Artículo 1Derogatoria
°. Derogatoria . Deróguese el Decreto número 958 del cuatro (4) de junio de 2022, por el cual se autoriza con carácter de excepcional una operación a la Financiera de Desarrollo Territorial S. A. -Findeter .
Artículo 2Vigencia
°. Vigencia . El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial y deroga el Decreto número 958 del cuatro (4) de junio de 2022.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constituciones y legales, en especial las que le confiere el numeral 25 del artículo 189 de la Constitución Política, y en desarrollo del literal a) del numeral 1 del artículo 48 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, en consonancia con lo dispuesto en el numeral 2° del artículo 268 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, y
El Ministro de Hacienda y Crédito Público