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decreto 2188 de 2016

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El Presidente de la Republica de Colombia

en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el numeral 16 del artículo 189 de la Constitución Política, el artículo 54 de la Ley 489 de 1998, y CONSIDERANDO: Salud y Protección Social, disponiendo en el parágrafo transitorio del artículo 5° que la Dirección de Administración de Fondos de la Protección Social de esa Cartera Ministerial continuaría ejerciendo las funciones señaladas en el Decreto número 4107 de 2011 hasta el 31 de diciembre de 2016

Considerando · 1 motivo

Que en razón a que a la ADRES le fueron atribuidas funciones y actividades que vienen siendo desempeñadas por la Dirección de Administración de Fondos de la Protección Social del Ministerio de Salud y Protección Social es necesario hacer coincidentes las fechas en las que se trasladarán y asumirán las funciones por la nueva entidad; En mérito de lo expuesto;

Artículo 1Modificar El Parágrafo Transitorio Del Artículo 5° Del Decreto Número 1432 De 2016, El Cual Quedará Así: “ Parágrafo Transitorio

°. Modificar el

Parágrafo transitorio

del artículo 5° del Decreto número 1432 de 2016, el cual quedará así: “

Parágrafo transitorio

La Dirección de Administración de Fondos de la Protección Social del Ministerio de Salud y Protección Social continuará ejerciendo las funciones señaladas en el Decreto número 4107 de 2011 hasta el 31 de marzo de 2017”.

Artículo 2El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación

°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la Republica de Colombia en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el numeral 16 del artículo 189 de la Constitución Política, el artículo 54 de la Ley 489 de 1998, y
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Secretario General del Ministerio de Salud y Protección Social, encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Salud y Protección Social
La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública