Circular 100-000006 de 2018
Circular Externa No. 100-000006 Del 9 De Noviembre De 2018
Circular Externa No. 100-000006 del 9 de noviembre de 2018
Texto del documento
(t)
SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES
BOGOTA
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Al contestar cite:
2018-01-483456
Tipo: Interna
Fecha: 9/11/2018 17:OO:38
Tr6mlle: 1013 - ACTO ADMINISTRATIVO EXTERNO
Exp. 36241
Soclédad: 899999086- SUPERINTE:NDENC!A DE S...
Remitente: 100- DESPACHO DEL SUPERINTENDENTE
Destino: 515. GRUPO DE NOTIFICACIONES ADMIN!STRATIVAS
Fol!os: 5
Anexos: NO
Tipo Documental: CIRCULAR EXTERNA
Consecutivo: 100-000006
SUPERTINTENDENCIA
DE SOCIEDADES
CIRCULAR EXTERNA
SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES
Señores
Representantes legales
Liquidadores
Contadores
Revisores fiscales
Sociedades comerciales, sucursales de sociedades extranjeras y empresas
unipersonales, en vigilancia o control en proceso de liquidación voluntaria o que no
cumplen con la hipótesis de negocio en marcha.
Referencia: Presentación de Información financiera de fin de ejerc1c10 de las
Entidades Empresariales sometidas a vigilancia o control en proceso
de liquidación voluntaria o que no cumplen con la hipótesis de
negocio en marcha.
Por mandato del artículo 289 del Código de Comercio, las Entidades
Empresariales sometidas a vigilancia o control de la Superintendencia de
Sociedades están obligadas a reportar estados financieros de fin de ejercicio de
cada año, certificados y dictaminados, según corresponda, con alcance de lo
previsto en los artículos 37 y 38 de la Ley 222 de 1995, así como en el literal 1
párrafos 74, 75 y 76 del anexo 5 del Decreto 2101 de 2016, sin necesidad de
orden expresa de carácter particular y concreto emitida por esta entidad.
De conformidad con lo previsto en el artículo 84 de la Ley 222 de 1995, y en los
Decretos 1023 de 2012 y 1074 de 2015, la Superintendencia de Sociedades
puede solicitar información jurídica, contable o económica en la forma detalle y
términos que considere procedentes. Así la cosas, para presentar los estados
financieros de fin de ejercicio los sujetos objeto de esta circular, deberán proceder
de conformidad con las instrucciones aquí impartidas:
El Decreto 2101 de 2016 adicionó a la parte 1, del Libro 1 Decreto 2420 de 2015,
el título 5 con el reglamento normativo para las entidades que no cumplen con la
Hipótesis de Negocio en Marcha.
1.
Entidades Obligadas:
1.1 En liquidación voluntaria:
a) Las Entidades Empresariales sometidas a vigilancia o control que se
encuentren adelantando un proceso de liquidación voluntaria, registrado
ante la Cámara de Comercio respectiva, antes del 31 de diciembre de 2017
inclusive, deberán enviar los estados financieros de fin de ejercicio cada
año, en el "Informe 16 - Estado de liquidación voluntaria", a través del
aplicativo Storm User. Diligenciado en MILES DE PESOS.
El'l la S1:1peri!lne.ndel'.lcia dE So~iededes
tr.ab:;;jamos con integridad por un P.ais
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215
SUPERINTENDENCIA
DE SOCIEDADES
CIRCULAR EXTERNA
Solicitud estados financieros fin de ejercicio
Entidades vigiladas o controladas en liquidación voluntaria
b) Las Entidades Empresariales sometidas a vigilancia o control, que se
encuentren adelantando un proceso de liquidación voluntaria, registrado
ante la Cámara de Comercio respectiva, a partir del 1 enero de 2018,
deberán enviar el informe correspondiente a la taxonomía 04 "Entidades
que no cumplen HNM - Liquidación, puntos de entrada 10 Inventario de
Patrimonio Liquidable y Transición y punto de entrada 20 Información
Financiera NHNM. -Liquidación, diligenciado en PESOS.
1.2 Qué no cumplen la Hipótesis de Negocio en Marcha:
c) Las Entidades Empresariales sometidas al grado de supervisión consistente
en vigilancia o control, por parte de esta Superintendencia, que a fin de
ejercicio, determinen que No Cumplen con la Hipótesis de Negocio en
Marcha (NHNM), deberán enviar el informe correspondiente a la taxonomía
04 "Entidades que no cumplen HNM - Liquidación", punto de entrada 10
Inventario de Patrimonio Liquidable y Transición, diligenciado en PESOS.
Para habilitar la plataforma de envío, es necesario que previamente
soliciten
autorización
del
punto
de
entrada,
al
correo
Efinancieros@supersociedades.qov.co en el que se indiquen la situación el
NIT, el nombre de la sociedad, el tipo de informe que desea transmitir y el
cargo de quien solicita la autorización.
2.
Documentos adicionales
La información requerida en esta Circular sólo se entenderá recibida en la medida
en que, además de la presentación de la información financiera, se alleguen los
documentos relacionados a continuación:
a) Certificación de los estados financieros, suscrita por el representante legal o
el liquidador, el contador y el revisor fiscal, si lo hubiere;
b) Notas explicativas a los estados financieros
Los documentos adicionales deben enviarse escaneados del original en formato
.pdf, a través de los módulos Sirfin o Storm de la sección "Documentos
adicionales" en el portal web de la Superintendencia de Sociedades:
www.supersociedades.qov.co, una vez se cuente con el número de radicación que
suministra el sistema en el envío del archivo con extensión .XBRL o .STR según
corresponda.
Cada documento deberá presentarse en un archivo por con extensión.pdf, al cual
debe asignársele el nombre que corresponda en una sola palabra por ejemplo
"Certificación, o Notas". El tamaño de cada archivo no debe exceder de 2 MB. Una
vez enviados en forma correcta, el sistema generará un número de radicado a
cada archivo remitido, con lo que se entenderá cumplido el requisito de
presentación de información en forma completa.
Para escanear los documentos adicionales, deberá habilitar en la configuración de
su escáner la resolución de 90 ppp (puntos por pulgada). Esto permitirá que los
documentos sean escaneados en baja resolución de manera que el tamaño del
archivo final no exceda de 2 MB. Debido a que no es necesario que las notas
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t~.;;bz.¡amos ~on inte-gri1t;.d por u,, ?.aís
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CIRCULAR EXTERNA
SUPERINTENOENCIA.
t>ESOCll!OA-PES
Solicitud estados financieros fin de ejercicio
Entidades vigi.ladas o controladas en liquidación voluntaria
explicativas estén firmadas, puede seleccionarse la opción de guardar como
archivo tipo.pdf desde archivos Word o Excel.
3.
Plazo:
Deberá presentarse a más tardar el 30 de mayo de cada año. El plazo señalado
para el envío de la información es improrrogable.
4.
Debido Proceso Especial
La Superintendencia de Sociedades solicita los estados financieros de fin de
ejercicio, certificados y dictaminados (si hubiere revisor fiscal), con sus
documentos adicionales, en el plazoya señalado.
El incumplimiento de lo dispuesto en la presente Circular podrá dar lugar, previa
formulación de pliego de cargos y luego de concederse la oportunidad para el
ejercicio del derecho de defensa, a las sanciones de ley de conformidad con lo
previsto en el numeral 3 del artículo 86 de la Ley 222 de 1995,
independientemente de la calidad de vigilada o controlada de la entidad
empresarial.
5.
Registro y presentación de información en SIRFIN y Storm
En
la
secc1on
"Presentación
Informes
Empresariales"
del
portal
www.supersociedades.gov.co, los usuarios podrán encontrar la información
necesaria para la presentación de los informes en XBRL o Storm y en particular,
sobre la forma en que han de cumplirse los siguientes trámites:
•
•
•
•
•
•
•
•
•
Efectuar el registro de las entidades empresariales.
Crear, cambiar o generar una nueva contraseña.
Descargar software y los manuales de diligenciamiento.
Enviar los archivos con extensión XBRL y .STR.
Enviar los documentos adicionales escaneados en archivo .pdf.
Consultar el estado de envío.
Descargar archivos de años anteriores.
Consultar respuestas a posibles errores de envío.
Participar en capacitaciones virtuales.
Tan pronto como se envíe el archivo con extensión XBRL o .STR según
corresponda a través del portal web, el sistema le suministrará un número de
radicación. Con este número deberán cargarse los documentos adicionales con
archivos en formato .pdf, a través de la sección "Documentos adicionales" del
referido portal. Para todos los efectos, el número de radicación será la única
prueba de cumplimiento de la orden impartida.
6.
Generalidades
6.1 Sobre el programa XBRL Express
Una vez instalado el programa XBRL Express, el usuario encontrará los informes
requeridos por la Superintendencia de Sociedades en lenguaje XBRL. Para
diligenciar varios informes, basta con una sola instalación del sistema.
