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circular 100-000014 de 2026

Circular Externa 100-000014 De 27 De Marzo De 2026

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Artículo 1.1

INFORMES APLICABLES A ENTIDADES EMPRESARIALES Y CÁMARAS DE COMERCIO Las Entidades Empresariales y las Cámaras de Comercio deberán diligenciar y presentar los informes que a continuación se relacionan, atendiendo los aspectos técnicos del presente capítulo: INFORME DENOMINACIÓN PUNTOS ENTRADAS No. 10 NIIF Plenas Individuales Grupo 1 20 NIIF Plenas Separado Grupo 1 30 NIIF Plenas Consolidado Grupo 1 35 NIIF Plenas Combinados Grupo 1 01 Estados Financieros de Fin de Ejercicio 40 NIIF Pymes Individuales Grupo 2 50 NIIF Pymes Separado Grupo 2 60 NIIF Pymes Consolidado Grupo 2 65 NIIF Pymes Combinado Grupo 2 Estados Financieros de Fin de Ejercicio 01A 70 NIF Contabilidad Simplificada G3 Grupo 3 Estados Financieros para Cámaras de 02 10 Cámaras de Comercio Comercio 10 Información de Acuerdos de Recuperación 03A Acuerdos de Recuperación 20 Información Anual de Acuerdos de Recuperación Tenga en cuenta qué: Las personas naturales admitidas a un proceso de reorganización no deberán presentar la información financiera mediante el Informe 03A - Acuerdos de Recuperación, salvo que así se les requiera expresamente. En su lugar, las personas naturales obligadas a llevar contabilidad deberán remitir los Estados Financieros en formato PDF. a través del correo electrónico webmaster@supersociedades.gov.co junto con los documentos adicionales señalados en el numeral 1.6.2.4 de CURIF. Las personas naturales no obligadas a llevar contabilidad, solo estarán obligadas a remitir las certificaciones señaladas en los literales c) y d) del numeral 1.6.2.4 de CURIF.

Artículo 1.2

APLICATIVO XBRL EXPRESS

Artículo 1.2.1

Generalidades presentación informes a través de XBRLExpress a. Los informes relacionados en el numeral 1.1 del presente anexo, deberán diligenciarse a través del aplicativo XBRLExpress y el envío del archivo generado por este aplicativo a través de la página de esta Entidad, mediante el Sistema Integrado de Reportes Financieros- SIRFIN. b. Todos los servicios necesarios para la presentación de la información financiera requerida se encuentran en el portal empresarial de la Superintendencia de Sociedades www.supersociedades.gov.co sección "Presentación Informes Empresariales". c. Para acceder al servicio electrónico de presentación de Informes Empresariales, tanto las Entidades Empresariales como las Cámaras de Comercio deberán registrarse y obtener la contraseña respectiva ingresando al siguiente vinculo:https://superwas.supersociedades.gov.co/ActualizacionDatosSociedades/logi n.jsp. Esta misma contraseña será utilizada para el ingreso al sistema SIRFIN. Si la Entidad Empresarial, Cámara de Comercio o persona natural ya se ha registrado anteriormente y cuenta con usuario y contraseña en el portal de la Entidad, NO debe registrarse nuevamente.

Artículo 1.2.2

Descarga e instalación Las Entidades Empresariales, las Cámaras de Comercio y cualquier otra entidad que determine la ley, que se encuentren obligadas a presentar alguno de los informes señalados en el numeral 1.1. del presente anexo, deberán generar el proceso de descarga e instalación del aplicativo XBRLExpress. Las Entidades Empresariales y las Cámaras de Comercio deberán ingresar al módulo SIRFIN a través de la sección “Presentación Informes Empresariales” del portal empresarial de la Superintendencia de Sociedades, https://www.supersociedades.gov.co/web/asuntos-economicos-societarios/sirfin, y deberán dirigirse al numeral 2 de esta sección, en la que encontrarán el vínculo que permite descargar XBRLExpress para iniciar el proceso de instalación y activación del mismo. Para activar el sistema, es necesario realizar el proceso de solicitud de la licencia mediante el generador de licencias. Es importante tener en cuenta que solamente se concederá una licencia por cada supervisado, ligada al computador desde el cual fue solicitada. La Superintendencia de Sociedades ha puesto a disposición de sus supervisados, una serie de ayudas en videos y manuales que buscan orientar respecto al adecuado proceso de descarga e instalación del aplicativo, facilitando el cumplimiento del reporte de información. A través de los siguientes vínculos se puede acceder a todas las ayudas disponibles para el efecto: ✓ Video “Descarga e instalación del aplicativo XBRL Express”. https://www.supersociedades.gov.co/web/supertips ✓ Documento “Manual de descarga e instalación XBRL Express” Manuales y cartillas SIRFIN - Asuntos Económicos Societarios - Inicio ✓ Portal empresarial de la Superintendencia de Sociedades – Sección “Presentación de informes empresariales SIRFIN”: https://www.supersociedades.gov.co/web/asuntos-economicos-societarios/sirfin, en el que se encuentra el botón para iniciar la descarga del aplicativo XBRLExpress.

Artículo 1.2.3

Diligenciamiento de información en el aplicativo XBRLExpress Las Entidades Empresariales y las Cámaras de Comercio, una vez generen la instalación del aplicativo XBRLExpress, podrán acceder a los informes señalados en el numeral 1.1 del presente Anexo y deberán proceder a diligenciar la información financiera requerida por esta Superintendencia. El Informe 01- Estados Financieros de Fin de Ejercicio es objeto de actualización cada año por parte de esta Superintendencia, por lo que las Entidades Empresariales deberán seleccionar el informe 01 que corresponda a la fecha de corte de sus Estados Financieros de Propósito General. El aplicativo XBRLExpress despliega los puntos de entrada que conforma cada uno de los informes. Para el caso del informe 01 Estados Financieros de Fin de Ejercicio, las Entidades Empresariales atendiendo a sus características particulares, deberá seleccionar el punto de entrada que corresponda de acuerdo con el Estado Financiero de Propósito General que deban presentar y al grupo de preparadores de información financiera en el cual se encuentren clasificados (Grupo 1, Grupo 2 y Grupo 3), tal y como se ilustra en el ejemplo de la siguiente imagen: Esta Superintendencia emitió la Circular Básica Contable 100-000007 de 2022, en donde se desarrollan las características de cada uno de los Estados financieros de Propósito general la cual podrá consultar en el portal empresarial de esta Entidad mediante el siguiente vínculo: https://www.supersociedades.gov.co/web/nuestra-entidad/circular- basica-contable-interactiva. Adicional a lo anterior, esta Entidad de Supervisión ha creado material pedagógico que servirá de apoyo permanente para todo el proceso de diligenciamiento de los informes. A través de los siguientes vínculos se puede acceder a todas las ayudas disponibles para el efecto: ✓ Documento “Herramienta de diligenciamiento de informes XBRL Express-Manual de usuario”: https://www.supersociedades.gov.co/documents/80312/332588/Manual+de+diligencia miento+de+informes+XBRL+Express.pdf/472d30a3-86f0-e6f6-e2bb- 4a05febcb5fb?t=1699498124991 ✓ Documento “Manual de usuario-Configuración, manejo y operación”: https://www.supersociedades.gov.co/documents/80312/332588/Manual_de_usuario_X BRLExpress.pdf/611729c9-2ceb-b934-9c4a-cbdfe826d63c?t=1666800256760 ✓ Instructivos de diligenciamiento: https://www.supersociedades.gov.co/web/asuntos-economicos-societarios/manuales- y-cartillas-sirfin ✓ Videos sobre diligenciamiento estados financieros y Tips de diligenciamiento: https://www.supersociedades.gov.co/es/asuntos-economicos-y-societarios ✓ Documento “Clasificación de punto de entrada” el cual facilitará la selección del punto de entrada adecuado para el caso del informe 01-Estados Financieros de Fin de Ejercicio. https://www.supersociedades.gov.co/documents/80312/332506/ClasificacionPuntoDeE ntrada.pdf/47e19b7b-35b2-f627-c5c1-f8bc6056bafd?t=1646793008178 Tenga en cuenta qué: La presentación de las cifras en los informes aplicables a Entidades Empresariales y Cámaras de Comercio deberá hacerse en MILES DE PESOS. Por lo tanto, se deben eliminar los tres últimos dígitos de las cifras. Por ejemplo: Si la cifra es $2.567.450, se debe diligenciar $2.567. 1 El incumplimiento de esta orden podrá dar lugar a la sanción establecida en el numeral 3 del artículo 86 de la Ley 222 de 1995.

