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decreto 2073 de 2023

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El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y CONSIDERANDO: Que el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República modificó la nomenclatura de los empleos del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República. Que es necesario modificar la planta de personal del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República con el fin de armonizarla con la

Considerando · 5 motivos

Que el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República modificó la nomenclatura de los empleos del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República.

Que es necesario modificar la planta de personal del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República con el fin de armonizarla con las disposiciones reguladas en el régimen de nomenclatura y de salarios previsto para sus empleados públicos.

Que conforme al Decreto 780 de 2005 “por el cual se establece El Sistema Específico de Carrera para los Empleados del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República” prescribe en su artículo 6° que los empleos son de carrera; no obstante, en la entidad existirán empleos de libre nombramiento y remoción, que corresponderán a los cargos de cualquier nivel jerárquico que presten sus servicios a los despachos a que hace referencia el numeral 6.1.

Que el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública, la justificación técnica de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 228 del Decreto Ley 019 de 2012, y los artículos 2.2.12.1., 2.2.12.2 y 2.2.12.3 del Decreto 1083 de 2015, para efectos de modificar su planta de personal, encontrándola ajustada técnicamente, emitiendo, en consecuencia, concepto previo favorable.

Que para los fines de este decreto, se cuenta con el concepto de viabilidad de la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

Artículo 1Supresión De Empleos

°. Supresión de empleos . Suprimir de la planta de personal del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, el siguiente empleo de libre nombramiento y remoción: DESPACHO DEL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO GENERAL/SECRETARÍA No. de cargos Denominación del empleo Código Grado Uno (1) Alto Comisionado 1170 --

Artículo 2Creación De Empleos

°. Creación de empleos . Crear en la planta de personal del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, el siguiente empleo de libre nombramiento y remoción: DESPACHO DEL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO GENERAL / SECRETARÍA No. de cargos Denominación del empleo Código Grado Uno (1) Consejero Comisionado de Paz 1171 --

Artículo 3Vigencias

°. Vigencias . El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el Decreto 2649 de 2022 Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública