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decreto 1808 de 2023

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El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y CONSIDERANDO: Que el artículo 125 de la Constitución Política, establece que los empleos en los órganos y entidades del Estado son de carrera, salvo las excepciones allí previstas y que el ingreso a los cargos de carrera y el ascenso en los mismos, se harán previo cumplimiento de los requisitos y condiciones que fije la ley para determin

Considerando · 8 motivos

Que el artículo 125 de la Constitución Política, establece que los empleos en los órganos y entidades del Estado son de carrera, salvo las excepciones allí previstas y que el ingreso a los cargos de carrera y el ascenso en los mismos, se harán previo cumplimiento de los requisitos y condiciones que fije la ley para determinar los méritos y las calidades de los aspirantes.

Que mediante Acuerdo número 235 del 06 de mayo de 2020, modificado por el Acuerdo 338 del 21 de noviembre de 2020, la Comisión Nacional del Servicio Civil convocó y estableció las reglas del proceso de selección para proveer de manera definitiva a través de concurso de méritos los empleos pertenecientes al Sistema General de Carrera Administrativa de la planta de personal del Ministerio de Relaciones Exteriores, convocatoria denominada “Nación 3- Proceso de Selección número 1418 de 2020”.

Que con el fin de dar cumplimiento a la lista de elegibles expedida por la Comisión Nacional del Servicio Civil a través de la Resolución 19039 del 2 de diciembre de 2022, “por la cual se conforma y adopta la Lista de Elegibles para proveer nueve (9) vacantes definitivas del empleo denominado Conductor Mecánico, Código 4103, Grado 11, identificado con el Código OPEC número 146642, modalidad abierto del Sistema General de Carrera Administrativa de la planta de personal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Proceso de Selección número 1418 de 2020 - Nación 3”, se requiere modificar la planta de personal del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Que en la planta de personal del Ministerio de Relaciones Exteriores solo se cuenta con siete (7) empleos de Conductor Mecánico, Código 4103, Grado 11, en consecuencia, se requiere modificar la planta de personal del Ministerio de Relaciones Exteriores, creando dos (2) empleos de Conductor Mecánico, Código 4103, Grado 11, necesarios para el cumplimiento de lo establecido en la Resolución 19039 del 2 de diciembre de 2022 de la Comisión Nacional del Servicio Civil.

Que de conformidad con lo establecido en el Decreto número 444 de 2023, por el cual se establece el Plan de Austeridad del Gasto 2023, para los órganos que hacen parte del Presupuesto General de la Nación, se modifica la planta de personal del Ministerio de Relaciones Exteriores a costo cero, suprimiendo un (1) empleo denominado Auxiliar Administrativo, Código 4044, Grado 15 y un (1) empleo denominado Auxiliar Administrativo, Código 4044, Grado 13 que se encuentran vacantes y sin proveer en la planta de personal; creando dos (2) empleos denominados Conductor Mecánico, Código 4103, Grado 11, en la planta de personal.

Que el Ministerio de Relaciones Exteriores presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública, el estudio técnico de fortalecimiento institucional de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 228 del Decreto Ley número 019 de 2012, y los artículos 2.2.12.1, 2.2.12.2 y 2.2.12.3 del Decreto número 1083 de 2015; Reglamentario Único del Sector de la Función Pública, el cual, emitió concepto técnico favorable.

Que la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, emitió concepto favorable respecto a la viabilidad presupuestal para la modificación de la planta de personal del Ministerio.

Que el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, emitió concepto previo favorable para la modificación de la planta de personal del Ministerio, de conformidad con lo establecido en el artículo 2° del Decreto número 444 de 2023. Que, en mérito de lo expuesto;

Artículo 1Supresión De Empleos

°. Supresión de empleos . Suprimir de la planta de personal del Ministerio de Relaciones Exteriores, los siguientes empleos: NÚMERO DE EMPLEOS DEPENDENCIA Y DENOMINACIÓN DEL EMPLEO CÓDIGO GRADO PLANTA GLOBAL Uno (1) Auxiliar Administrativo 4044 15 Uno (1) Auxiliar Administrativo 4044 13

Artículo 2Creación De Empleos

°. Creación de empleos . Crear en la planta de personal del Ministerio de Relaciones Exteriores, los siguientes empleos: NÚMERO DE EMPLEOS DEPENDENCIA Y DENOMINACIÓN DEL EMPLEO CÓDIGO GRADO PLANTA GLOBAL Dos (2) Conductor Mecánico 4103 11

Artículo 3Distribución De Empleos

°. Distribución de empleos . El Ministro de Relaciones Exteriores, distribuirá mediante acto administrativo los empleos de la planta global a que se refiere el artículo 2° del presente decreto, y los asignará teniendo en cuenta la organización interna, las necesidades del servicio, los planes, los proyectos y los programas del Ministerio.

Artículo 4Provisión De Los Empleos

°. Provisión de los empleos . El Ministro de Relaciones Exteriores, proveerá los empleos creados en el presente Decreto de conformidad con la lista de elegibles conformada y adoptada mediante Resolución 19039 de 2022 de la Comisión Nacional del Servicio Civil del Proceso de Selección número 1418 de 2020 - Nación 3.

Artículo 5Vigencia

°. Vigencia . El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el Decreto número 3358 de 2009 y las demás disposiciones que le sean contrarias.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Relaciones Exteriores
El Ministro de Hacienda y Crédito Público