Artículo 1.2.4

Generación de archivo XBRLExpress Las Entidades Empresariales y las Cámaras de Comercio deberán diligenciar la totalidad de la información solicitada en los informes requeridos, sin que se reporte inconsistencia alguna, posibilitando así la generación del archivo con extensión. XBRL. En caso de que el aplicativo genere errores de validación en los informes diligenciados producidos por inconsistencias, errores en los cálculos o información faltante, la Entidad Empresarial deberá proceder a subsanar de manera inmediata dichas circunstancias para poder generar el archivo XBRL que posteriormente se enviará a través del sistema SIRFIN. En la siguiente tabla se puede identificar la estructura de la denominación de los archivos XBRL generados durante el proceso de diligenciamiento según el informe aplicable. ESTRUCTURA DE ARCHIVO GENERADO EN EL APLICATIVO XBRL EXPRESS Informe Denominación de Archivo

01. Estados Financieros Fin de Ejercicio Corte T01_EXX_NIT.202X-12-31 .XBRL 01A –Estados Financieros de Fin de Ejercicio Grupo 3 T01A_E70_NIT.202X-12-31 .XBRL

02. Estados Financieros Cámaras de Comercio T02_E10_NIT.202X -12-31 .XBRL 03A 20 Información Anual Acuerdos de Recuperación T03A_E20_NIT. 202X-12-31.XBRL

Artículo 1.3

SISTEMA INTEGRADO DE REPORTES FINANCIEROS-SIRFIN La Superintendencia de Sociedades pone a disposición de los supervisados el Sistema Integrado de Reportes Financieros - SIRFIN, para la presentación de información financiera de Propósito General y otro tipo de reportes en el Lenguaje XBRL.

Artículo 1.3.1

Autorizaciones para el envío de Archivos con Extensión XBRL Las Entidades Empresariales que han sido requeridas por primera vez para el envío de información financiera bajo XBRL, deberán solicitar la autorización de envío informando el punto de entrada que debe ser habilitado a través del correo electrónico efinancieros@supersociedades.gov.co en el que se informe el NIT, razón social, nombre y cargo del responsable y el punto de entrada a trasmitir para que la Superintendencia de Sociedades autorice el envío de la información financiera requerida. Si la Entidad Empresarial presentó Estados Financieros en años anteriores, la Superintendencia de Sociedades autoriza el envío con el último punto de entrada reportado. No obstante, en el evento de requerir modificación del punto de entrada habilitado, deberá seguir el procedimiento indicado anteriormente. Para el caso de las Cámaras de Comercio, estos cuentan con el punto de entrada habilitado para que sea posible transmitir la información financiera a través del módulo SIRFIN. Para las entidades que requieran el cambio de grupo, una vez cumplida la permanencia de que trata el Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, será necesario que dicha actualización conste en el certificado de existencia y representación legal y adicionalmente informar de tal cambio a través de una comunicación dirigida al Grupo de Informes empresariales de esta Entidad o a la Intendencia Regional que corresponda de acuerdo a su jurisdicción. Si las Entidades Empresariales presentan más de un cierre contable en el año, deberán diligenciar la información correspondiente a cada corte en forma independiente y presentarla en un único momento dentro de los plazos anteriormente establecidos, previa solicitud de autorización de envío, la cual se efectuará a través del correo efinancieros@supersociedades.gov.co.

Artículo 1.3.2

Envío del archivo con extensión. XBRL Una vez las Entidades Empresariales y las Cámaras de Comercio cuenten con el archivo XBRL generado mediante XBRLExpress, estos deberán ingresar al módulo SIRFIN a través de la sección “Presentación Informes Empresariales” del portal empresarial de la Superintendencia de Sociedades, https://www.supersociedades.gov.co/web/asuntos- economicos-societarios/sirfin, proceder a remitir dicho archivo y obtener un número de radicado, el cual servirá para el envío de los documentos adicionales cuando corresponda. Una vez la Entidad requerida ingresa al módulo SIRFIN se desplegará la ventana de autenticación, en donde el usuario corresponde al NIT de la entidad sin puntos y sin digito de verificación y la contraseña será la misma generada en el momento del registro de la Entidad Empresarial en el portal web de la Superintendencia de Sociedades. (ver literal c del numeral 1.2.1 del presente Anexo). La Superintendencia de Sociedades ha puesto a disposición de sus supervisados, una serie de ayudas en manuales que le permitirá a las entidades requeridas conocer de manera detallada el proceso de Envío del archivo XBRL, así como el proceso para consultar el resultado de procesamiento del archivo XBRL enviado por el usuario. A través del siguiente vínculo se puede acceder a todas las ayudas disponibles para el efecto: ✓ Documento “Manual módulo SIRFIN” https://www.supersociedades.gov.co/documents/80312/332588/Manual+de+Funciona miento-SIRFIN_.pdf/6ceabef7-a9a8-3cc8-4b32-404cdd308099?t=1699483504079 Tenga en cuenta qué: Una vez se ha enviado el archivo con extensión. XBRL se genera un número de radicación el cual es necesario para adjuntar y enviar los documentos adicionales.

