Resolución de conflictos societarios
Partes
Demandante
- LUDWIG ANDRES AMADO BAUTISTACÉDULA 1098665811
Demandado
- JOSE ANTONIO ALARCON FIGUEROACÉDULA 91341435
Resuelve
Como consecuencia de lo anterior, ordenar a las partes las restituciones recíprocas dentro de los cinco días siguientes a la ejecutoria. La presente Providencia tercero ordenara duplica Andrés Amado Bautista la restitución de las acciones de la sociedad. Hablar construcciones SAS cuarenta ordenara José Antonio Alarcón Figueroa La restitución de la suma de quinientos millones de pesos a favor de luz de Andrés Amado Bautista, monto que será interesado desde el diez de febrero de dos mil quince. Hasta el pago de la misma Quinton condenar en costas a la parte demandada a favor de la parte demandante por una suma equivalente a cinco salarios mínimos legales mensuales vigentes. Esta Providencia que ha notifica en Estrados y en conocimiento de las partes presentes. Auto Rincón alguna manifestación Sin recursos, señor superintendente. Bueno, no quieres? Entonces, en esa media terminamos con el presente proceso no viento No Manifestación. Y ante la inasistencia de la parte demandada que ha terminado el proceso les agradezco su participación en esta audiencia y les deseo una realiza casi Parte. Muchas gracias. Muy, señores, estén bien. Hasta muchas gracias. Yo soy treinta y veinte.
Costas
antecedentes y no de algunas explicaciones puntuales sobre este tema. Entonces, Señor Amado, esta declaración que usted va a rendir a continuación a rendir bajo la gravedad del juramento Es usted consciente de esta circunstancia y en esa medida jura decir la verdad en la misma? Sí, señor. Uno decir la verdad sobre todos los procesos en este proceso. Gracias, señora. Más No. Cuéntenos. En resumen, es lo que usted pretende acá para tener claridad sobre el Objeto del litigio y definir si el entendimiento del despacho es correcto frente a las pretenciones. Ustedes han plantea? Sí señor. Sí, señor superintendente, La idea después si es un negocio, si en su momento lo que digamos que no resultó de la manera como se y como se quería y cuando a las los procedimientos o a lo que se se llevó a cabo No fue muy conveniente para para mí como como persona. Entonces, que si lo que pretendo es que más se se cancele como es el negocio de canciones de negocio y pues me indemnicen por por toda la parte y todo lo que me había afectado. He escrito económicamente, pero ES criados un poco el negocio que usted hizo. Sí, señor. Y el negocio, pues fue la compra, la compra de una empresa, hablar construcción Esas que compró la empresa. Si, aún bueno, casi familiar. Al tío de de mi compañera sentimental. Se empezaron a realizar labores? Sí, votaron contratos y todo, pero digamos que por la mala fe o la valoración de del señor José Alarcón no se pudieron y no se pudo llegar como a a un buen fin. Por todos los os contrate el estudiante los contras y pueden el camino se se vieron muchas Como tropieces Si por parte entonces y lo último que ya me tocó como escala la forma legal para para admirar cómo podía yo Cómo He Digamos que limpiar o o tratar de organizar ese ese tema con la empresa Lo todo? No, no se me no se le escuchó Los que están haciendo otra cosa. Bueno, Gracias Cuéntenos, por favor. Si usted emm en algo Pues reconocido Como, propietario de esa empresa que compró digamos que si si en la compraventa que se hizo sí y y que reconoció como propietario y en la ejecución, digamos de los contratos, que era como lo principal de la empresa a luego la labor de la empresa, que era la construcción en los puntos donde donde tal se hizo? Pues sí, sí, se reconoció. Yo podía reuniones y todo donde se reconoció que si era propietario la empresa que le dieron títulos de de las acciones. No, no, no, no títulos y eso no, no. El único documento que quiero fue el el documento y de compraventa una carta donde donde el señor José Alarcón acepta que que yo soy el dueño de la empresa y por el registro que le hizo ya Posteriormente el como en la Cámara conversó Sí, Moreno, cuéntenos que ha que a usted que ha aportado usted para esta sociedad o que le hago al señor Alarcón, sino estos, Pero al señor José, pues se leyeron y sirvieron de de baño formas precisó. El pan proceso fue en en plata Si una casa, una casa que se Paco El el dinero. Un dinero que en que se entregó, pues una parte con dinero y un préstamo que se hizo a una fundación conversión, apoyo. Una parte fue en en dotación para para trabajadores y digamos que que a ver Una como una compra venta si una vivienda verán como treinta y despues millones. Si en realidad sí, sí se dio una suma, considera Que. Pues en realidad la la empresa estaríamos por los quinientos y que en realidad