en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política, y CONSIDERANDO: Que mediante sentencia de fecha 6 de junio de 2003, proferida por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca - Sección Segunda, Subsección "B", se ordenó al Instituto de Investigación e Información Geocientífica, Minero-Ambiental y Nuclear "Ingeominas", hoy Instituto Colombiano de Geología y Minería, Ingeominas, reintegrar a la señora Mabel Patricia Naranjo Lea
Considerando · 5 motivos
Que mediante sentencia de fecha 6 de junio de 2003, proferida por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca - Sección Segunda, Subsección "B", se ordenó al Instituto de Investigación e Información Geocientífica, Minero-Ambiental y Nuclear "Ingeominas", hoy Instituto Colombiano de Geología y Minería, Ingeominas, reintegrar a la señora Mabel Patricia Naranjo Leal, al mismo cargo que desempeñaba como empleado de carrera o a uno de igual o superior categoría y remuneración;
Que la señora Mabel Patricia Naranjo Leal desempeñaba el cargo de Técnico Operativo, código 4080, grado 07 al momento de su desvinculación;
Que en la planta de personal del Instituto Colombiano de Geología y Minería, Ingeominas, establecida mediante Decreto 253 de 2004, modificada por el Decreto 3578 de 2004, no existen cargos de carrera administrativa vacantes de Técnico Operativo, código 4080, grado 07;
Que es necesario dar cumplimiento al fallo proferido por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, para lo cual se requiere modificar la planta de personal;
Que el Consejo Directivo del Instituto Colombiano de Geología y Minería, Ingeominas, en sesión del 13 de abril de 2005, según Acta número 03, decidió someter a la aprobación del Gobierno Nacional la respectiva modificación de la planta de personal;
Artículo 1Suprímese De La Planta De Personal Del Instituto Colombiano De Geología Y Minería, Ingeominas, El Cargo Que Se Relaciona A Continuación: N° De Cargos Denominación Del Cargo Código Grado Planta Global 1 (Uno) Técnico Operativo 4080 09
º. Suprímese de la planta de personal del Instituto Colombiano de Geología y Minería, Ingeominas, el cargo que se relaciona a continuación: N° de cargos Denominación del cargo Código Grado PLANTA GLOBAL 1 (Uno) Técnico Operativo 4080 09
Artículo 2Créase En La Planta De Personal Del Instituto Colombiano De Geología Y Minería, Ingeominas, El Siguiente Cargo
º. Créase en la planta de personal del Instituto Colombiano de Geología y Minería, Ingeominas, el siguiente cargo. N° de cargos Denominación del cargo Código Grado PLANTA GLOBAL 1 (Uno) Técnico Operativo 4080 07
Artículo 3º
º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición y modifica en lo pertinente el Decreto 253 de 2004, modificado parcialmente por el Decreto 3578 de 2004.