en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 45 de la Ley 1437 de 2011, y CONSIDERANDO: Que por iniciativa del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio se expidió el Decreto número 1401 de 2023: “Por el cual se modifica parcialmente el Reglamento Colombiano de Construcción Sismo Resistente NSR-10”. Que, dentro del procedimiento de adopción del Decreto, el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio public
Considerando · 3 motivos
Que por iniciativa del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio se expidió el Decreto número 1401 de 2023: “Por el cual se modifica parcialmente el Reglamento Colombiano de Construcción Sismo Resistente NSR-10”. Que, dentro del procedimiento de adopción del Decreto, el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio publicó una primera versión del proyecto normativo desde el 28 de abril hasta el 12 de mayo de 2023 en la página web de la entidad, el cual incluía el anexo técnico denominado: “Evaluación y Reducción de la Vulnerabilidad Sísmica en Viviendas de Mampostería”, desarrollado por el Comité AIS 400 de la Asociación de Ingeniería Sísmica, y aprobado por unanimidad por los miembros de la Comisión Asesora Permanente para el Régimen de Construcciones Sismo Resistentes en su reunión número 186 del 31 de marzo de 2023. Que, posterior a la publicación, se identificó que el anexo técnico presentaba una imprecisión en las ecuaciones 7.8-2 y 7.8-3 de la Norma AIS 410 - “Evaluación y Reducción de la Vulnerabilidad Sísmica en Viviendas de Mampostería”. Que, con fundamento en lo anterior, se realizó nuevamente la publicación del proyecto normativo, desde el 21 de junio hasta el 6 de julio del año en curso, en la página web del mismo Ministerio, incluyendo un nuevo anexo técnico, en el que se encontraba corregida la imprecisión en las ecuaciones 7.8-2 y 7.8-3 de la Norma AIS 410 - “Evaluación y Reducción de la Vulnerabilidad Sísmica en Viviendas de Mampostería”. Que, una vez expedido el Decreto número 1401 de 2023, se evidenció que, por un error involuntario, se anexó el documento técnico incorporado en el primer borrador del proyecto de decreto, a pesar de que el anexo fue corregido y debidamente publicado en la página web del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio.
Que el artículo 45 de la Ley 1437 de 2011, dispone que: “En cualquier tiempo, de oficio o a petición de parte, se podrán corregir los errores simplemente formales contenidos en los actos administrativos, ya sean aritméticos, de digitación, de transcripción o de omisión de palabras. En ningún caso la corrección dará lugar a cambios en el sentido material de la decisión, ni revivirá los términos legales para demandar el acto. Realizada la corrección, esta deberá ser notificada o comunicada a todos los interesados, según corresponda”.
Que la corrección del acto administrativo citado cumple con las características citadas en el artículo 45 de la Ley 1437 de 2011, y no genera modificaciones en el sentido material del Decreto número 1401 de 2023.
Artículo 1Corrección De Error Formal
Corrección de error formal. Corríjase el yerro contenido en el Decreto número 1401 de 2023, con el fin de adoptar el anexo técnico que fue publicado en la página web del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio.
Artículo 2Integralidad
°. Integralidad . El presente decreto y el anexo técnico deberán entenderse incorporados al Decreto número 1401 de 2023: “por el cual se modifica parcialmente el Reglamento Colombiano de Construcción Sismo Resistente NSR-10”.
Artículo 3Vigencia
°. Vigencia . El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.