Artículo 1Ampliación De La Planta De Personal De La Unidad Administrativa Especial Dirección De Impuestos Y Aduanas Nacionales (Dian)
°. Ampliación de la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) . A la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) que comprende los empleos de que tratan los artículos 2° y 3° del Decreto número 4051 de 2008, 1° del Decreto número 4953 de 2011, 1° del Decreto número 2393 de 2015, 1° del Decreto número 2394 de 2015, 3° del Decreto número 2153 de 2017, 1° del Decreto número 2184 de 2017 y 1° del Decreto número 1744 de 2020, se le crean con carácter permanente los siguientes empleos en el número, denominación, código y grado que se señala a continuación
Despacho Dirección General. Total, número de empleos Denominación Código Grado Fase Empleos por compromiso ingreso a la OCDE 2018 Empleos Plan de Choque 2023-2026 5 (cinco) Asesor IV 404 04 2 (dos) 3 (tres) 4 (cuatro) Inspector IV 308 08 2 (dos) 2 (dos) 2 (dos) Gestor II 302 02 1 (uno) 1 (uno) 1 (uno) Analista V 205 05 1 (uno) 2 (dos) Facilitador III 103 03 2 (dos)
Despachos Direcciones de Gestión y Dirección Operativa de Grandes Contribuyentes. Total, número de empleos Denominación Código Grado Fase Empleos por compromiso ingreso a la OCDE 2018 Empleos Plan de Choque 2023-2026 9 (nueve) Asesor III 403 3 4 (cuatro) 5 (cinco) 9 (nueve) Asesor II 402 2 4 (cuatro) 5 (cinco) 9 (nueve) Asesor I 401 1 4 (cuatro) 5 (cinco)
Planta Global. Total, número de empleos Denominación Código Fase Grado Empleos por compromiso ingreso a la OCDE 2018 Empleos Plan de Choque 2023- 2026 103 (ciento tres) Inspector IV 308 08 52 (cincuenta y dos) 51(cincuenta y uno) 159 (ciento cincuenta y nueve) Inspector III 307 07 45 (cuarenta y cinco) 114 (ciento catorce) 284 (doscientos ochenta y cuatro) Inspector II 306 06 77 (setenta y siete) 207 (doscientos siete) 153 (ciento cincuenta y tres) Inspector I 305 05 65 (sesenta y cinco) 88 (ochenta y ocho) 979 (novecientos setenta y nueve) Gestor IV 304 04 430 (cuatrocientos treinta) 549 (quinientos cuarenta y nueve) 2389 (dos mil trescientos ochenta y nueve) Gestor III 303 03 1420 (mil cuatrocientos veinte) 969 (novecietos sesenta y nueve) 2377 (dos mil trescientos setenta y siete) Gestor II 302 02 1690 (mil seiscientos noventa) 687 (seiscientos ochenta y siete) 1421 (mil cuatrocientos veintiún) Gestor I 301 01 1421 (mil cuatrocientos veintiún) 185 (ciento ochenta y cinco) Analista V 205 05 155 (ciento cincuenta y cinco) 30 (treinta) 230 (doscientos treinta) Analista IV 204 04 220 (doscientos veinte) 10 (diez) 430(cuatrocientos treinta) Analista III 203 03 315 (trescientos quince) 115 (ciento quince) 448 (cuatrocientos cuarenta y ocho) Analista II 202 02 340 (trescientos cuarenta) 108 (ciento ocho) 534 (quinientos treinta y cuatro) Analista I 201 01 508 (quinientos ocho) 26 (veintiséis) 70 (setenta) Facilitador IV 104 04 70 (setenta) 154 (ciento cincuenta y cuatro) Facilitador III 103 03 154 (ciento cincuenta y cuatro) 179 (ciento setenta y nueve) Facilitador II 102 02 179 (setenta y nueve) 71 (setenta y uno) Facilitador I 101 01 71 (setenta y uno)
Artículo 2Supresión
°. Supresión . Suprimir los empleos temporales creados en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), mediante el Decreto número 1968 de 2022, en número, denominación, código y grado que se señala a continuación: Número de empleos Denominación Código Grado 50 (cincuenta) Gestor IV 304 4 250 (doscientos cincuenta) Gestor III 303 3 300 (trescientos) Gestor II 302 2 400 (cuatrocientos) Gestor I 301 1
Artículo 3Distribución Y Provisión
°. Distribución y provisión . La provisión de los empleos se efectuará de conformidad con lo establecido en la ley y en el sistema específico de carrera de la DIAN, y la distribución se hará de conformidad con lo previsto en el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, el Director General de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), distribuirá y proveerá los empleos de la fase “Empleos por compromiso ingreso a la OCDE 2018” en el año 2023. Los empleos de la fase “Empleos para el Plan de Choque 2023-2026” se distribuirán y proveerán en el año 2024, sin exceder el monto de la disponibilidad presupuestal y en todo caso, en los años 2025 y 2026 se podrá efectuar la distribución y la provisión de los empleos que se crean en el artículo 1° del presente decreto, para lo cual se tendrá en cuenta la estructura, los planes, los programas, necesidades del servicio de la entidad, las disposiciones legales vigentes, y la disponibilidad presupuestal para la vigencia fiscal correspondiente.
Las metas de los Planes de Choque de Lucha contra la Evasión y el Contrabando para los años 2024, 2025 y 2026, tendrán en consideración la distribución y provisión de los empleos de la fase “Empleos para el Plan de Choque 2023-2026”.
Artículo 4Vigencia Y Derogatoria
°. Vigencia y derogatoria . El presente decreto rige a partir de su publicación, modifica en lo pertinente el Decreto número 4051 de 2008 modificado por los Decretos números 1974 de 2009, 4953 de 2011, 2393 y 2394 de 2015, 2153 de 2017, 2184 de 2017 y 1744 de 2020, y deroga el Decreto número 1968 de 2022.