en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 74 del Decreto-ley 1042 de 1978
Artículo 1Apruébase El Acuerdo Número 032 De Octubre 24 De 1997, Por El Cual Se Establece La Planta De Personal De Las Residencias Femeninas Del Ministerio De Educación Nacional, Cuyo Texto Es El Siguiente: "acuerdo Num La Junta Directiva De Las Residencias Femeninas Del Ministerio De Educación Nacional En Ejercicio De Las Facultades Legales Y Estatutarias En Especial Las Que Le Confiere El Artículo 10, Numeral 9 Del Decreto 562 De 1989, Acuerda: Artículo 1º
º. Apruébase el Acuerdo número 032 de octubre 24 de 1997, por el cual se establece la Planta de Personal de las Residencias Femeninas del Ministerio de Educación Nacional, cuyo texto es el siguiente: "ACUERDO NUM La Junta Directiva de las Residencias Femeninas del Ministerio de Educación Nacional en ejercicio de las facultades legales y estatutarias en especial las que le confiere el artículo 10, numeral 9 del Decreto 562 de 1989, ACUERDA: Artículo 1º. Las funciones propias de las distintas dependencias de las Residencias Femeninas, serán cumplidas por la Planta Global que a continuación se establece: PLANTA GLOBAL Cargos Denominación del Empleo Código Grado 1 Director de Centro 2105 10 1 Médico u odontólogo (M.T.) 3085 15 1 Capellán o pastor (M. T.) 3060 06 1 Profesional Universitario 3020 07 1 Técnico Administrativo 4065 13 1 Técnico Administrativo 4065 10 1 Técnico Administrativo 4065 06 2 Supervisor 5105 12 1 Supervisor 5105 10 1 Secretario 5140 13 1 Auxiliar Administrativo 5120 09 2 Auxiliar Administrativo 5120 06 2 Enfermero Auxiliar 5345 07 2 Auxiliar de Servicios Generales 5335 06 9 Auxiliar de Servicios Generales 5335 05 Artículo 2º. El Director, mediante acto administrativo, distribuirá los empleos de la planta global y ubicará el personal de conformidad con la estructura interna, la naturaleza de las funciones, los planes, programas y las necesidades del servicio. Artículo 3º. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición, deroga el Acuerdo número 4 de 1974 y demás disposiciones que le sean contrarias y para su validez requiere la aprobación del Gobierno Nacional. Comuníquese y cúmplase. Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a los veinticuatro (24) días del mes de octubre de mil novecientos noventa y siete (1997). El Presidente Junta Directiva, Residencias Femeninas del Ministerio de Educación Nacional, (Fdo.) Roberto Alfonso Hoyos Rozo La Secretaria Junta Directiva, Residencias Femeninas del Ministerio de Educación Nacional, Magdalena Arbeláez Jiménez.»
Artículo 2La Incorporación De Los Empleados A La Planta De Personal Se Efectuará Dentro De Los Quince (15) Días Siguientes A La Fecha De Publicación Del Presente Decreto De Conformidad Con Las Normas Vigentes Sobre La Materia
º. La incorporación de los empleados a la planta de personal se efectuará dentro de los quince (15) días siguientes a la fecha de publicación del presente decreto de conformidad con las normas vigentes sobre la materia.
Artículo 3El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación Y Deroga El Decreto 1176 De 1974 Y Las Demás Disposiciones Que Le Sean Contrarias
º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga el Decreto 1176 de 1974 y las demás disposiciones que le sean contrarias.