A- de 2012
Ponente Mauricio González Cuervo
✓Demandante Sin Información·Demandado Sin Información
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Abstenerse de decidir hasta tanto se cumplan presupuestos constitucionales y legales
- Principio de respeto a la actividad desplegada por el Legislador
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Con el presente auto la Corte Constitucional se ABSTIENE DE DECIDIR sobre las objeciones gubernamentales al Proyecto de Ley no 200/09 Senado y 235/11 Cámara, mientras no se cumplan los presupuestos constitucionales y legales requeridos para hacerlo.
Se apremia a los secretarios generales del Senado de la República y de la Cámara de Representantes para que acopien los documentos requeridos y dispongan su envío a esta Corporación, para continuar con el trámite correspondiente.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. ABSTENERSE DE DECIDIR sobre las objeciones gubernamentales al Proyecto de Ley No.200/09 -Senado- y No.235/11 Cámara, mientras no se cumplan los presupuestos constitucionales y legales requeridos para hacerlo.
- Segundo. APREMIAR a los Secretarios Generales del Senado de la República y de la Cámara de Representantes para que acopien todos los documentos requeridos y dispongan que sean enviados a esta Corporación, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la comunicación de la presente providencia, los certificados y las actas solicitadas, debidamente aprobadas y publicadas en las Gacetas del Congreso.
- Tercero. Una vez el Magistrado Sustanciador verifique que las anteriores pruebas han sido adecuadamente aportadas se continuará el trámite de las objeciones presidenciales al Proyecto de Ley No.200/09 -Senado- y No.235/11 - "Por la cual la Nación declara patrimonio histórico y cultural de la Nación al Tribunal Superior de Distrito Judicial de Pamplona".
- Notifíquese,
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.