DecretoCompilado
Decreto 1405 de 2017
por el cual se adiciona un capítulo al Decreto número 1833 de 2016 en relación con las reglas para la asunción de la función pensional de la liquidada Promotora de Vacaciones y Recreación Social (Prosocial) por parte de la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social (UGPP) y el pago a través del Fondo de Pensiones Públicas del Nivel Nacional (Fopep).
2artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Adiciónese El Capítulo 41 Al Título 10 De La Parte 2 Del Libro 2 Del Decreto Número 1833 De 2016, Que Compila Las Normas Del Sistema General De Pensiones, El Cual Quedará Así: “capítulo 41 Asunción De La Función Pensional De Promotora De Vacaciones Y Recreación Social (Prosocial) Artículo 22El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación Y Adiciona El Capítulo 41 Al Título 10 De La Parte 2 Del Libro 2 Del Decreto Número 1833 De 2016, Que Compila Las Normas Del Sistema General De Pensiones
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Juan Manuel Santos CalderónEl Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas en los artículos 189, numerales 11 y 17 de la Constitución Política y en desarrollo de los artículos 156, literal i) de la Ley 1151 de 2007 y 1° y 2° del Decretoley 169 de 2008
- Mauricio Cárdenas SantamaríaEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Alejandro Gaviria UribeEl Ministro de Salud y Protección Social
- Griselda Janeth Restrepo GallegoLa Ministra del Trabajo
- Liliana Caballero DuránLa Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública