Artículo 1
ASIGNAR las siguientes funciones a la Secretaría General: 1.1. Certificar el estado de supervisión de las Cámaras de Comercio. 1.2. Certificar el decreto de creación y los representantes legales, así como los secretarios de las Cámaras de Comercio, de conformidad con la información que al respecto reporten éstas.
Artículo 2
DELEGAR en el Secretario General la facultad de suscribir los actos administrativos necesarios para cumplir con las funciones asignadas en el artículo anterior.
Artículo 3
VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.