Artículo 1.4

PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS ADICIONALES Las Entidades Empresariales y Cámaras de Comercio deberán remitir los documentos adicionales atendiendo los aspectos técnicos del presente capítulo: DOCUMENTOS CURIF INFORME PUNTOS ENTRADAS ADICIONALES (Numeral) a. Certificación Estados Financieros 10 NIIF Plenas Individuales G1 b. Informe de Gestión 20 NIIF Plenas Separado G1 c. Dictamen Revisor Fiscal 1.1.3 40 NIIF Pymes Individuales G2 d. Notas de los Estados 01 50 NIIF Pymes Separado G2 Financieros Estados e. Extracto del Acta de Financieros de Reunión Fin de Ejercicio a. Certificación Estados 30 NIIF Plenas Consolidado G1 Financieros 35 NIIF Plenas Combinados G1 b. Notas de los Estados 1.2.3 60 NIIF Pymes Consolidado G2 Financieros 65 NIIF Pymes Combinado G2 c. Informe Especial d. Dictamen Revisor Fiscal a. Certificación Estados Financieros 01A b. Informe de Gestión Estados 70 NIF Contabilidad c. Dictamen Revisor Fiscal Financieros de 1.1.3 Simplificada G3 d. Notas de los Estados Fin de Ejercicio Financieros Grupo 3 e. Extracto del Acta de Reunión a. Certificación Estados Financieros 02 b. Informe de Gestión Estados c. Dictamen Revisor Fiscal Financieros 10 Cámaras de Comercio 1.3.2 d. Notas de los Estados para Cámaras Financieros de Comercio e. Extracto del Acta de Reunión a. Certificación Estados Financieros b. Notas de los Estados Financieros c. Certificación suscrita por el representante legal, 10 Información de Acuerdos de contador y revisor fiscal en 1.5.3.2 03A Recuperación el que se indique si el Acuerdos de deudor ha cumplido con el Recuperación. pago oportuno de las Entidades obligaciones causadas con Empresariales posterioridad al inicio del en acuerdos de proceso. reestructuración (Ley 550 de a. Certificación suscrita por 1999) el representante legal, contador y revisor fiscal en el que se indique si el 20 Información Anual de deudor ha cumplido con el 1.5.2.2 Acuerdos de Recuperación pago oportuno de las obligaciones causadas posteriores al inicio del proceso. a. Certificación Estados Financieros b. Notas de los Estados Financieros c. Certificación suscrita por 03A el representante legal, Acuerdos de contador y revisor fiscal en Recuperación. el que se indique si el Entidades 10 Información de Acuerdos de deudor ha cumplido con el 1.6.2.4 Empresariales Recuperación pago oportuno de las en proceso de obligaciones causadas con reorganización posterioridad al inicio del empresarial proceso. d. Informe que contenga información relevante para evaluar la situación del deudor, tanto para llevar a cabo la negociación, como para adelantar la ejecución del acuerdo a. Certificación suscrita por el representante legal, contador y revisor fiscal en el que se indique si el deudor ha cumplido con el pago oportuno de las obligaciones causadas 20 Información Anual de posteriores al inicio del 1.6.1.3 Acuerdos de Recuperación proceso. b. Informe que contenga información relevante para evaluar la situación del deudor, tanto para llevar a cabo la negociación, como para adelantar la ejecución del acuerdo. Los documentos adicionales solicitados anteriormente, se entenderán válidamente presentados por medio electrónico, en archivos en formato .pdf en los términos del artículo 5 de la Ley 527 de 1999, según el cual, a la información no se le negarán efectos jurídicos, validez o fuerza obligatoria por la razón de que esté en forma de mensaje de datos. Tanto las Entidades Empresariales como las Cámaras de Comercio deberán remitir los documentos adicionales escaneados del original en formato .pdf, a través de la sección “Presentación Informes Empresariales” botón “Ingreso SIRFIN”-“Envío de documentos” del portal empresarial de la Superintendencia de Sociedades https://superwas.supersociedades.gov.co/nsriWebSociedades/login.xhtml, utilizando el número de radicación que le suministro el sistema cuando envió el archivo con extensión XBRL. El sistema SIRFIN, despliega el listado de los documentos que se requieran adjuntar. Las ventanillas dispuestas para el envío de los archivos de los documentos adicionales solo deben ser utilizadas para la remisión de cada uno de ellos, razón por la cual no se debe adjuntar otro tipo de documento, comunicación o solicitud. Una vez enviados los documentos adicionales, el sistema genera un número de cumplida la obligación de presentación de información requerida en los diferentes informes. Para todos los efectos, el número de radicación será la única prueba de cumplimiento de la orden impartida. Las Entidades Empresariales que tengan más de un cierre contable en el año, deben remitir los documentos adicionales por cada uno de los informes diligenciados correspondientes a cada corte. La Superintendencia de Sociedades, ha desarrollado material pedagógico cuya finalidad es la de facilitar el cumplimiento de las instrucciones generadas para la presentación de información financiera y sus documentos adicionales. A través de los siguientes vínculos se puede acceder a todas las ayudas disponibles para el efecto: Video “Documentos adicionales Estados Financieros” https://www.supersociedades.gov.co/web/supertips Documento “Guía práctica de transmisión y reexpresión de estados financieros de fin de ejercicio” https://www.supersociedades.gov.co/documents/20122/532936/GUIA- TRANSMISION-Y-REEXPRESION-DE-ETDOS-FROS_final.pdf/5ce93876-5f73-e167- Tenga en cuenta qué: El preparador es el responsable del contenido de cada uno de los archivos, de tal manera que al remitirlos debe asegurarse que ellos corresponden cada uno con su denominación. A título de ejemplo si se radica el documento denominado “dictamen” el contenido del mismo debe corresponder con el dictamen del revisor fiscal y no con una carta en la que señala que los Estados Financieros se encuentran en proceso de auditoría. Si al momento de radicar cualquiera de los documentos adicionales requeridos ocurre lo referido en el ejemplo u otra circunstancia similar, se entenderá por no presentada la información. CAPITULO II ASPECTOS TÉCNICOS DE LA PRESENTACIÓN DE INFORMACIÓN FINANCIERA APLICABLE A ENTIDADES EMPRESARIALES QUE NO SE ENCUENTRAN EN MARCHA. 2.1 – PRESENTACIÓN DE INFORMACIÓN FINANCIERA DE TRANSICIÓN Y PERIÓDICA DE LOS SUJETOS ADMITIDOS A UN PROCESO DE LIQUIDACIÓN JUDICIAL.

Artículo 2.1.1

ENTIDADES OBLIGADAS EN LIQUIDACIÓN JUDICIAL - DILIGENCIAMIENTO SE GENERA EN XBRLExpress. Las Entidades Empresariales admitidas a un proceso de liquidación judicial deberán diligenciar y presentar el Informe 04, atendiendo los aspectos técnicos del presente numeral: INFORME INFORME SITUACIÓN PUNTOS ENTRADA No. 10 - Inventario de Patrimonio liquidable y Transición - Corte día anterior del Auto que ordena su Entidades que no liquidación 04 Liquidación judicial cumplen HNM – 20 - Información Financiera NHNM – liquidación. Liquidación Presentación cortes Cuatrimestrales abril, agosto y diciembre de cada año. Generalidades, descarga y generación del archivo XBRLExpress y remisión de la información por SIRFIN Teniendo en cuenta que el diligenciamiento del Informe 04 - Entidades que no cumplen HNM- Liquidación, se realiza a través del aplicativo XBRLExpress y el envío del archivo generado se realiza a través del Sistema Integrado de Reportes Financieros- SIRFIN, las Entidades Empresariales que se encuentren en liquidación judicial, deberán atender los aspectos técnicos establecidos en los numerales 1.2 y 1.3 del Capítulo I del presente Anexo. Para habilitar la plataforma de envío, es necesario que previamente soliciten autorización del punto de entrada, al correo Efinancieros@supersociedades.gov.co en el que se indique la situación de la Entidad Empresarial, el NIT, la razón social, el tipo de informe que desea trasmitir y el cargo de quien solicita la autorización. Tenga en cuenta qué: La presentación de las cifras en el informe 04 aplicable a Entidades Empresariales en liquidación judicial, deberá hacerse en PESOS COLOMBIANOS.

Artículo 2.1.2

Plazo para la presentación de la información financiera de transición y periódica. Los plazos para presentar el Informe 04 – Entidades que no cumplen HNM - Liquidación referida en el numeral anterior, son los siguientes: • Informe 04 - Punto de Entrada 10: Inventario de Patrimonio liquidable y Transición El Ex representante legal deberá presentar este informe, con corte al día anterior a la fecha del auto de apertura del proceso de liquidación • Informe 04 - Punto de Entrada 20: Información Financiera NHNM - Liquidación. Este Informe debe presentarse cuatrimestralmente incluido el cuatrimestre donde fueron admitidos al proceso de liquidación con la totalidad de documentos adicionales requeridos en el numeral 2.1.3 en los siguientes plazos: Fecha de corte Plazo para la presentación A 30 de abril Los 5 primeros días hábiles del mes de junio A 30 de agosto Los 5 primeros días hábiles del mes de octubre A 31 de diciembre A más tardar el 31 de marzo del año siguiente

Artículo 2.1.3

Documentos adicionales Las Entidades Empresariales que se encuentren en proceso de liquidación judicial, deberán remitir los siguientes documentos adicionales: DOCUMENTOS INFORME SITUACIÒN PUNTOS ENTRADA CURIF ADICIONALES a. Certificado suscrito por el liquidador (o Informe 04 10 - Inventario de Liquidación Exrepresentante legal) y el Entidades Patrimonio liquidable 2.1.3 judicial contador. que no y Transición d. Notas de los Estados cumplen Financieros HNM – a. Certificado suscrito por liquidación. el liquidador (o Exrepresentante legal) y el contador. b. Informe sobre el cumplimiento del 20 - Información estimativo de gastos Financiera NHNM – presentado al inicio de la 2.1.3 Liquidación liquidación y requerido en el auto de apertura. c. Informe detallado de gestión del liquidador d. Notas de los Estados Financieros Así mismo, se deberán tener en cuenta los aspectos técnicos establecidos en el numeral 1.4 del capítulo I del presente Anexo.

Artículo 2.2

PRESENTACIÓN DE INFORMACIÓN FINANCIERA DE FIN DE EJERCICIO DE LAS ENTIDADES EMPRESARIALES SOMETIDAS A VIGILANCIA O CONTROL EN PROCESO DE LIQUIDACIÓN VOLUNTARIA O EN CAUSAL DE DISOLUCIÓN POR EL NO CUMPLIMIENTO DE LA HIPÓTESIS DE NEGOCIO EN MARCHA. Las Entidades Empresariales sometidas a vigilancia o control que se encuentren adelantando un proceso de liquidación voluntaria o en causal de disolución por el NO Cumplimiento de la Hipótesis de Negocio en Marcha, registrado ante la Cámara de Comercio respectiva, deberán diligenciar y presentar anualmente el Informe

04. La información financiera y los documentos adicionales deberán presentarse a más tardar el último día hábil del mes de mayo de cada año.

Artículo 2.2.1

Entidades Obligadas en liquidación voluntaria Deberán enviar el siguiente informe a través de los puntos de entrada que se indican a continuación Atendiendo los aspectos técnicos del presente numeral: INFORME INFORME SITUACIÓN PUNTOS ENTRADA No. 10 - Inventario de Patrimonio 04 Liquidación Voluntaria liquidable y Transición, fecha de corte Entidades que no al año inmediatamente anterior a la cumplen HNM – En causal de disolución evaluación del no cumplimiento de liquidación. por el NO Cumplimiento HNM. Única presentación. de la Hipótesis de Negocio en Marcha 20 - Información Financiera NHNM – Liquidación, fecha de corte a 31 de diciembre de cada año.

Artículo 2.2.1

Generalidades, descarga y generación del archivo XBRLExpress y remisión de la información por SIRFIN Teniendo en cuenta que el diligenciamiento del informe 04-Entidades que no cumplen HNM-liquidación, se realiza a través del aplicativo XBRLExpress y el envío del archivo generado se realiza a través del Sistema Integrado de Reportes Financieros- SIRFIN, las Entidades Empresariales en causal de disolución por el NO Cumplimiento de la Hipótesis de Negocio en Marcha, deberán atender los aspectos técnicos establecidos en los numerales 1.2 y 1.3 del Capítulo I del presente Anexo. Para habilitar la plataforma de envío, es necesario que previamente soliciten autorización del punto de entrada, al correo Efinancieros@supersociedades.gov.co en el que se indique la situación de la Entidad Empresarial, el NIT, la razón social, el tipo de informe que desea trasmitir y el cargo de quien solicita la autorización. Tenga en cuenta qué: La presentación de las cifras en el informe 04 aplicable a Entidades Empresariales en liquidación voluntaria y aquellas entidades que se encuentran incursas en causal de disolución por el NO cumplimiento de la Hipótesis de Negocio en Marcha, deberá hacerse en PESOS COLOMBIANOS.

Artículo 2.2.1.1.1

Documentos adicionales Las Entidades Empresariales que se encuentren admitidas a un proceso de liquidación judicial, así como aquellas entidades sometidas a vigilancia o control que se encuentren adelantando un proceso de liquidación voluntaria o en causal de disolución por el NO Cumplimiento de la Hipótesis de Negocio en Marcha deberán remitir los siguientes documentos adicionales: DOCUMENTOS INFORME SITUACIÒN PUNTOS ENTRADA CURIF ADICIONALES 10 - Inventario de a. Certificado suscrito por Informe 04 Liquidación Entidades Patrimonio liquidable el liquidador (o 2.2.1.1.1 Voluntaria Exrepresentante legal) y el que no y Transición contador. cumplen HNM – d. Notas de los Estados liquidación. Financieros a. Certificado suscrito por el liquidador (o Exrepresentante legal) y el contador. 20 - Información b. Notas de los Estados Financiera NHNM – Financieros 2.2.1.2.1 Liquidación c. Copia del Acta del Máximo Órgano Social MOS Así mismo, se deberán tener en cuenta los aspectos técnicos establecidos en el numeral 1.4 del Capítulo I del presente Anexo.