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CIRCULAR EXTERNA
Solicitud estados financieros fin de ejercicio
Entidades vigiladas o controladas en liquidación voluntaria
SUPERCNTEN'DENCIA.
DE SOCIEDADES
Las licencias del sistema están disponibles sólo para las entidades empresariales
objeto de este requerimiento; si la entidad empresarial ya cuenta con el referido
sistema, no será necesario descargarlo o instalarlo nuevamente, solo deberán
realizar la renovación de la licencia de uso del aplicativo XBRL Express.
El sistema sólo recibe archivos con extensión .XBRL. Estos archivos generados
mediante XBRL Express, se almacenan por defecto en la carpeta: Mis
Documentos \ Mis archivos XBRL
6.2 Sobre el programa Storm User
La ubicación de los archivos generados por el sistema con extensión .str
generados desde el Storm User, se almacenan en una carpeta del disco local c:\
según la versión del sistema operativo la cual recomendamos no modificar.
No podrán hacerse modificaciones al programa obtenido vía internet o por
cualquier medio, ni podrá alterarse su estructura o forma de diligenciamiento, so
pena de las sanciones a que haya lugar.
Para prestar un mejor servicio a los usuarios, la Superintendencia de Sociedades
ofrece capacitaciones virtuales y cartillas sobre la descarga, instalación,
diligenciamiento y envío de la información, en las que se explican paso por paso
cada procedimiento.
Las entidades empresariales objeto de este requerimiento ya cuentan con la
autorización previa para el envío del archivo XBRL o .Str. En el evento de
presentar inconvenientes con la autorización, se deberá enviar un correo a
efinancieros@supersociedades.qov.co en el que se informe la situación, para lo
cual se deberá suministrar el NIT, el nombre de la sociedad, el tipo de informe que
desea transmitir y el cargo de quien solicita la autorización.
7.
Sobre el reporte de información
La Superintendencia solicita estados financieros certificados y dictaminados con el
alcance previsto en los artículos 37 y 38 de la Ley 222 de 1995, así como en el
literal I párrafos 74, 75 y 76 del anexo 5 del Decreto 2101 de 2016. Por este
motivo, en ningún caso admite estados financieros de prueba, preliminares o en
proceso de auditoría.
Los documentos solicitados en la presente circular se entenderán válidamente
presentados por medio electrónico, en archivos en formato .pdf, en los términos
del artículo 5° de la Ley 527 de 1999, según el cual, a la información no se le
negarán efectos jurídicos, validez o fuerza obligatoria, por la sola razón de que
esté en forma de mensaje de datos.
Con relación al envío de la información por vía electrónica, es pertinente advertir
que, conforme al artículo 289 del Código Penal y en concordancia con el artículo
474 del mismo estatuto, quien falsifique documento privado que puedan servir de
prueba, incurrirá si los usa, en prisión de dieciséis (16) a ciento ocho (180) meses.
La atención al público para la radicación de documentos personalmente y
consultas sobre el diligenciamiento de los formularios, se cumplirá de lunes a
viernes en jornada continua, de 8:00 a.m. a 5:00 p.m.
Er, la S•J¡:ieri,it,~r.dencío de Soci~da.des
tr.;;t,;;j;;mos con ;nt,;-gr\c!;;d por 1M ?~ís
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CIRCULAR EXTERNA
SUPERtNTEN:OENC!A
DE SOCIEDADES
Solicitud estados financieros fin de ejercicio
Entidades vigiladas o controladas en liquidación voluntaria
Los medios electrónicos estarán disponibles 24 horas al día en el portal
www.supersociedades.gov.co.
Los siguientes mecanismos adicionales de soporte estarán también disponibles
para todas las entidades empresariales en horario hábil:
•
•
Correo electrónico : efinancieros@supersociedades.gov.co
Atención telefónica en los siguientes números:
•
•
•
•
•
•
•
Bogotá: 3245777-2201000 Ext. 7177
Barranquilla: 3858069 - 3858094 -3858076 Y 3858173
Bucaramanga: 6381544-6781541 - 6781533
Cartagena: 6646051- 6642429 - 6646052
Cali: 6880404
Medellín: 3506000 - 3506001 - 3506002 - 3506003
Manizales: 8847393 - 884781 O - 8847987
NISSE ZAPATA (E)
nte de Sociedades
NIT.
Cód. Tram:
Cód. Dep:
Cod Fun:
No. Folios:
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