Circular 201-000009 de 2016
Circular 201-000009 Del 24 De Noviembre De 2016
Circular 201-000009 del 24 de noviembre de 2016
Texto del documento
SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES
BOGOTA
Al contestar cite:
201 6-01-559337
II ii iiui 1111 iiiiii i I IIU U II
Ø
SUPERINTENDENCIA
DI SOCIEDA DII
Fecha: 2411112016 9:03:19
Tipo: Interna
Trámite: 10I3-ACTOADMINISTRATIVO EXTERNO
Exp. 36241
Sociedad: 899999086- SUPERINTENDENCIA DE S..
Remitente: 201 - GRUPO DE INFORMES EMPRESARIALES
DestIno: 515- GRUPO DE NOTIFICACIONES ADMINISTRATIVAS
Anexos: NO
Folios: $
Consecuftvo: 201-000009
Tipo Documental: CIRCULAR EXTERNA
CIRCULAR EXTERNA
SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES
Señores
Representantes legales
Contadores
Revisores fiscales
Sociedades comerciales, sucursales de sociedades extranjeras y empresas
unipersonales clasificadas en el Grupo 1 de preparadores de información y que
aplican el Título 1 de la Parte 1 del Libro 1 del Decreto 2420 de 2015
Referencia:
Solicitud de estados financieros año 2016
Normas Internacionales de Información Financiera
Esta Superintendencia, con base en las atribuciones de inspección, vigilancia y
control otorgadas por la ley, está facultada para solicitar, confirmar y analizar
información sobre la situación jurídica, contable, económica o administrativa de las
sociedades comerciales, sucursales de sociedades extranjeras y empresas
unipersonales (conjuntamente denominadas en esta circular "Entidades
Empresariales"), en la forma, detalle y términos que considere procedentes, de
conformidad con lo dispuesto en los artículos 83, 84 y 85 de la Ley 222 de 1995,
los numerales 2 y 3 del artículo 70 del Decreto 1023 del 18 de mayo de 2012, el
Decreto 1074 del 26 de mayo de 2015 y el artículo 10 de la Ley 1314 de 2009.
1. Estados financieros a 31 de diciembre de 2016 y documentos adicionales
Por medio de este acto administrativo se establecen los plazos y requisitos
mínimos para la presentación de los estados financieros a 31 de diciembre de
2016, junto con los documentos adicionales requeridos, a través del Sistema
Integrado de Reportes Financieros —SIRFIN. Para el efecto, se deberá seleccionar
alguna de las siguientes opciones, según corresponda:
Informe 01 - Estados Financieros de Fin de Ejercicio- Corte 2016 -10 NIIF
Plenas Individual
Informe 01 - Estados Financieros de Fin de Ejercicio- Corte 2016 - 20 NIIF
Plenas Separado
La información financiera deberá diligenciarse en miles de pesos.
1.1 Obligatoriedad del diligenciamiento y presentación de la información
financiera
Por mandato del artículo 289 del Código de Comercio, las Entidades
Empresariales sometidas a vigilancia o control de la Superintendencia de
Sociedades, están obligadas a reportar los estados financieros de fin de ejercicio,
en este caso a 31 de diciembre de 2016, certificados y dictaminados, con el
TOSPORUN
NUEv0PAIs
En la Superintendencia de Sociedades trabajamos con
integridad por un País sin corrupción-
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Entidad No. 1 en el Indice de Transparencia de las Entidades Públicas. ITEP.
IMIIINCIT
www.suaersocIed.des.gov.co / w.bm.st.r@supersocled.des.gov.co - ColombIa
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O SOCIEDADES
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CIRCULAR EXTERNA
Solicitud de estados financieros año 2016
alcance previsto en los artículos 37 y 38 de la Ley 222 de 1995, sin necesidad de
orden expresa de carácter particular y concreto emitida por esta entidad.
