Artículo 1
Art. 1. Suprímense los cantones del Trapiche ¡ Caloto en la provincia de Popayan.
Artículo 2
Art. 2. Los distritos parroquiales del Trapiche, la Cruz i Mercaderes formarán parte del canton de Almaguer que se denominará “Canton Caldas,” i su cabecera será la ciudad de Almaguer.
Artículo 3
Art. 3. Los distritos parroquiales de Caloto, Celandia, Toribio i Tambaló harán parte del canton “Santander” ¡ su cabecera será la villa de Quilichao.
Artículo 4
Art. 4. Este decreto empezará a cumplirse el 1. de noviembre del presente año.
Firmas
El Presidente del Senado
El Presidente de la Cámara de Representantes
El Secretario del Senado
El Representante Secretario
El Secretario de Relaciones Esteriores
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República