En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en particular las conferidas en el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998 y CONSIDERANDO: Que el artículo 12 de la Ley 1952 de 2019, “Por medio de la cual se expide el Código General Disciplinario se derogan la Ley 734 de 2002 y algunas disposiciones de la Ley 1474 de 2011, relacionadas con el derecho disciplinario”, establece que “Toda entidad u organismo del Estado, con excepción de las competencias de la Com
Considerando · 4 motivos
Que el artículo 12 de la Ley 1952 de 2019, “Por medio de la cual se expide el Código General Disciplinario se derogan la Ley 734 de 2002 y algunas disposiciones de la Ley 1474 de 2011, relacionadas con el derecho disciplinario”, establece que “Toda entidad u organismo del Estado, con excepción de las competencias de la Comisión Nacional de Disciplina Judicial y las Comisiones Seccionales de Disciplina Judicial, debe organizar una unidad u oficina del más alto nivel encargada de conocer los procesos disciplinarios que se adelanten contra sus servidores”.
Que con el propósito de dar cumplimiento a lo previsto en la Ley 1952 de 2019, y separar las etapas de instrucción y juzgamiento se requiere modificar la planta de personal del Ministerio de Justicia y del Derecho.
Que el Ministerio de Justicia y del Derecho, presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública, el correspondiente estudio técnico de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004 modificado por el artículo 228 del Decreto Ley 019 de 2012 y los artículos 2.2.12.1 al 2.2.12.3 del Decreto número 1083 del 2015 para efectos de modificar su planta de personal, el cual emitió concepto favorable.
Que en cumplimiento de lo establecido en el artículo 2° del Decreto número 444 de 2023, el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, emitió concepto favorable a la presente modificación de la estructura del Ministerio de Justicia y del Derecho. Que, para los fines de este Decreto, la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público otorgó viabilidad presupuestal. Que, en mérito de lo expuesto;
Artículo 1Supresión
°. Supresión . Suprimir de la planta de personal del Ministerio de Justicia y del Derecho el siguiente cargo: No. de cargos Denominación del cargo Código Grado PLANTA GLOBAL 1 (uno) Profesional Especializado 2028 22
Artículo 2Creación
°. Creación . Crear en la planta de personal del Ministerio de Justicia y del Derecho, el siguiente cargo: No. de cargos Denominación del cargo Código Grado PLANTA GLOBAL 1 (uno) Jefe de oficina 0137 16
Artículo 3Distribución
°. Distribución . El Ministro de Justicia y del Derecho distribuirá el cargo a que se refiere el artículo 2° del presente decreto, mediante acto administrativo, y ubicará el empleo teniendo en cuenta la organización interna, las necesidades del servicio y los planes y programas de la entidad.
Artículo 4Vigencia
°. Vigencia . El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición y modifica en lo pertinente el Decreto número 2898 de 2011.