no, no es que valga, es si ese era un valor que tenemos ahí, pues por por contratación. Y es, Pero si se le dio una una cantidad muy cercana a ese valor o sea, los quinientos millones. Sí, señor. Bueno, gracias. Voy a pedirle por favor han Doctor Rincón? Sí, Pueden encender su cámara? En el nivel Micrófono, todos les dos. Sí, señor No. Lo veo todavía. Auto Rincón, eh? Aline aparece en mi control prendida a la Cámara Ya Puede verme? No, señor. Bueno, me ven? Digamos que tampoco es tan importante el tema Los pa s que es mejor cuando se habla que que la constancia de de quién está hablando? A uno Pero. Pues tenemos claro que ustedes, el Apoderado, la parte demandante. Luego podemos continuar Aún si con ese In pase Pero. Ya vimos al su representado en relación con sus entendimiento. Digámoslo así, De hecho de lo que él espera de lo que quieren. Pero quisiera que concretar. Hago desde el punto de vista jurídico. Entonces las pretensiones que se han planteado en la demanda han efecto de aclaró cualquier cosa, sin perjuicio de manifestarles. Por supuesto que este no es momento para modificar las Pretensiones o hechos de la demanda. Simplemente para tener mayor claridad la mía que no está la otra parte. Tampoco es posible que lleguemos a un acuerdo sobre una circunstancias que se hayan presentado la demanda menos. Pues usted pretenda desistir de alguna de ellas. Cuénteme, Doctor Rincón jurídicamente. Cuáles son las? Cuál es la idea? Las pretenciones. Sí, señor. Muchas gracias. Pues En. La idea de las precisiones es que se aclaren los presupuestos de ineficacia sobre el negocio realizado que tanto en la alemán, tanto en la subsanación de es la demanda como en el terror, como en la El interrogatorio que dejamos de hoy. Pues vemos claramente que se realiza un negocio, pero que ese negocio fue en contravía, Doctor Rincón, que se encontró en contravía a a lo sino los oyentes que le hoy que este negocio está en contravía y hasta ahí llegué a es que si me semi modificó aquí la pantalla y quería estar seguro de que que continuaba Sí, pero permítanos segundos que tenemos dos personas más en la Audiencia, No, que esto se ha prohibido. Las audiencias son públicas, pero me gustaría saber para que no tengamos unas personas que pronto van para otra audiencia y están por error acá, señor Iván. Sí, señor. Sí, señor. Sí, sí, Fuentes. Eso es un hecho eco muy grande, muy grande. Bueno, hay cuente mi veinte Me usted que se siguen tra pasta Audiencia hoy pronto está equivocado e de reunión, señor Iván Si señor, Lo escucho. Sí, Que Audiencia está buscando usted, señor Superintendente Yo soy el Apoderada. Todo el señor lo que Ah es que usted, como el de otro lado no leía las cámaras que toda esta aprendido aquí van Dario Rincón con esos que oye que yo soy un andamio rico. No sé por eso que estoy diciendo Usted oye cohes porque tiene los dos aparatos prendidos Desconecte el otro Aunque el que tenía antes Desconecte lo a los Por dicho le planteará Pere me e Exacto ahora Sí, ahora ya no oír el eco y el señor Luis Miguel que aparece también conectado. Buenos días Estoy SO-PENA. Bueno, perfecta. Este viene aquí simplemente para Para la Audiencia espectador. No hay ningún problema pueda asistir. Simplemente quería que no estudió usted pronto perdiendo tiempo en una audiencia que no es la suya en Y digo, señor Bueno, entonces ahora sí termine Contarme, Doctor, Como era la cosa de las pretenciones que me estaba señalar? Doctor Rincón Ahora tienes y que el micrófono silencia a otros cinco tan allí no se Sí, bueno el objeto de la acción consiste El primero, pues en que tengamos claro que existió una compra venza de un paquete accionario sobre la sociedad halar construcción esas un paquete accionario eh, que contenía el cien por ciento de las acciones suscritas. Esa era la generación Con se hizo entre el señor José Antonio. La consideró que fue el primer accionista unipersonal de la sociedad hacia el señor ludwing Andrés, amados, tal como pues quedó evidenciado en el contrato privado de compraventa de acciones. Ya llegó o que arrimó al expediente Ahora, EH Aunque o aunque con CONCURRE hicieron todos los elementos del contrato de compraventa. Un precio que se pagó, una voluntad de las partes de transmitir esa productividad Pasionaria. Y efectivamente, el señor los bien Andrés fue reconocido con posteriormente como representante legal, además de accionista unipersonal de de las. Las, eh, Digamos que el reproche viene después, cuando él enajenante, se da cuenta del error que ha cometido a La Ser La Venta desconociendo la restricción a la enajenación Juanes que estaba contenido en los estatutos sí y una una restricción a la enajenación de las acciones durante cinco años