Micelio

decreto 2919 de 1991

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El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de las facultades que le confiere el ordinal 14 del artículo 189, de la Constitución Política

Artículo 1Suprímense Los Siguientes Cargos De Carrera Tributaria De La Planta De Personal De La Unidad Administrativa Especial Dirección De Impuestos Nacionales

º Suprímense los siguientes cargos de Carrera Tributaria de la Planta de Personal de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos Nacionales. No. de cargos Denominación Nivel y Grado 28 Auxiliar 10 02 3 Auxiliar 10 04 1 Auxiliar 10 05 3 Auxiliar 10 07 2 Técnico Administrativo 20 02 1 Técnico Administrativo 20 03 3 Técnico Administrativo 20 05 12 Técnico Administrativo 20 06 11 Técnico Administrativo 20 07 1 Técnico Administrativo 20 08 3 Técnico Administrativo 20 11 2 Técnico Administrativo 20 12 1 Técnico Administrativo 20 14 1 Técnico Administrativo 20 19 8 Técnico Tributario 30 11 10 Técnico Tributario 30 12 3 Técnico Tributario 30 14 17 Técnico Tributario 30 16 2 Técnico Tributario 30 20 2 Técnico Tributario 30 22 1 Técnico Tributario 30 25 55 Profesional Tributario 40 17 213 Profesional Tributario 40 21 4 Profesional Tributario 40 26 2 Profesional Tributario 40 28 1 Profesional Tributario 40 32

Artículo 2º Créanse Los Siguientes Cargos De Carrera Tributaria En La Planta De Personal De La Unidad Administrativa Especial Dirección De Impuestos Nacionales: No

º Créanse los siguientes cargos de Carrera Tributaria en la Planta de Personal de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos Nacionales: No. de cargos Denominación Nivel y grado 100 Técnico Tributario 30 18 440 Profesional Tributario 40 24 100 Profesional Tributario 40 27 50 Profesional Tributario 40 31 59 Especialista Tributario 50 36 30 Especialista Tributaria 50 42

Artículo 3Los Nuevos Trescientos Ochenta Y Nueve (389) Cargos De Carrera Tributaria En Que Se Modifica La Planta De Personal De La Unidad Administrativa Especial Dirección De Impuestos Nacionales Sólo Podrán Proveerse A Partir Del Mes De Julio De 1992

º Los nuevos trescientos ochenta y nueve (389) cargos de Carrera Tributaria en que se modifica la Planta de Personal de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos Nacionales sólo podrán proveerse a partir del mes de julio de 1992.

Artículo 4Para Efectos Presupuestales El Valor De Los Cargos De La Planta De Personal De La Unidad Administrativa Especial, Dirección De Impuestos Nacionales, Es El Correspondiente Al Valor De La Planta De Carrera Tributarla La Provisión De Los Cargos De Libre Nombramiento Y Remoción Sólo Se Podrá Efectuar Cuando No Exceda El Valor De La Planta De Carrera Tributaria, Por Existir Cargos Vacantes En La Misma

º Para efectos presupuestales el valor de los cargos de la Planta de personal de la Unidad Administrativa Especial, Dirección de Impuestos Nacionales, es el correspondiente al valor de la Planta de Carrera Tributarla La provisión de los cargos de libre nombramiento y remoción sólo se podrá efectuar cuando no exceda el valor de la Planta de Carrera Tributaria, por existir cargos vacantes en la misma.

Artículo 5E Presente Decreto Modifica El Decreto 1961 De 1991 Y Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación

º E presente Decreto modifica el Decreto 1961 de 1991 y rige a partir de la fecha de su publicación.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el ordinal 14 del artículo 189, de la Constitución Política
El Viceministro de Hacienda y Crédito Público, encargado de las funciones del Ministro de Hacienda
El Jefe Departamento Administrativo del Servicio civil