguido Para La Aprobacion Del Informe De Objeciones Presidenciales, Para Lo Cual Estos Deben Ser Allegados Por Los Funcionarios Competentes. Abstenerse De Decidir Acerca De Las Objeciones Presidenciales De La Referencia Hasta Tanto No Se Cumplan Los Presupuestos Constitucionales Y Legales Requeridos Para Hacerlo. Se Ordena Poner El Auto En Conocimiento De La Señora Presidenta Del Senado De La Republica, Con El Fin De Que Sean Enviadas A La Corte Constitucional Las Gacetas Del Congreso Necesarias Para Poder Determinar, Con Base En Las Pruebas Pertinentes, Si Para La Aprobacion Del Informe De Objeciones Presidenciales Se Cumplio Con El Procedimiento Establecido. Apremiar Al Secretario General Del Senado De La Republica Para Que Acopie Todos Los Documentos Requeridos Y Disponga Que Sean Enviados A Esta Corporacion. Una Vez Se Verifique Que Las Anteriores Pruebas Han Sido Adecuadamente Aportadas, Se Continuara El Tramite De Las Objeciones Presidenciales Al Proyecto De Ley De La Referencia.A. 304/07Objeciones Presidenciales Al Proyecto De Ley No. 293 De 2006 Senado, 12 De 2005 Camara De Representantes, Por El Cual Se Dictan Normas Para La Elección, Conformación Y Funcionamiento De Los Consejos De La Juventud” En El Expediente No Reposan Las Pruebas Necesarias Para Verificar Si Se Cumplio Con El Procedimiento Previsto Para La Aprobacion Del Informe De Objeciones Presidenciales. Siendo Indispensables Para Que La Corte Pueda Pronunciarse. Abstenerse De Decidir Y Apremiar Para Que Sean Remitidos A La CorporacionA. 309/01Devolucion Expediente Por Falta De Tramite
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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.