desde el momento de su de su Constitución y que decía expresamente durante un término de cinco años, contaba a partir del dirección en el Registro Mercantil desde documento las acciones no podrá ser transferidas a terceros Salvo que medie autorización expresa o para en la asamblea general de accionistas de principados en un cien por ciento de las acciones suscritas. Esta reyes esta restricción que ahora sin efecto En caso realizarse una transformación, funciones, sesión o cualquier otra operación por virtud de la cual la sociedad de transforme o de cualquier manera, mi gracia, otra especie asociativa La transferencia de acciones por efectuar. Si, con sujeción a las restricciones que en estos estatutos se prevén, cuya es Circulación, no mereció el deseo Los Fundadores otorguen con la cohesión. Sí, porque yo tengo la evitó. Tengo la demanda La idea es simplemente que digamos de nombre, resumen del de lo que Estados hablando. Si no ha repetido una demanda, puede CCo mismo. Sí, señor, en en que el tema de la ineficacia que esta playa sí señor, llega hay entonces pues no soy yo considero nosotros consideramos que esa segunda Acta que además se hizo o se llevó adelante sin la asistencia del señor, los de no podía corregir. Obviamente, el compraba en el contrato de compraventa, que ya estaba viciado desde el mismo momento de su celebración. Habría que repetirlo integralmente que Eso. Sin mencionar pues, otras situaciones en que hay que seguir, pues que eran irrelevantes en la causa, como el hecho de una de que de que el ambiente se enrareció entre ellos y que después, en señor Antonio falsificó una una firma, el señor ludwing Auto proclamándose representante legal de la compañía, comprometiendo indebidamente los intereses de estas treinta terceros proveedores y una serie de situaciones que, pues ya son del resorte de las de la justicia penal. Pero lo que aquí venimos, esa que se reconozcan los presupuestos del fenómeno de la ineficacia de pleno derecho sobre el contrato de compraventa que se celebró en la media de Take, contrarían de manera directa que los estatutos y que pues como este es un fenómeno que no sé qué, que opera in limine, que opera de pleno derecho, pues no se corrigió de tal manera que lo que queremos es que, como lo mencionó en las pretensiones de la demanda, pues se Te se reconozcan estos presupuestos con las consecuencias jurídicas del caso. Señor Superintendencia taló palo, señor Amado si está sentir para continuar con las preguntas que le estaba formular. Sí, señor Superintendente Casas. Señor Amado, cuando usted celebró el negocio con el tío de su compañera preside José Alarcón Este, Usted tuvo oportunidad de conocer El los estatutos de la sociedad en la que estaba invirtiendo? No, no, señor, no, no tenía información. Pues, y buen digamos que no tenía el conocimiento Cor en cuanto a digamos fórmulas formular una empresa o es simplemente lo que sea. No, es que ya la empresa tenía unos años de trayectoria y pronto se podía darle un empujón para para continuar con el. Pero no conocía los estatutos Si, eso sí. No, no, no nos conocía. Ya, Usted no tuvo el cuidado de solicitarle al al Señor Alarcón una copia de lo que está de de las de los papeles de lo que estaba comprando, que es correcto? Si, señor. No, no, no. Todo ese esa para él hacía. Pero qué? Y por qué no? Porque una normalmente cuando compra algo que existe con Pronk a Romina decir prendió vida DE si funciona. Mire, mira la tarjeta de propiedad del carro porque NO ES tus no, no solícitos que esta información. Sí, sí, es cierto. Pues opera vio un vínculo familiar sin casi que muy cercano. Muy, muy de confianza. Como lo se lo lo lo lo lo unico Lo lo que me no espera uno es que es que haya como eso será el borrar. Si por el tema de la confianza es simplemente porque se compró ese se lleva una relación, bien, incluso después de la compra. O bien, unos meses de de buena relación, entonces No, no, no me de Carme per cateo. Paso. Detalles ya, ya muy, muy, muy entero de como tal de la formación de la compañía. Bueno, eso yo no tengo más preguntas. Para es para para este tema y creo que digamos que el Objeto del litigio pues que a entró las pretensiones. Igual no está la otra parte y clasificación de lo que calificó en principio busca que las dos partes personal de acuerdo reconozcan circunstancias De hecho en esa media o desistan de eventualmente Pretensiones lo acepten algunas las acciones de decepciones. Champion estabas? Pues aquí no ha ocurrido eso. Por el contrario. Ni siquiera hay quienes formuladas en la medida en que no yo de esta escala demanda la parte demandada ha omitido Su presencia en este proceso, pues continuaremos Para diligencia manteniendo, pues