Micelio

decreto 3090 de 1950

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales y, especialmente, de las que le confiere el artículo 45 del Decreto legislativo 289 de 1950

Artículo 1

Articula primero. Cambiase la denominación de Químico. Ensayador por la de Quimico Tercero, en la nómina del personal del Laboratorio Quimico Nacional.

Artículo 2

Artículo segundo. Suprímense en la misma dependencia dos cargos de Químicos Ayudantes Segundos, con una asignación mensual de $ 300.00 cada uno, y créase en su lugar un cargo de Químico Tercero con una asignación de $ 600.00 mensuales.

Artículo 3

Artículo tercero. Suprímese en el mismo Laboratorio Químico Nacional el cargo de Ayudante de Almacén, que se ha venido pagando a jornal con una remuneración mensual de $ 180.00, y aumentase de $ 140.00 a $ 250.00 mensuales la asignación del Ayudante del Almacenista de dicha dependencia.

Artículo 4

Artículo cuarto. Este Decreto rige desde su fecha. Comuníquese y publíquese

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Minas y Petróleos