Así mismo, están obligadas a remitir la misma información las Entidades
Empresariales sometidas a inspección de esta Superintendencia, a las cuales en
ejercicio de la atribución contenida en el articulo 83 de la Ley 222 de 1995,
mediante acto administrativo concreto dirigido a la dirección de notificación judicial
inscrita en el registro mercantil, les sea impartida la orden respectiva.
Se exceptúan de lo anterior aquellas Entidades Empresariales sometidas a
inspección que estén en proceso de liquidación voluntaria, las cuales deberán
manifestar tal situación mediante correo electrónico dirigido a la dirección
webmastersupersociedades.gov.co. En el "asunto" del correo electrónico deberá
indicarse lo siguiente: "Grupo de Informes Empresariales: Informe 01-Estados
Financieros de Fin de Ejercicio- Corte 2016— Sociedad en liquidación voluntaria".
Las Entidades Empresariales sometidas a vigilancia permanente de la
Superintendencia, que estén en liquidación voluntaria, deberán remitir la
información financiera en el Informe 16 - Estado de Liquidación Voluntaria, a
través del sistema Storm. Para el efecto, la información financiera deberá estar
preparada de acuerdo con lo previsto en el Decreto 2649 de 1993 y su reporte
deberá hacerse conforme lo dispone la Circular Externa que se expida para el
efecto.
1.2 Plazos para el envio de los estados financieros a 31 de diciembre de 2016,
separados e individuales, según NllF Plenas
Los estados financieros separados e individuales con corte a 31 de diciembre de
2016, certificados y dictaminados, deberán ser entregados en el año 2017, dentro
de las fechas señaladas a continuación (Tabla No.1), de acuerdo con los dos
últimos dígitos del NIT de la Entidad Empresarial, sin incluir el de verificación (DV):
Tabla No. 1
Prociramación de Envío de Información Financiera
Últimos
Últimos dos
dos dígitos
Envío de información
dígitos del
Envío de información
del NIT
NIT
01-10
Lunes 27 de marzo de 2017
51-60
Lunes 3 de abril de 2017
11-20
61-70
Martes 4 de abril de 2017
Martes 28 de marzo de 2017
21-30
Miércoles 29 de marzo de 2017
71-80
Miércoles 5 de abril de 2017
31-40
Jueves 30 de marzo de 2017
81-90
Jueves 6 de abril de 2017
41-50
Viernes 31 de marzo de 2017
91-00
Viernes7 de abril de 2017
Las Entidades Empresariales que tengan más de un cierre contable en el año
deberán diligenciar la información correspondiente a cada ejercicio en forma
independiente y presentada en las fechas señaladas anteriormente, previa
solicitud de autorización de envío, dirigida al Grupo de Informes Empresariales al
correo electrónico efinancierossupersociedades.gov.co.
- 1
-, T000SPORUN
NUEVO PAIS
En la Superintendencia de Sociedades trabajamos con
integridad por un Pais sin corrupción.
Entidad No. 1 en el Indice de Transparencia de las Entidades Públicas, ITEP
OMINCIT
www.sup.rsocied.dn.gov.co 1 w.bmaster@sup.rsocl.d.des.sov.co - Colombia
o
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CIRCULAR EXTERNA
Solicitud de estados financieros año 2016
SUPflSHflNDtNCIA
Dt SOCIEbADES
Los estados financieros de fin de ejercicio se deberán reportar certificados y
dictaminados, de acuerdo con lo previsto en los artículos 37 y 38 de la Ley 222 de
1995.
1.3 Documentos adicionales
Los estados financieros de fin de ejercicio sólo se entenderán recibidos en la
medida en que también se hubieren presentado los documentos adicionales
relacionados a continuación, los cuales deberán ser allegados dentro de los dos
(2) días hábiles siguientes a la fecha otorgada como plazo para el envio de la
información financiera según su número de NIT.
En el evento de que los documentos no fueren aportados en el plazo establecido,
los estados financieros se entenderán recibidos de manera extemporánea,
circunstancia que podría dar lugar a las sanciones pertinentes.
Los documentos adicionales deberán enviarse escaneados del original en formato
.pdf, a través de la sección "Presentación Informes Empresariales", sub sección
"Envío de documentos adicionales" del portal web de la Superintendencia de
Sociedades: www.supersociedades.gov.co, una vez se cuente con el número de
radicación que suministra el sistema, luego de enviar el archivo con extensión
.XBRL.
Cada documento deberá ser un archivo con extensión .pdf, al cual debe
asignársele el nombre con una sola palabra. El tamaño de cada archivo no debe
exceder de 2 MB. Una vez enviados en forma correcta, el sistema creará un
número de radicado a cada archivo remitido, con lo que se entenderá cumplido el
requisito de presentación de información financiera en forma completa.
1.3.1 Las Entidades Empresariales vigiladas y controladas deberán presentar los
siguientes documentos:
El documento mediante el cual el representante legal y el contador certifican
que los estados financieros remitidos a la entidad cumplen lo dispuesto en
el artículo 37 de la Ley 222 de 1995, suscrito adicionalmente por el revisor
fiscal que los dictamina en cumplimiento del artículo 38 ibídem.
La certificación deberá contener el número del documento de identidad, así
como las firmas del representante legal, contador y revisor fiscal, si lo
hubiere y la indicación del número de tarjeta profesional en el caso de los
contadores.
El informe de gestión que los administradores deben presentar a la
asamblea o junta de socios para su aprobación o improbación, de
conformidad con el artículo 46 de la Ley 222 de 1995, el cual además debe
contener el estado de cumplimiento de las normas sobre propiedad
intelectual y derechos de autor por parte de la Entidad Empresarial. Esta
obligación no aplica para las sucursales de sociedades extranjeras.
El dictamen del revisor fiscal
NUEVOPAIS
En la Superintendencia de Sociedades trabajamos con
integridad por un Pais sin corrupción.
Entidad No. 1 en el Indice de Transparencia de las Entidades Públicas, ITEP.
MINCIT
www.supe rsocedade,,gov.co 1 webmaster@supersociedades.gov.co - Colombia
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SUPCR1NTtND!P4CIA
DE SOCIEDADES
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CIRCULAR EXTERNA
Solicitud de estados financieros año 2016
d. Las notas explicativas de los estados financieros cuyo texto forma parte
integral de los mismos, que contengan información adicional a la
presentada en los estados de situación financiera, del resultado integral del
ejercicio y componentes del otro resultado integral (ORI), de cambios en el
patrimonio y de flujos de efectivo, escaneadas del original en formato .pdf.
1.3.2 Las Entidades Empresariales inspeccionadas deberán presentar los
siguientes documentos:
El documento mediante el cual el representante legal y contador certifican
que los estados financieros remitidos a la entidad cumplen lo dispuesto en
el artículo 37 de la Ley 222 de 1995, suscrito adicionalmente por el revisor
fiscal que los dictamina en cumplimiento del artículo 38 ibídem.
La certificación deberá contener el número del documento de identidad, así
como las firmas del representante legal, contador y revisor fiscal, si lo
hubiere y la indicación del número de tarjeta profesional en el caso de los
contadores.
Las notas explicativas de los estados financieros cuyo texto forma parte
integral de los mismos, que contengan información adicional a la
presentada en los estados de situación financiera, del resultado integral del
ejercicio y componentes del otro resultado integral (ORI), de cambios en el
patrimonio y de flujos de efectivo, escaneadas del original en formato .pdf.
El informe de gestión y el dictamen del revisor fiscal, si lo hubiere, podrán ser
solicitados por la Superintendencia en cualquier momento.
2. Presentación de estados financieros consolidados y documentos
adicionales
Las Entidades Empresariales que sean matrices o controlantes y que estén
obligadas a reportar información financiera de fin de ejercicio en los términos del
numeral primero anterior, deberán presentar, además de los estados financieros
separados, los estados financieros consolidados a más tardar el 23 de mayo de
2017.
Para este efecto, deberán diligenciar el Informe 01-Estados Financieros de Fin de
Ejercicio- Corte 2016 - 30 NIIF Plenas - Consolidados, mediante la herramienta
XBRL Express, o cualquiera otra que soporte el lenguaje estándar XBRL. Las
cifras deberán diligenciarse en miles de pesos y presentarse por el Sistema
Integrado de Reportes Financieros - SIRFIN.
Las Entidades Empresariales obligadas a presentar estados financieros
combinados deberán reportar dicha información a través del Informe 01-Estados
Financieros de Fin de Ejercicio- Corte 2016 - 30 NIIF Plenas - Consolidados, a
más tardar el 23 de mayo de 2017.
TODOS POR UN
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NUlO PAÍS
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En la Superintendencia de Sociedades trabajamos con
integridad por un Pais sin corrupción.
Entidad No. 1 en el Indice de Transparencia de Fas Entidades Públicas, ITEP,
wwwsupersocledadesgovco 1 webm aster@supersoc edadesgovco - Colombia
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CIRCULAR EXTERNA
Solicitud de estados financieros año 2016
Junto con los estados financieros consolidados deberán presentarse los
documentos adicionales relacionados a continuación, dentro de los dos días
hábiles siguientes a la fecha establecida para el envío de la información financiera
consolidada:
Certificación de los estados financieros consolidados, suscrita por el
representante legal, contador y revisor fiscal de quien consolida.
Notas a los estados financieros consolidados.
Informe especial de¡ artículo 29 de la Ley 222 de 1995.
Dictamen del revisor fiscal.
Los documentos adicionales deberán enviarse escaneados del original en formato
.pdt a través de la sección "Envío de documentos adicionales" del portal web de la
Superintendencia de Sociedades: www.supersociedades.gov.co, una vez se
cuente con el número de radicación que suministra el sistema, luego de enviar el
archivo con extensión .XBRL.
Cada documento deberá ser un archivo con extensión .pdf, al cual deberá
asignársele el nombre con una sola palabra. El tamaño de cada archivo no debe
exceder de 2 MB. Una vez enviados en forma correcta, el sistema creará un
número de radicado a cada archivo remitido, con lo que se entenderá cumplido el
requisito de presentación de información financiera en forma completa.
Los estados financieros consolidados sólo se entenderán recibidos oportunamente
en la medida en que también se hubieren presentado los documentos adicionales
que los complementan. En el evento de no ser aportados en el plazo establecido,
se entenderán presentados de manera extemporánea, circunstancia que podría
dar lugar a las sanciones pertinentes.
3. Información financiera de fin de ejercicio para entidades empresariales en
acuerdos recuperatorios
La Entidades Empresariales que estén en proceso de negociación o de ejecución
de un acuerdo de reestructuración en los términos de la Ley 550 de 1999, cuyo
promotor sea nominado por la Superintendencia de Sociedades o una cualquiera
de las Cámaras de Comercio de¡ país y las Entidades Empresariales que fueren
admitidas a un proceso de reorganización de acuerdo con la Ley 1116 de 2006,
sea que el mismo se encuentre en trámite o en ejecución, deberán reportar los
estados financieros de fin de ejercicio, correspondientes al período dell 0 de enero
al 31 de diciembre de 2016, certificados y dictaminados, con el alcance previsto en
los artículos 37 y 38 de la Ley 222 de 1995.
Los estados financieros deberán ser presentados en el año 2017, dentro de las
fechas señaladas en la Tabla No.1 anterior, de acuerdo con los dos últimos dígitos
de¡ NIT de la Entidad Empresarial, sin incluir el de verificación (DV). Para tales
efectos, se deberá utilizar el Informe 01 - Estados Financieros de Fin de EjercicioCorte 2016 -10 NIIF Plenas Individual en caso de que los estados financieros sean
individuales, o el Informe 01 - Estados Financieros de Fin de Ejercicio- Corte 2016
- 20 NIIF Plenas Separado, en caso de que sean separados.
C NUEVOPAÍS
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En la Superintendencia de Sociedades trabajamos con
integridad por un Pais sin corrupción.
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Entidad No. 1 en el indice de Transparencia de las Entidades Públicas, ITEP.
www.supersociedades.gov.co 1 webmaster@supersociedades.eov.co - Colombia
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CIRCULAR EXTERNA
Solicitud de estados financieros año 2016
SUPCRIHTCNDCNCIA
DE SOCIEDADES
Así mismo, se deberán presentar, junto con los estados financieros de fin de
ejercicio, los documentos adicionales de que tratan las Circulares Externas
número 100-000004 y 100-000005 del 8 de agosto de 2016, según corresponda.
Adicionalmente, estas Entidades Empresariales deberán reportar la información
específica sobre el proceso que adelantan, de acuerdo con lo requerido en el
"Informe 03A - 20 Información Anual de Acuerdos de Recuperación", a través del
Sistema Integrado de Reportes Financieros —SIRFIN.
Debe advertirse que la información financiera de fin de ejercicio requerida por esta
Circular, no sustituye ni excluye la obligación de reportar la información financiera
periódica de conformidad con lo previsto en las Circulares Externas número 100000004 y 100-000005 deI 8 de agosto de 2016 mencionadas.
Debido proceso especial
Los plazos señalados para el envío de la información son improrrogables. La
Superintendencia solicita los estados financieros de fin de ejercicio, certificados y
dictaminados (si hubiere revisor fiscal), con sus documentos adicionales, en los
plazos ya señalados. El incumplimiento de lo dispuesto en la presente Circular
podrá dar lugar, previa formulación de pliego de cargos y luego de concederse la
oportunidad para el ejercicio del derecho de defensa, a las sanciones de ley de
conformidad con lo previsto en el numeral 3 deI artículo 86 de la Ley 222 de 1995,
independientemente de la calidad de inspeccionada, vigilada o controlada de la
Entidad Empresarial.
Registro y presentación de información en SIRFIN
En la sección "Presentación Informes Empresariales" del portal
www.supersociedades.gov.co, los usuarios podrán encontrar la información
necesaria para la presentación de los informes en XBRL y, en particular, sobre la
forma en que han de cumplirse los siguientes trámites:
Efectuar el registro de las Entidades Empresariales.
Crear, cambiar o generar una nueva contraseña.
Descargar el software y los manuales de diligenciamiento.
Enviar los archivos con extensión .XBRL.
Enviar los documentos adicionales escaneados en archivo .pdf.
Consultar el estado del envío.
Descargar archivos de años anteriores.
Consultar respuestas a posibles errores de envío.
Participar en capacitaciones virtuales.
La presentación de los estados financieros de fin de ejercicio y de los documentos
adicionales, deberá efectuarse mediante la sección "Presentación Informes
Empresariales" del portal www.supersociedades.gov.co.
Tan pronto como se envíe el archivo con extensión .XBRL a través del portal web,
el sistema le suministrará un número de radicación. Con este número deberán
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En la Superintendencia de Sociedades trabajamos con
integridad por un País sin corrupción.
Entidad No. 1 en el Índice de Transparencia de las Entidades Públicas, ITEP
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www.supersociedadesgov.co / webmaster@supersocledades.ovco - Colombia
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CIRCULAR EXTERNA
Solicitud de estados financieros año 2016
cargarse los archivos en formato .pdf de los documentos adicionales, a través de
la subsección Envío de documentos adicionales" de nuestro portal.
6. Generalidades
6.1. Sobre el programa XBRL Express
Una vez instalado el programa XBRL Express, el usuario encontrará los informes
requeridos por la Superintendencia de Sociedades en lenguaje XBRL. Para
diligenciar varios informes, basta con una sola instalación del sistema.
Las licencias del sistema están disponibles sólo para las Entidades Empresariales
objeto de este requerimiento; si la Entidad Empresarial ya cuenta con el referido
sistema, no será necesario descargarlo o instalarlo nuevamente.