el objeto Litigio queda tal cual se presente en la demanda respectiva. Bueno, en relación con el siguiente punto es que el control de legalidad que hacerse entró el presente proceso. Usted Despacho realizado el expediente, la forma que se ha desarrollado hasta ahora, todo incluido. Y creo que lo más importante en este momento la M en que no hay presencia de la parte demandada es la notificaciones Despacho no encuentra ninguna circunstancia que afecte la legalidad y la continuación del presente proceso. Sin embargo, que le preguntó al doctor Rincón Si Encuentra, entró Presente proceso alguna circunstancia que va a ser Sania en este momento o que tengamos que modificar o corregir para efectos de poder continuar con el proceso en Debida forma? Sí, ninguna señor Superintendente. Muy por el contrario, quiero resaltar en juicio y digamos, el cuidado que ha tenido este servidor para notificar debidamente a El Señor Demandado, no solamente acudiendo a las disposiciones del Decreto ocho sin los hadices dos mil veinte China. Incluso antes de de esa medida ya se habían agotado, eh los mecanismos de de Nothing, Visitación personal y también de situación por Por abrir Bueno sí entonces efecto al control de legalidad en ese sentido, no habiendo circunstancias que corregir, procederemos entonces con Decreto y práctica de las pruebas. De ser el caso, pues en primer lugar, dentro de las pruebas tenemos que la parte demandante aporta una documentación dentro del proceso de las cuales pues se tendrán en cuenta centro en el momento procesal pertinente, por supuesto, verificando que las mismas tengan pertinencia y utilidad para el presente proceso y que sean conducentes para demostrar los hechos Es están discutiendo tener En cuanto a los al interrogatorio de parte solicitada que solicitó el intervalo autoria partes negocia Alarcón atencion José Alarcón no compareció al que se ante el proceso tenía respondió a las ese al a las pretensiones de la demanda, no que se intercepciones. No respondió los hechos No Parece, sino a esta audiencia para rendir interrogatorio. Todo eso generará, en consecuencia, una serie de y circunstancia desde el punto de vista procesal En cuanto a los índices que se pueden derivar de ello. Una confesión fin tal Frente Al cabo concreto aquí en este asunto que no tenemos un cuestionario escrito en esa media, la aplicación de la confesión Para De conformidad con lo señalado No En el código general del proceso Teniendo entonces próximo. Por cierto, dos hechos susceptibles de confesión que se encuentran en la demanda y como división en contra el señor, hablar con aquellas circunstancias que no son susceptibles de confesión No En cuanto a los testimonios solicitados, vive Los testimonios de Dayan Andrea Gómez Alarcón incendio a mil en dinamizar Alarcón y Liberto Ramírez Castro. Estas peticiones tienen eh Mi nombre las personas Silió Sin embargo, la petición carece de uno de los elementos establecidos en la ley Para efectos de El definir gente asuntos Decir La ley exige que se señale expresamente cuáles son los hechos que se pretenden probar con con las declaraciones en la solicitud simplemente se hace referencia a quienes pueden ratificar y esclarecer los hechos contenidos en esta demanda. Pero eso no está especificando las injustas. Le permita algo es establecer si son pertinentes y tampoco le va a permitir a la otra parte ejercer el derecho de contradicción en forma adecuada. Adicionalmente, pues en este proceso, es decir, las viendo en términos generales, hacer referencia a un contrato hace referencia a unos Estados realizado a una serie Tan documentados que con su diferencia, aparte que la decisión no reúne los requisitos legales, Este Despacho considera que pueden ser superfluos. Prefecto de su declaratoria en esa media negara los testimonios respectivos en esa media entonces que han El auto del pruebas proferido, decretando el interrogatorio, las pruebas documentales y negando los testimonios solicitados. Esta Providencia queda notifican Estrados y el conocimiento de las Valls. Doctor Rincón alguna manifestación sobre el auto profería? Ninguna señor, su pericia, Nadie. Bueno, entonces no En la media en que no existen pruebas que practicar en el presente proceso Vamos a continuar con la siguiente etapa que la etapa de alegatos y sentencia en el proceso tonces Doctor Rincón, ya queda cerrado el debate probatorio a no ser que usted considere que hay algún tema pendiente de conformidad con eso. Pero que si el auto no señala nada que practicar, solo que amplias Documentales en este momento a la inasistencia del interrogado tonces se medirá treinta el auto para cerrar la etapa probatoria y continuar con los Alegatos-de-conclusión. Si