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resolucion 100-000804 de 2024

Resolución 100-000804 De 15 De Febrero De 2024

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Artículo 1

Modificar el artículo 74 de la Resolución 100-000040 del 8 de enero de 2021, el cual quedará así: a las dependencias de ese Despacho. Estarán adscritos al Despacho de la Secretaría General y sus dependencias adscritas, los siguientes Grupos de Trabajo: 74.1 Grupos de trabajo adscritos al Despacho de la Secretaría General 74.1.1 Grupo de Apoyo Judicial 74.1.2 Grupo de Registro de Especialistas 74.1.3 Grupo de Relación Estado Ciudadano 74.2 Dirección Administrativa 74.2.1 Grupo de Gestión Documental 74.2.2 Grupo de Contratos 74.2.3 Grupo de Notificaciones Administrativas 74.2.4 Grupo Administrativo 74.2.5 Grupo de Infraestructura 74.3 Dirección Financiera 74.3.1 Grupo de Contabilidad 74.3.2 Grupo de Presupuesto 74.3.3 Grupo de Tesorería 74.3.4 Grupo de Cartera 74.3.5 Grupo de Cobro Coactivo y Judicial 74.3.5.1 Secretaría Administrativa del Grupo de Cobro Coactivo y Judicial 74.4 Dirección de Talento Humano 74.4.1 Grupo de Administración del Talento Humano 74.4.2 Grupo de Desarrollo del Talento Humano

Artículo 2

Modificar el artículo 84 de la Resolución 100-000040 del 8 de enero de 2021, el cual quedará así: ARTÍCULO

84. Grupo Administrativo. El Grupo Administrativo adscrito a la Dirección Administrativa, tendrá las siguientes funciones: 84.1 Informar a la Dirección Administrativa sobre las necesidades de contratación relacionadas con el proceso de prestación de servicios administrativos, para que sean incorporadas en el Plan Anual de Adquisiciones. 84.2 Dar cumplimiento a las disposiciones que le correspondan en materia de austeridad del gasto público. RESOLUCION 84.3 Dar cumplimiento a las disposiciones establecidas en el Manual de Control y Manejo Administrativo de los recursos físicos de la Entidad. 84.4 Realizar el seguimiento al Programa de Seguros de la Entidad y velar porque las pólizas que amparan los riesgos, se mantengan vigentes. 84.5 Realizar las labores de prestación de los servicios generales que requiera la Superintendencia para su normal funcionamiento. 84.6 Administrar y controlar todo lo relacionado con el parque automotor de la Entidad. 84.7 Administrar y controlar los bienes de consumo y devolutivos de propiedad de la Entidad, a cargo del Grupo Administrativo y velar por su oportuna contratación. 84.8 Gestionar el abastecimiento de combustible para las plantas eléctricas y vehículos de propiedad de la Entidad. 84.9 Implementar controles que permitan el adecuado uso de las comunicaciones telefónicas fijas y móviles de la Entidad. 84.10 Ejecutar los programas del Sistema de Gestión Ambiental de la Entidad, siguiendo los lineamientos establecidos por la Secretaría General o el Superintendente de Sociedades. 84.11 Gestionar y manejar la caja menor de la Superintendencia en la ciudad de Bogotá, para los gastos que se consideren urgentes e imprescindibles. 84.12 Gestionar el trámite de pago oportuno de los servicios públicos a cargo de la sede de Bogotá. 84.13 Formular planes anuales operativos para los servicios de aseo y cafetería, servicios de vigilancia, transporte y otros servicios en función de la apropiación presupuestal de la vigencia. 84.14 Apoyar al director(a) de la Dirección Administrativa en las actividades derivadas de los protocolos de atención de emergencias de conformidad con la reglamentación interna que están asignadas a ésta. 84.15 Administrar los bienes inmuebles recibidos en dación de pago de propiedad del 100% y tenencia de la Superintendencia de Sociedades. 84.16 Las demás estén relacionadas con asuntos de su competencia.

Artículo 3

Adicionar el artículo 84A a la Resolución 100-000040 del 8 de enero de 2021, el cual quedará en los siguientes términos: ARTÍCULO 84A Grupo de Infraestructura. El Grupo de Infraestructura, adscrito a la Dirección Administrativa, tendrá las siguientes funciones: 84A.1 Informar a la Dirección Administrativa sobre las necesidades de contratación relacionadas con el proceso de gestión de infraestructura física, para que sean incorporadas en el Plan Anual de Adquisiciones. 84A.2 Preparar con el apoyo de la Oficina Asesora de Planeación, los proyectos de inversión, relacionados con la infraestructura física de la Superintendencia. 84A.3 Dar cumplimiento a las disposiciones que le correspondan en materia de austeridad del gasto público. 84A.4 Realizar las labores de mantenimiento de la infraestructura física y de equipos especiales que requiera la Superintendencia para su normal funcionamiento. 84A.5 Adelantar los trámites de adquisición, construcción, conservación, mejoras y reparaciones locativas, de los bienes inmuebles al servicio de la Superintendencia. RESOLUCION 84A.6 Programar, controlar y prestar servicio de mantenimiento preventivo y correctivo de las instalaciones eléctricas, telefónicas, de acueducto, servicios sanitarios, ascensores y demás servicios similares, que hacen parte de la infraestructura física, y verificar el correcto funcionamiento de los mismos. 84A.7 Gestionar la solicitud de estudios de seguridad a la infraestructura física y aplicar los correctivos que se requieran. 84A.8 Diagnosticar e identificar los riesgos a los cuales está expuesta la infraestructura de los inmuebles de propiedad de la Entidad, tales como riesgos de desastres, de incendio, eléctricos, de inundación y seguridad y de vulnerabilidad sísmica, entre otros, y realizar las acciones de planificación para mitigarlos o eliminarlos. 84A.9 Identificar las necesidades de mejoramiento de la infraestructura de los inmuebles de la Entidad respecto de la accesibilidad al entorno físico de las personas en condición de discapacidad y planificar los ajustes razonables que sean necesarios para su mejoramiento. 84A.10 Las demás estén relacionadas con asuntos de su competencia.

Artículo 4

Vigencia y derogatorias. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y modifica los artículos 74 y 84, adiciona el artículo 84A a la Resolución 100-000040 de 2021 y deroga el artículo cuarto de la Resolución 100-004238 de 2021 y todas las disposiciones que le sean contrarias.