El sistema sólo recibe archivos con extensión .XBRL. Estos archivos generados
mediante XBRL Express, se almacenan por defecto en la carpeta:
Mis Documentos \ Mis archivos XBRL
No podrán hacerse modificaciones al programa obtenido vía internet o por
cualquier medio, ni podrá alterarse su estructura o forma de diligenciamiento, so
pena de las sanciones a que haya lugar.
Para prestar un mejor servicio a sus usuarios, la Superintendencia de Sociedades
ofrece capacitaciones virtuales y cartillas sobre la descarga, instalación,
diligenciamiento y envío de la información, en las que se explica paso por paso
cada procedimiento.
Las Entidades Empresariales objeto de este requerimiento ya cuentan con la
autorización previa para el envío del archivo XBRL. En el evento de presentar
inconvenientes con la autorización, se deberá enviar un correo a
efinancierossuøersociedades.gov.co en el que se informe la situación, para lo
cual se deberá suministrar el NIT, el nombre de la sociedad y el tipo de informe
que desea transmitir.
6.2. Sobre el reporte de información
La Superintendencia solicita estados financieros certificados y dictaminados .con el
alcance previsto en los artículos 37 y 38 de la Ley 222 de 1995 de manera que, en
ningún caso, admite estados financieros de prueba, preliminares o en proceso de
auditoría.
Los documentos solicitados en la presente Circular se entenderán válidamente
presentados por medio electrónico, en archivos en formato .pdf, en los términos
del artículo 50 de la Ley 527 de 1999, según el cual no se negarán efectos
jurídicos, validez o fuerza obligatoria a todo tipo de información por la sola razón
de que esté en forma de mensaje de datos.
TODOS POR UN
C NUEVOPAÍS
En la Superintendencia de Sociedades trabajamos con
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Entidad No. 1 en el Indice de Transparencia de las Entidades Públicas, ITEP
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www.superoaciedades,gov.co 1 webmaster®supersociedadea.gov.co - Colombia
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SVPCrnHUNDENCa
05 SOCEDAOES
CIRCULAR EXTERNA
Solicitud de estados financieros año 2016
En relación con el envío de la información por vía electrónica, es pertinente
advertir que, conforme al artículo 289 del Código Penal y en concordancia con el
artículo 474 de¡ mismo estatuto, quien falsifique documento privado que pueda
servir de prueba, incurrirá si lo usa, en prisión de dieciséis a ciento ocho meses.
Los estados financieros reportados por las Entidades Empresariales estarán a
disposición de¡ público en el portal web de la Superintendencia de Sociedades, a
partir del 15 de junio de 2017.
La atención al público para la radicación de documentos y consultas sobre el
diligenciamiento de los formularios, se cumplirá de lunes a viernes en jornada
continua, de 8:00 a.m. a 5:00 p.m.
Los medios electrónicos estarán disponibles 24 horas al día en el portal
www.supersociedades.gov.co.
Los siguientes mecanismos adicionales de soporte estarán también disponibles
para todas las Entidades Empresariales:
. Correo electrónico efinancierossupersociedades.gov.co
Chat en la página web de la Superintendencia de Sociedades (de lunes a
viernes, en el horario de 9:00 a.m. a 11:00 a.m., a partir del 27 de marzo de
2017)
Atención telefónica en los siguientes números:
Bogotá: 3245777- 2201000 Ext 7177
Barranquilla: 3858069 - 3858094 -3858076 Y 3858173
Bucaramanga: 6381544 — 6781541 -6781533
Cartagena: 6646051- 6642429 - 6646052
Cali: 6880404
Medellín: 3506000 - 3506001 - 3506002 - 3506003
Manizales: 8847393 — 8847810 - 8847987
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE,
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Superintendente de Soades
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En la Superintendencia de Sociedades trabajamos con
integridad por un País sin corrupción.
Entidad No. 1 en el Índice de Transparencia de las Entidades Públicas, ITEP.
www.supersoc ¡edad es.gov.co 1 webrnaster@supersociedade,.gov.co - Colombia