A- de 1993
Ponente Jorge Arango Mejía
✓Demandante Armando Novoa Garcia
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Rechazó la demanda de inconstitucionalidad por no ser competente la Corte Constitucional para conocer de ella.
Sin embargo, la incompetencia de esta Corporación, origina, al contrario, la competencia del Consejo de Estado, de conformidad con lo dispuesto por el Art. 237, numeral 2.
La Corte advirtió a los demandantes que contra este auto procedía el recurso de súplica.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- R E S U E L V E :
- Primero. Rechazar la demanda de inconstitucionalidad presentada por Armando Novoa García y otros, en relación con el Decreto No. 2171 de diciembre 30 de 1992, por no ser competente la Corte Constitucional para conocer de ella.
- Segundo. ADVERTIR a los demandantes que contra este auto procede el recurso de súplica, que podrá interponerse dentro de los tres (3) días siguientes a su notificación.
- Tercero. Ejecutoriado este auto, por la Secretaría General ARCHIVESE el expediente.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.