en ejercicio de las facultades constitucionales y legales
Artículo 1Apruebase El Acuerdo Número 012 De Febrero 2 De 1979, Emanado De La Junta De Directiva Del Fondo Rotatorio De Aduanas, Y Cuyo Texto Es El Siguiente: Acuerdo Numero 012 De 1979 (2 De Febrero) Por El Cual Se Modifica La Planta De Personal Del Fondo Rotatorio De Aduanas
º Apruebase el Acuerdo número 012 de febrero 2 de 1979, emanado de la Junta de Directiva del Fondo rotatorio de Aduanas, y cuyo texto es el siguiente: ACUERDO NUMERO 012 DE 1979 (2 de febrero) por el cual se modifica la planta de personal del Fondo Rotatorio de Aduanas. La Junta Directiva del Fondo Rotatorio de Aduanas, en uso de sus facultades legales, ACUERDA:
Artículo 1Suprimir De La Planta De Personal Del Fondo Rotatorio De Aduanas Los Siguientes Cargos: Número De Cargos: 3 Denominación Del Cargo: Sección Diseño - Dibujantes; Código: 4095; Grado: 06; Sueldo $ 8
º. Suprimir de la planta de personal del Fondo Rotatorio de Aduanas los siguientes cargos: Número de cargos: 3 denominación del cargo: Sección Diseño - Dibujantes; Código: 4095; Grado: 06; Sueldo $ 8.900.00. Número de cargos: 1: Denominación del cargo: Sección de Interventoría - Dibujante: Código 4095; Grado: 06; sueldo $ 8.9000.00.
Artículo 2Crear En La Planta De Personal Del Fondo Rotatorio De Aduanas Los Siguientes Cargos: Número De Cargos: 3 Denominación Del Cargo: Sección Diseño - Profesional Universitario; Código 3020; Grado 04 Sueldo $ 14
º. Crear en la planta de personal del Fondo Rotatorio de Aduanas los siguientes cargos: Número de cargos: 3 Denominación del cargo: Sección diseño - Profesional Universitario; código 3020; Grado 04 Sueldo $ 14.800.00
Artículo 3La Autoridad Nominadora Designará Al Personal Que Deba Ocupar Los Cargos Que Se Establecen Mediante El Presente Acuerdo
º. La autoridad nominadora designará al personal que deba ocupar los cargos que se establecen mediante el presente Acuerdo. Los empleados que estando al servicio del Fondo Rotatorio de Aduanas sean incorporados en los cargos creados, no se entenderán desvinculados del servicio para ningún efecto legal y sólo precisan para su posesión de la firma del acta correspondiente.
Artículo 2El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición
º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese y cúmplase.