DecretoDerogado
Decreto 3230 de 1962
Por el cual se determina el personal de planta del Ministerio de Comunicaciones
3artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Artículo 12La Planta De Personal Que Se Determina En El Presente Decreto, Podrá Ser Reajustada De Acuerdo Con Los Estudios Que Se Realicen Con La Secretaria De Organización E Inspección De La Administración Publica Y El Departamento Administrativo Del Servicio Civil3El Presente Decreto Rige A Partir Del 1° De Enero De 1903
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Guillermo Leon ValenciaEl Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales, y en desarrollo de los Decretos .números. 550 1678 y 1035 de 1960, y del 3229 de 1962
- Carlos Sanz De SantamaríaEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Alfredo Araujo GranEl Ministro de Comunicaciones
- German París AyeEl Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil