Micelio

decreto 1573 de 2024

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El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de las atribuciones constitucionales y legales, y en particular las conferidas en la Ley 15 de 1959 y la Ley 4ª de 1992

Artículo 1Auxilio De Transporte Para 2025

°. Auxilio de Transporte para 2025 . Fijar a partir del primero (1°) de enero de dos mil veinticinco (2025), el auxilio de transporte a que tienen derecho los servidores públicos y los trabajadores particulares que devengan hasta dos (2) veces el Salario Mínimo Legal Mensual Vigente, en la suma de doscientos mil ($200.000) pesos, que se pagará por los empleadores en todos los lugares del país donde se preste el servicio público de transporte.

Artículo 2Vigencia

°. Vigencia . El presente decreto rige a partir del primero (1°) de enero de dos mil veinticinco (2025) y deroga el Decreto número 2293 de 2023 y todas las demás que sean contrarias

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las atribuciones constitucionales y legales, y en particular las conferidas en la Ley 15 de 1959 y la Ley 4ª de 1992
El Ministro (e) de Hacienda y Crédito Público
La Ministra del Trabajo
La Ministra de Transporte