Artículo 2.3

SOLICITUD DE INFORMACIÓN FINANCIERA DE SUJETOS INTERVENIDOS: PERSONAS JURÍDICAS QUE CUMPLEN LA HIPÓTESIS DE NEGOCIO EN MARCHA, PERSONAS JURÍDICAS EN CAUSAL DE DISOLUCIÓN POR EL NO CUMPLIMIENTO DE LA HIPÓTESIS DE NEGOCIO EN MARCHA; Y PERSONA NATURAL COMERCIANTE Y NO COMERCIANTE Cuando los sujetos intervenidos cumplan con la Hipótesis de Negocio en Marcha con sujeción a lo dispuesto en el numeral 2.3.2 de CURIF, en la presentación de información financiera a esta Superintendencia deben agotar todo lo consignado en el Capítulo I del presente anexo para informes 01 y 01A. Las personas jurídicas intervenidas y personas naturales comerciantes intervenidas en causal de disolución por el no cumplimiento de la Hipótesis de Negocio en Marcha y personas naturales no comerciantes intervenidas deberán diligenciar y presentar el Informe 80 que a continuación se relaciona, establecidos en el numeral 1.4 del Capítulo I del presente Anexo: • Informe 80 – Informe de procesos de intervención judicial Puntos de entrada Fecha de corte Plazo de presentación Al día anterior a Dentro del mes siguiente a la posesión la fecha del auto del interventor. 10 - Inventario Inicial que ordena la intervención. Los Estados financieros (personas jurídicas y naturales comerciantes) o Estado de bienes y obligaciones (personas naturales no comerciales): • Fin de ejercicio, deben ser Junio 30 y remitidos a más tardar el último 20 - Informe Periódico diciembre 31 de día hábil del mes de mayo de cada año. cada siguiente año. • Con corte junio 30, a más tardar el último día hábil de agosto de cada año. Generalidades, descarga y generación del archivo XBRLExpress y remisión de la información por SIRFIN Teniendo en cuenta que el diligenciamiento del Informe 80 – Informe de Procesos de Intervención Judicial, se realiza a través del aplicativo XBRLExpress y el envío del archivo generado se realiza a través del Sistema Integrado de Reportes Financieros- SIRFIN, las Entidades Empresariales en causal de disolución por el NO Cumplimiento de la Hipótesis de Negocio en Marcha, deberán atender los aspectos técnicos establecidos en los numerales 1.2 y 1.3 del Capítulo I del presente Anexo. Para habilitar la plataforma de envío, es necesario que previamente soliciten autorización del punto de entrada, al correo Efinancieros@supersociedades.gov.co en el que se indique la situación de la Entidad Empresarial, el NIT, la razón social, el tipo de informe que desea trasmitir y el cargo de quien solicita la autorización. Tenga en cuenta qué: La presentación de las cifras en el informe 80 aplicable a personas jurídicas intervenidas que cumplen la hipótesis de negocio en marcha; personas jurídicas intervenidas incursas en causal de disolución por el no cumplimiento de la hipótesis de negocio en marcha; personas naturales comerciantes y no comerciantes intervenidas, deberá hacerse en PESOS COLOMBIANOS. Presentación de documentos adicionales Las Entidades deberán remitir los documentos adicionales atendiendo los aspectos técnicos del presente capítulo: DOCUMENTOS CURIF Punto de Entrada ADICIONALES (Numeral) a. Certificación suscrita por el interventor o Administrador persona natural y el contador - Persona natural no 10 - Inventario Inicial 2.3.3.2 comerciante certificación del Interventor. b. Anexo Información Financiera – Notas Explicativas a. Certificación suscrita por el interventor o Administrador persona natural y el contador - Persona natural no 20 - Informe Periódico comerciante certificación 2.3.3.2 del Interventor. b. Anexo Información Financiera – Notas Explicativas c. Informe de gestión Los documentos adicionales solicitados anteriormente, se entenderán válidamente presentados por medio electrónico, en archivos en formato .pdf en los términos del artículo 5 de la Ley 527 de 1999, según el cual, a la información no se le negarán efectos jurídicos, validez o fuerza obligatoria por la razón de que esté en forma de mensaje de datos. Las Entidades deberán remitir los documentos adicionales escaneados del original en formato .pdf, a través de la sección “Presentación Informes Empresariales” botón “Módulo SIRFIN”-“Envío de documentos” del portal empresarial de la Superintendencia de Sociedades https://www.supersociedades.gov.co/es/web/asuntos-economicos- societarios/envio-documentos, utilizando el número de radicación que le suministro el sistema cuando envió el archivo con extensión XBRL. El sistema SIRFIN, despliega el listado de los documentos que se requieran adjuntar. Las ventanillas dispuestas para el envío de los archivos de los documentos adicionales solo deben ser utilizadas para la remisión de cada uno de ellos, razón por la cual no se debe adjuntar otro tipo de documento, comunicación o solicitud. Una vez enviados los documentos adicionales, el sistema genera un número de cumplida la obligación de presentación de información requerida en los diferentes informes. Para todos los efectos, el número de radicación será la única prueba de cumplimiento de la orden impartida. La Superintendencia de Sociedades ha desarrollado material pedagógico cuya finalidad es la de facilitar el cumplimiento de las instrucciones generadas para la presentación de información financiera y sus documentos adicionales. CAPÍTULO III ATENCIÓN AL CIUDADANO

Artículo 3.1

MECANISMOS DE ATENCIÓN Los medios electrónicos estarán disponibles 24 horas al día en el portal para el soporte en el diligenciamiento de la información en horario hábil de lunes a viernes en jornada continua, de 8:00 a.m. a 5:00 p.m. -Atención telefónica en el siguiente número: Bogotá: (601) 2201000 Ext. 7177 -Correo electrónico: efinancieros@supersociedades.gov.co 3.2 CAPACITACIONES ANUALES Una de las estrategias implementadas por esta Superintendencia está enfocada en el acompañamiento y la pedagogía que como entidad esperamos desarrollar para impulsar el cumplimiento normativo por parte de nuestras supervisadas, elementos de gran valor que aportan al desarrollo incluyente de todos los colombianos. En cumplimiento de esta estrategia, esta Superintendencia desarrolla cada año, diversas capacitaciones relacionadas con la preparación y presentación de información financiera requerida en los diversos informes encaminadas a facilitar el entendimiento de todos los requerimientos que abarca la solicitud de estados financieros de propósito general.