en uso de sus facultades constitucionales y legales, y en particular, las previstas en el numeral 21 del artículo 189 de la Constitución Política, y CONSIDERANDO: Que a través del Decreto 4322 de 2005 se creó la Orden a la Acreditación Institucional de Alta Calidad de la Educación Superior “Francisco José de Caldas”, para enaltecer a las instituciones de educación superior. Que el artículo 3° del Decreto 4322 de 2005 establece que la Orden a la Acreditación Institucional de Alta Calidad de la Educación Superior “Franci
Considerando · 6 motivos
Que a través del Decreto 4322 de 2005 se creó la Orden a la Acreditación Institucional de Alta Calidad de la Educación Superior “Francisco José de Caldas”, para enaltecer a las instituciones de educación superior.
Que el artículo 3° del Decreto 4322 de 2005 establece que la Orden a la Acreditación Institucional de Alta Calidad de la Educación Superior “Francisco José de Caldas” será concedida mediante decreto del Gobierno nacional e impuesta por el Presidente de la República o su delegado.
Que de conformidad con el artículo 2.5.3.7.2 del Decreto 1075 de 2015 y el artículo 3° del Acuerdo 2 de 2020 del Consejo Nacional de Educación Superior (CESU), la Acreditación en Alta Calidad es el reconocimiento de la alta calidad que otorga el Ministerio de Educación Nacional a los programas académicos y a las instituciones que cumplen con los más altos criterios de calidad y que realizan sus propósitos y objetivos. Que, el artículo 3° del mencionado Acuerdo 2 de 2020 dispone que la acreditación en alta calidad promueve el fortalecimiento de una cultura de la alta calidad de los programas académicos y de las instituciones, que se soporta en los sistemas internos de aseguramiento de la calidad. La evaluación con fines de acreditación en alta calidad se realiza por la institución sobre sí misma y sus programas académicos, los pares académicos y el Consejo Nacional de Acreditación - CNA.
Que para el presente reconocimiento mediante la Orden a la Acreditación Institucional de Alta Calidad de la Educación Superior “Francisco José de Caldas”, se tuvo en cuenta las fechas de acreditación institucional que fueron otorgadas entre el primero (1°) de octubre de 2021 hasta el treinta (30) de septiembre de 2022.
Que las Instituciones de Educación Superior (IES), Universidad de Santander - UDES, Universidad Nacional Abierta y a Distancia UNAD, Fundación Universitaria - CEIPA, Universidad de los Llanos, Fundación Universitaria Konrad Lorenz, Universidad Autónoma Latinoamericana - UNAULA, Institución Universitaria de Envigado, Institución Universitaria Pascual Bravo, Corporación Universitaria Comfacauca - Unicomfacauca, Universidad Mariana, Universidad de Boyacá Uniboyacá, Universidad Francisco de Paula Santander, Politécnico Colombiano Jaime lsaza Cadavid, Universidad de Sucre, Conservatorio del Tolima y Fundación Universitaria los Libertadores, actualmente cuentan con Acreditación Institucional en Alta Calidad en virtud de las Resoluciones 23656 y 25081 de 2021, 679, 5310, 5311, 8607, 12511, 12512, 12513, 14045, 14044, 15176, 15158, 15153, 15157 y 15638 de 2022, respectivamente, expedidas por el Ministerio de Educación Nacional.
Que de conformidad con lo previsto en el artículo 5° del Decreto 4322 de 2005, el Gobierno nacional a través del Ministerio de Educación Nacional, considera importante estimular la calidad de la educación superior y exaltar con la “Orden a la Acreditación Institucional de Alta Calidad de la Educación Superior “Francisco José de Caldas” a las instituciones de educación superior establecidas en el considerando anterior, que en procesos voluntarios y por razón de sus altos niveles de calidad, han merecido ser acreditadas institucionalmente. En mérito de lo expuesto;
Artículo 1Otorgamiento De La Orden A La Acreditación Institucional De Alta Calidad De La Educación Superior “francisco José De Caldas ”
°. Otorgamiento de la Orden a la Acreditación Institucional de Alta Calidad de la Educación Superior “Francisco José de Caldas ”. Concédase la Orden a la Acreditación Institucional de Alta Calidad de la Educación Superior “Francisco José de Caldas” a las siguientes instituciones de educación superior, *que fueron acreditadas por parte del Ministerio de Educación Nacional entre el periodo comprendido entre el primero (1°) de octubre de 2021 hasta el treinta (30) de septiembre de 2022
Universidad de Santander - UDES
Universidad Nacional Abierta y a Distancia UNAD
Fundación Universitaria - CEIPA
Universidad de los Llanos
Fundación Universitaria Konrad Lorenz
Universidad Autónoma Latinoamericana - UNAULA
Institución Universitaria de Envigado
Institución Universitaria Pascual Bravo
Corporación Universitaria Comfacauca - Unicomfacauca
Universidad Mariana
Universidad de Boyacá Uniboyacá
Universidad Francisco de Paula Santander
Politécnico Colombiano Jaime Isaza Cadavid
Universidad de Sucre
Conservatorio del Tolima
Fundación Universitaria los Libertadores
La imposición de la Orden a la Acreditación Institucional de Alta Calidad de la Educación’ Superior “Francisco José de Caldas” se hará en ceremonia que deberá ser programada y realizada por el Ministro de Educación Nacional
Artículo 2Vigencia
°. Vigencia . El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación Publíquese, comuníquese y cúmplase.