en ejercicio de sus facultades constitucionales, legales y reglamentarias, en particular las conferidas por el artículo 314 de la Constitución Política, 2° y 32 de la Ley 1617 de 2013, y CONSIDERANDO: Que mediante Decreto número 295 de 16 de febrero de 2018, por el cual se convoca elecciones para elegir Alcalde del Distrito Especial, Turístico y Cultural de Cartagena de Indias, se dispuso en su artículo 1° “[c]onvocar a elecciones para elegir alcalde del Distrito Especial, Turístico y Cultural de Cartagena de Indias (Bolívar
Considerando · 2 motivos
Que mediante Decreto número 295 de 16 de febrero de 2018, por el cual se convoca elecciones para elegir Alcalde del Distrito Especial, Turístico y Cultural de Cartagena de Indias, se dispuso en su artículo 1° “[c]onvocar a elecciones para elegir alcalde del Distrito Especial, Turístico y Cultural de Cartagena de Indias (Bolívar) para el día 15 de abril de 2018, en los términos del artículo 30 de la Ley Estatutaria 1475 de 2011, de conformidad con lo señalado en la parte motiva del presente decreto”.
Que mediante comunicación radicada en el Ministerio del Interior bajo el EXTMI18-7672 de 28 de febrero de 2018, el Registrador Delegado en lo Electoral de la Registraduría Nacional del Estado Civil, solicitó considerar la modificación de la fecha y convocar la elección atípica para elegir alcalde del Distrito Especial, Turístico y Cultural de Cartagena de Indias (Bolívar) para el seis (6) de mayo de 2018.
Artículo 1Modificación
°. Modificación . Modificar el artículo 1° del Decreto número 295 de 2018, el cual quedará así: “ Artículo 1°. Convocatoria a elecciones. Convocar a elecciones para elegir Alcalde del Distrito Especial, Turístico y Cultural de Cartagena de Indias (Bolívar), para el día seis (6) de mayo de dos mil dieciocho (2018), en los términos del artículo 30 de la Ley Estatutaria 1475 de 2011, de conformidad con lo señalado en la parte motiva del presente decreto”.
Artículo 2Vigencia
°. Vigencia . El presente decreto rige a partir de su publicación.