en ejercicio de sus facultades constitucionales
Artículo 1
Artículo primero . Suprímense los siguientes cargos en a planta de personal de la Dirección General, de Aduanas: Nº de cargos Denominación del empleo Código Grado Dirección General de Aduanas Subdirección de Resguardo 2 Jefe de División 2040 09 2 Jefe de Sección 2075 05 4 Capitán de Aduanas 3043 09 1 Asistente Administrativo 4140 12 1 Teniente de Aduanas 5055 19 88 Guarda de Aduanas 5160 11 3 Visitador 5100 12 1 Operario Calificado 6000 09 54 Operario Calificado 6000 08 3 Operario Calificado 6000 05 6 Operario 6030 05 4 Enfermero Auxiliar 6045 07 Dirección General de Aduanas Subdirección de Resguardo
Artículo 2
Artículo segundo . Créanse los siguientes cargos en la planta de personal de la Dirección General de Aduanas: 2 Capitán de Aduanas 3040 10 3 Comandante de Guardacostas 3045 09 9 Teniente de Aduanas 5055 20 5 Sargento de Aduanas 5075 18 37 Cabo de Aduanas 5135 15 72 Cabo de Aduanas 5135 12 1 Auxiliar Administrativo 5120 11 2 Auxiliar Administrativo 5120 07 1 Ecónomo 5150 07
Artículo 3
Artículo tercero . El presente Decreto deroga el Decreto 3000 octubre 29 de 1981 y demás disposiciones que le sean contrarias.
Artículo 4
Artículo cuarto . Este Decreto rige a partir de la fecha de su expedición, Comuníque se ,