Micelio
Auto24 de enero de 2018

A- de 2018

Ponente Alberto Rojas Ríos

Demandante Alisson Bravo Mejia·Demandado Nueva E.P.S.

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Superior Funcional
  • Debe asumir diligentemente las funciones que le corresponden y decidir la impugnación presentada
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de competencia suscitado entre el Tribunal Administrativo de Nariño y el Tribunal Superior de Pasto, Sala Civil-Familia.

Se reiteran las reglas aplicadas en la definición de varios casos similares y se dispone que la autoridad que debe resolver la acción de tutela formulada es el Tribunal Superior referido, a quien se le envía el expediente para que sin más dilaciones resuelva la impugnación formulada contra la providencia proferida por el Juzgado Tercero Civil Especializado en Restitución de Tierras de Pasto.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. PRIMERO. DEJAR SIN EFECTOS el auto proferido por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Pasto, Sala de Decisión Civil-Familia, el 30 de agosto de 2017, mediante el cual se abstuvo de asumir conocimiento de la impugnación formulada por la ciudadana Alisson Bravo Mejía frente a la decisión adoptada por el Juzgado
  2. Tercero. Civil Especializado en Restitución de Tierras de Pasto (Nariño), el 17 de agosto de 2017.
  3. SEGUNDO. REMITIR el expediente de la referencia al Tribunal Superior del Distrito Judicial de Pasto, Sala de Decisión Civil-Familia, a efecto de que, sin más dilaciones, resuelva la impugnación propuesta.
  4. TERCERO. Por Secretaría General, COMUNICAR la decisión adoptada en esta providencia a las partes y al Tribunal Administrativo de Nariño.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
AclaraciónAlberto Rojas Ríos
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.