hay alguna manifestación, ninguna manifestación salvo salvo la de confirmar si es que puedes. Había un problema? No, no. No sé si le entendi correctamente que se entienden confesos los hechos consignados en la demanda en la medida de la pasividad de del señor José Alarcón no solamente la contestación y pues Pidamos la inexistencia de algún mecanismo efectivo, sino también en la medida en la que no comparece al Interrogatorio-de-parte. Estoy confirmando eso. Se ha sentido señorio anses Estos siempre Spend the se manifestó. Por lo que se manifestó es la aplicación Ahora el artículo dos cientos cinco del Código general del proceso. Y es el artículo, la inasistencia del citado, la audiencia, la renuencia responder y las respuestas que vacíos harán presumir. Cierto dos hechos susceptibles de prueba de comprensión sobre las cuales vencen unas preguntas hacer tiras admisibles contenidas en interrogar en el interrogatorio escrito que no fue el caso S.A la misma presunción seducir al respecto de los hechos, sus miles de pruebas, confección contenidos en la demanda y en las Excepciones-de-mérito en sus contestaciones cuando no habiendo interrogatorio escrito el citado no comparezca, que es la circunstancia que nos ocupa y siempre voy yo perder o que señala gente partir. Al final, dice. Si las preguntas no pueden hacer activas o el hecho no admitía en prueba de confesión la inasistencia La Respuesta vacío. La negativa a responder se apreciarán como indicio. Gran quiera lo que estaba manifestando en relación con los que no susceptibles de confesión tendrán en cuenta como un indicio graves y respecto de los otros gran que ese sumirán ciertos Los hechos respectivos en adición a las consecuencias ya se tienen por la falta de contestación de la demanda Lea. En ese caso, no tengo ninguna otra o ninguna objeción. Y consideró que está bien la decisión Seguimos o porque no Auto Rincón Está usted listo para presentarlos? Alegatos-de-conclusión no quiere un unos minutitos Para preparar su argumentación? Quisiera pedirle unos minutos. Bueno, cuanto necesita? Diez minutos. Listo. Entonces vamos a suspender. Por Dios, Minuti con mientras repara sus alegatos que posiblemente no los tenía organizados. Entonces tiene diez minutos. Recuerdes que son veinte minutos para la presentación de los alegas en diez minutos. Entonces Reto. Muchas gracias. Bueno, tonto Rincón. Vamos. Listos? Sí, señor. Bueno, entonces cuando usted quiera. Recuerda que tiene veinte minutos. Yo cuando? Aquí mi tiempo permitamos. Segundo. Bien, cuando usted empieza, yo pongo el tiempo. Pena su en el Cronometró. Quiere decir que le queda un minuto? Usted? Muchas gracias. Cuando empieza a Yo estoy listo. Muchas gracias por La generosa en generoso espacio. No, no creo que vaya a tardar tanto porque que consideró que El Objeto del litigio es que es bastante indicio y entonces Y cabe simplemente a señalar algunos rasgos generales de lo que se había Como pienso entonces no superintendente, eh? Dentro de la causa que nos ocupa, a qué estado? Totalmente claro, Los hechos ha quedado totalmente claro y demostrado de los hechos en que está que se ha apoyado. Por un lado, ha quedado completamente emitidos que diez de enero del dos mil quince es se celebró un contrato de compraventa de acciones entre el señor José Antonio, Alarcón Fitero y el Señor lo quien Andrés Amado golpes que el objeto de esa enajenación accionaria eran era un paquete de dos mil quinientas acciones ordinarias y nominativas por un valor de veinte mil pesos cada una. Valor que efectivamente se pagó por parte del comprador, tal como lo ha confirmado en su propia En su propia liberación y se descuelga, se deduce del contenido del propio al, en cual, pues se entre tres y se presume, desde luego, por cierto, en su contenido. Lamentablemente, pues esa venta no puedo con los efectos esperados en el momento en el que se celebró. No no produce efectos jurídicos por el fenómeno de la ineficacia de pleno derecho En. Cuál es un castigo que invalida en los efectos que esta convidado a producir TIR el acto en sí. A diferencia del fenómeno de la comunidad y a diferencia del fenómeno y existencia, como otras formas de ineficacia, La ineficacia de pleno derecho opera winding, es decir, opera de manera automática y desde el mismo momento en el que se celebra el AD-HOC, de tal manera que este Una hace iniciado nace Si, nace la vida jurídica, pero nos produce los efectos que debería producir. Y por qué ocurrió es porque, eh Juez, emm enajenante Sin considerar que dentro de las reglas que él mismo estableció estatutariamente Se Auto restringía la enajenación de las acciones por un periodo de cinco años contados desde el veinte de agosto del dos