Micelio

decreto 1300 de 1901

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Artículo 1

Art. 1.° Apruébase el Decreto número 38, de 8 de Febrero de1 presente año, dictado por el Jefe Civil y Militar del departamento del Cauca, por el cual se aumentan en cincuenta pesos ($ 50) mensuales los sueldos del Administración, el controlador y el cajero de la Administración de Hacienda nacional del mismo Departamento.

Artículo 2

Art. 2.° Dicho aumento cesará desde el día en que empezó a regir el Decreto de carácter legislativo número 945, de 31 e Julio último, "sobre aumento de sueldos a los empleados civiles" ( Diario Oficial número 11,535), reformado luégo con el marcado con el número 1,072, de Septiembre próximo pasado ( Diario Oficial número 11,555). Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno
El Ministro de Hacienda, encargado del Despacho de Relaciones exteriores
El Ministro de Guerra
El Ministro de Instrucción pública
El Ministro del Tesoro