en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 196 de la Constitución Política CONSIDERANDO: Que mediante Decreto 088 de 2017, se delegaron unas funciones constitucionales con ocasión del traslado del Presidente de la República a la Ciudad de Punta Cana (República Dominicana), quien asistiría el día 25 de enero de 2017 a la V Cumbre de Jefes de Estado y de Gobierno de la Comunidad de Estados Latinoamericanos y Caribeños (Celac). Que el Presidente de la República no podrá asistir al citado evento. Que por las cons
Considerando · 3 motivos
Que mediante Decreto 088 de 2017, se delegaron unas funciones constitucionales con ocasión del traslado del Presidente de la República a la Ciudad de Punta Cana (República Dominicana), quien asistiría el día 25 de enero de 2017 a la V Cumbre de Jefes de Estado y de Gobierno de la Comunidad de Estados Latinoamericanos y Caribeños (Celac).
Que el Presidente de la República no podrá asistir al citado evento.
Que por las consideraciones anteriores se hace necesario derogar el Decreto número 088 2017.
Artículo 1Derogar En Todas Sus Partes El Decreto 088 Del 23 Enero De 2017
°. Derogar en todas sus partes el Decreto 088 del 23 enero de 2017.
Artículo 2El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición
°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.