mil tres, de tal manera que habría podido realizar cualquier venta de sus acciones, ya fuera total o parcialmente sólo hasta el veinte de agosto. Ven dos mediaciones. Entonces, si hubiese querido darle validez al acto, habría tenido la necesidad primero de reformar El propio contrato social antes de hacer la enajenación y no como ocurrió aquí, que primero a hizo la imaginación el diez de enero del dos mil quince y luego intenta remediar el problema de una forma bastante discutible, pero que no, pero que puede, porque con su, a pesar de que ya le había vendido las acciones al señor Lundin André estos no lo con vidas como el nuevo propietario y no hace una Una reunión, digamos, clandestina, secreta, intentando remediar En intentando enderezar el acto que que definitivamente Ya Estado iniciado a través de una Esta Asamblea de mayo estimó al entonces no solamente deja en evidencia que estaba consciente en error tipo DE es intentar remediarlo sin avisarle, sin cerdas, pareis de obrando el paso, dejando en evidencia, sumadas vez que con el señor Locking Andrés, sino que además, pues repite el error y confirma su error. Y no le pone tampoco solución al al tema Por imperio El artículo quince de la Ley doce, cincuenta y ocho en dos mil dos Toda negociación o transferencia de acciones efectuado en contradicción a los estatutos es Ineficaces-de-pleno-derecho. Aquí no hay discusión sobre el fenomen. Entonces la venta se realizó, pues en contravía de los estatutos En contravía particularmente de El País que además después es una cláusula accidental en en en con trabajo social Por. Qué lejos está considerarse dentro de la lista del artículo quince de la Ley doce, cincuenta y ocho en dos mil ocho como uno de los elementos esenciales del contrato de sociedades. Una cláusula totalmente accidental, totalmente voluntaria, eh? Y habría podido Este retirarse de los Estatutos Eso Sí, antes de la imaginación. Acción al Como. Eso no ocurrió. Pues definitivamente. Ahí está el vicio sobre ese sobre ese negocio. Un vicio que nunca se corrillo Un vicio que, eh Tampoco puede entenderse confirmado porque digamos en este sentido, la ley no permite esa confirmación Stone por ninguna de las partes para un acto iniciado. Ineficacia, de pleno derecho Y por lo tanto, pues persiste aún hoy, eh? Tal como en el momento en el que tienen que nació Si más detalles, pues quiero pedir respetuosamente a esta autoridad Jurisdiccional que, respetando sus propios conceptos y su propia Jurisprudencia, declare los presupuestos. Ineficacia sobre el acto Demandado. Eh! Eh! Resuelva favorablemente las pretensiones de esta demanda. Muchas gracias. Bueno, por Rincón gracias a usted que este este Despacho a tomarse unos treinta minutos para organizar también ideas y en los temas sobre las consecuencias eventuales de la decisión que va a adoptar cualquiera que ya sea y en treinta minutos, entonces retomamos Audiencia perfecto de dictar la sentencia respectiva o o dictar el sentido del fallo según los encuentre en lo que voy a analizar en estos minutos. Entonces tenemos un receso de treinta minutos y nos vemos aquí a las diez y cuarenta y seis. Bueno, los días nuevamente se encuentran ya presentes. Sí, señor. Sí, señor. Sí, señor Oh. Seremos entonces a proferir la sentencia En dentro del presente asunto es lo primero que se analizar es que en las pretenciones principales tratan de una ineficacia en relación con el contrato de compraventa de acciones suscrito entre las partes respecto reducciones de la sociedad, halar construcciones. Así Esta sociedad tienen unos estatutos estatus en los cuales se ha señalado que En los primeros años jubilación de la sociedad. No era posible La negociación de las acciones con terceros, circunstancia que no fue modificada en el delta. Puntos por La Sociedad para efecto de poder. Aquí Estas acciones aquí Nos. Enfrentamos a un problema, cumplen y es que el accionista que vendió acciones era accionista único de la sociedad a Construcciones. En consecuencia, lo único que bastaba para hacer la modificación Entre los estatutos era que él mismo quisiera Una manifestación señalando que se modificaba la norma El es el artítulo culo estatutario registrarlo En la Cámara de Comercio y de esto No se necesitaba nada más, circunstancia que debió haber sido conocida por acción Lucía Andrés Amado Bautista Esta Circunstancia a uno la duda se ve entonces proceder o no a declarar una ineficacia cuando ambas partes tenían pleno conocimiento de la circunstancia o debían tenerlo que es posible que el Señor llamado no tuviera conocimiento de esta De esta cláusula estatutaria, pero debía tener uno Por Qué está adquiriendo acciones en una sociedad y el mínimo precauciones? Esa segundo, así no le entregaran esto. Estatutos del tiempo Podría haber los años conseguido solicitando los en la Cámara de Comercio de Bogotá Perdón en la Cámara de Comercio respectivos. Es un posible entonces para una persona conocedora de la circunstancia que contrata con otra persona. Conoce Abre la circunstancia que celebran El contrato. Analizaron ineficacia más algo cuando la ineficacia En principios en una situación directamente celebra entre comprador y vendedor que uno pensaría no afecta a terceros. Aquí hay dos puntos para rescatar. El primer punto es que el El los artículos respectivo del código de comercio, que es un asunto comercial societario que tiene Una sanción de ineficacia De conformidad con lo señalado en el en la Ley doce, cincuenta y ocho del dos mil ocho sobre las busca esas y en consecuencia, podemos aplicar esa sanción de ineficaz Esa sanción de ineficacia de conformidad con el Código comercio en los artículo cinco Los dos, cientos cuarenta y siete El código de comercio implicaría simplemente en eficacia pleno derecho Pero Cuáles son las consecuencias, como se declara cuando se declaró? No entonces La jurisprudencia en Colombia en su referencia a las normas que el derecho civil en aplicación del artículo ocho cientos veintidós del código de comercio. Pues aplicando ese artículo ocho cientos venció del COE comercio. Vamos a la norma civil en normas civiles que no regulan expresamente la ineficacia. Pero si regulan la nulidad absoluta caso concreto, entonces tenemos en que el y la prudencia en esto la Corte Suprema de Justicia Para La aplicación estas normas, por ejemplo, en la sentencia es ese treinta y dos cero uno al dos mil dieciocho con Maestrat oponente Ariel Salazar, señaló lo siguiente Lo anterior es así por cuanto el Código Comercio no prescribe los efectos específicos para cada una de las formas de invalidez en el mencionadas, lo que hace necesario acudir a las reglas que rigen el tema esa materia en el campo civil, en aplicación del principio de remisión previsto en el artículo ocho. Cientos veintidós de la codificación mercantil, según el cual los principios que gobiernan la formación ver continúa citando Al artículo y más adelante dice luego, por aplicación extensiva, el artículo mil setecientos cuarenta y seis del Código Civil, es preciso aplicar a los casos de ineficacia comercial los defectos que la ley consagró. Para la Nulidad. Entonces vamos al tema la nulidad y la pregunta de Sin Dos contratantes que celebran El contrato directamente. Tienen LEGITIMACIÓN o no para alegar la ineficacia? Decir Yo soy la persona que generó la ineficacia y puedo juego alegar la para ese, el para que se caiga la La definición es Miren ustedes por en lo que pasaría. El caso contrario. Aquí tenemos al comprador alegando la ineficacia. Qué pasa si les va muy bien y la sociedad está recibiendo muchísima plata que se vuelven millonarios y entonces sería el vender el que es el momento y Hay. Ineficacia, hoja señor amado sus quinientos millones y yo me quedo con las acciones y porque es ineficaz porque violamos la norma. Entonces hay no haya de pronto señora, Madrid un momentico con van a sacar a mil La pregunta es como hacemos en esa situación Cómo podríamos superar la tiene LEGITIMACIÓN las partes para alegar la nulidad O ya nos toca Planck la Liga y por consiguiente, la edificación ya nos toca. Ahora sí, sobre el particular, eh? Tenemos sobre la nulidad. Podemos hablar sobre el Aunque señala Lo que señalan profesores Guillermo, Ospina, Fernández y Eduardo Espina Costa en su libro Teoría General del contrato y de los demás actos o negocios jurídicos. Ellos hacen referencia a esta norma Y como la norma ha variado desde la redacción original hasta la modificación que se le hizo con la Ley cincuenta mil novecientos treinta y seis, el artículo mil, setecientos cuarenta y seis, señalaba denuncia lmente informaba haga que se podía pedir la nulidad, pero dejaba la duda y se presentaron serias discusiones En cuanto a si la par tener a la nulidad puede de Isla con la redacción que posteriormente se se le dio. Cambia esas circunstancias Y entonces, como lo diría El, los puedes ver esos fina Fernán Dios. Mira Costa ante la reacción de la comentada norma actual en concordancia con el pico mil setecientos cuarenta es la conclusión a que hay que llegar. Es que quien haya participado en un acto legalmente calificado como absolutamente nulo está legitimado para negarla. Nulidad y hay Habla Nos. Enfrentamos a un segundo problema. Si está legitimada, puede impedir las restituciones. Puede pedirse la restitución es recíprocas. Ya que hay un tema importante es que estamos tratando de un contrato en el cual se está vendiendo unas acciones. Es un contrato de fusión instantánea donde El comprador se compromete a pagar un precio y el vendedor a entregar unas acciones. Las restituciones recíprocas implican devolver las acciones y devolver la plata. Qué pasa si yo digo que hay una ineficacia, pero no hay restituciones. Entonces Ineficaces-de-pleno-derecho la compraventa sin restituciones, donde no se pueden devolver la plata y no se pueden devolver la cosa Tampoco estará razonable porque todas está dejando sin efecto algunos Méliz y la ineficacia. Y hay otro tema que es muy importante que no hemos tratado aún y es Los terceros que pasa en este caso? Nosotros hemos visto que aquí hay una relación entre comprador y vendedor y hay una sociedad y todo funciona perfectamente de la compra, se la venden Serres, se hacen restitución recíprocas o no Hasta y es solo un problema entre las partes, pero que pasa cuando hay una sociedad que tiene unos estatutos sociales que se encuentran inscritos en Cámara de Comercio? Que pasa cuando esos estatutos que están inscritos en Cámara de Comercio, señalan que el señor Alarcón no puede vender dentro los cinco primeros años sus acciones? De pronto, alguna persona decidió contratar con esa sociedad porque era un ciento por ciento del señor Alarcón y lo iba a ser, al menos dentro de los siguientes cinco años. Y entonces esas personas celebra un contrato en atención esa cláusula y dicen En el mismo contrato. De pronto, hasta lo podría decir que celebran Contrato las cesiones a Klaus. El es un contrato de colaboración a varios años. Esa persona se podría haber afectar no sólo la ineficacia como una afectación de las partes, sino que esto puede generar una afectación a terceros, más cuando nos estamos refiriendo. Una circunstancia que está inscrita en Cámara de Comercio y es pública no solamente para el comprador, que debió haber verificado esa circunstancia antes. No lo hizo, pero también afecta a unos tercero. Y en esa medida no podemos dejar el tema simplemente para que los terceros se vean afectados. Posiblemente por esta circunstancia. No sabemos, en el caso concreto se afectan o no, pero en la teoría lo queremos señalar es que esa eventual afectación de ser saneada las partes En por las partes no, pero por el juez al declarar las hipotéticas. Entonces, como conclusión de lo anterior, entonces tenemos que La sanción establecía para este caso que se trata una compra dentro de acciones Según lo establecido en el tener en en la Ley doce, cincuenta y ocho de dos mil ocho para la sociedad, esas es la ineficacia y esa es la sanción que debemos analizar y en el presente caso es aplicable por cuanto estaba La en los estatutos, en señalamiento respectivo sobre la imposibilidad de negociar las acciones durante los primeros años. Y eso fue lo que ocurrió al CAN. En esa media se declarara la ineficacia y frente a las eventuales restituciones recíprocas Según. Lo que sé, señalo, también deberán decretarse. Por un lado, pues para que la ineficacia tenga algún sentido en este tipo de contrato. Y segundo, por la afectación que podía tener frente a terceros, El no declarar las restituciones recíprocas que en este caso se cree para Adicionalmente en relación con las costas de este proceso, pues ha tenido una que, aún sin manejo, cortó una media que nos ha presentado prestación novio, contradicción de la demanda como tal Adicionalmente si no se practicaran pruebas así a corto. Teniendo en cuenta de todo, somos la cuantía del proceso, un capital de quinientos millones de pesos que se ordenara De todos modos indexar, de conformidad con lo establecido la jurisprudencia colombiana frente a la obligación del Juez de Index de inyectar aún de oficio y aún sin petición de parte en esa medida. Teniendo en cuenta esa cuantía, Perspectiva Este Despacho condenara en Costas por una suma equivalente JA cinco salarios mínimos legales mensuales y gentes en atención al No a que la petición principal de esta demanda y ni caso, una ineficacia casa que teoría, pues no tiene como tal cuantía, cuantía, son de las restituciones, que son recíprocas al principio son equivalentes y obligan tanto al demandante en como han demandado hacer dichas restituciones. Estamos día las combina será únicamente por la suma de cinco salarios mínimos legales mensuales vigentes a favor de la parte de mandar Como Consecuencia de todo lo anterior, El superintendente delegado para procedimientos mercantiles administrando justicia nombre La República de Colombia y por autoridad de la ley, resuelve primero declarar probados los presupuestos que dan lugar a la sanción de ineficacia Respecto El Contrato de compraventa de acciones suscrito entre las partes el día diez de febrero dos mil quince. Segundo