Micelio

decreto 3172 de 2002

3 artículos · lectura continua

El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de las facultades que le otorgan el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y CONSIDERANDO: Que la Superintendencia Bancaria presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública la justificación técnica de que tratan los artículos 41 de la Ley 443 de 1998 y 148 y 155 del Decreto 1572 de 1998, modificado por el Decreto 2504 de 1998, y cuenta con el concepto previo expedido por la Dirección General del Presupuesto Nacional del Ministerio de Hacienda

Considerando · 1 motivo

Que la Superintendencia Bancaria presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública la justificación técnica de que tratan los artículos 41 de la Ley 443 de 1998 y 148 y 155 del Decreto 1572 de 1998, modificado por el Decreto 2504 de 1998, y cuenta con el concepto previo expedido por la Dirección General del Presupuesto Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, para efectos de modificar su planta de personal;

Artículo 1Suprímense De La Planta De Personal De La Superintendencia Bancaria, Los Siguientes Cargos: Despacho Del Superintendente Bancario Número Cargos Denominación Código Grado 1 (Uno) Asistente Administrativo 4140 16 Planta Global 2 (Dos) Asesor 1020 15

°. Suprímense de la Planta de Personal de la Superintendencia Bancaria, los siguientes cargos: Despacho del Superintendente Bancario Número cargos Denominación Código Grado 1 (Uno) Asistente Administrativo 4140 16 Planta Global 2 (Dos) Asesor 1020 15

Artículo 2Créanse En La Planta De Personal De La Superintendencia Bancaria, Los Siguientes Cargos: Número Cargos Denominación Código Grado Despacho Del Superintendente Bancario 1 (Uno) Asesor 1020 17 1 (Uno) Asesor 1020 06 1 (Uno) Profesional Universitario 3020 13

°. Créanse en la Planta de Personal de la Superintendencia Bancaria, los siguientes cargos: Número cargos Denominación Código Grado Despacho del Superintendente Bancario 1 (Uno) Asesor 1020 17 1 (Uno) Asesor 1020 06 1 (Uno) Profesional Universitario 3020 13

Artículo 3

º . El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica los Decretos 2708 de 1999, 2528 de 2000 y 1578 de 2002.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le otorgan el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública