Artículo 1
Ordenar la suspensión de términos en todos los procesos jurisdiccionales que se adelantan ante la sede de Bogotá y ante las Intendencias Regionales de la Superintendencia de Sociedades, así como la suspensión de términos para los trámites y procedimientos administrativos y disciplinarios que se adelantan en la Superintendencia de Sociedades sede Bogotá y en todas sus intendencias, el día viernes 10 de octubre de 2025, de conformidad con lo indicado en la parte motiva del presente acto administrativo.
Artículo 2
Disponer la reanudación de todos los términos suspendidos en la Superintendencia de Sociedades a partir del día martes 14 de octubre de 2025.
Artículo 3
La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.