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decreto 1715 de 2016

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El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en particular las que le confieren el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y CONSIDERANDO: Que el Ministerio del Trabajo presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública, la justificación técnica de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 228 del Decreto-ley número 019 de 2012, y los artículos 2.2.12.1 a 2.2.12.3 del Decreto 1083 de 2015 para efectos de modific

Considerando · 2 motivos

Que el Ministerio del Trabajo presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública, la justificación técnica de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 228 del Decreto-ley número 019 de 2012, y los artículos 2.2.12.1 a 2.2.12.3 del Decreto 1083 de 2015 para efectos de modificar su planta de personal, encontrándola ajustada técnicamente, emitiendo en consecuencia, concepto previo favorable.

Que para los fines de este Decreto la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público emitió concepto favorable.

Artículo 1Suprímanse De La Planta De Personal Del Ministerio Del Trabajo Los Siguien­tes Cargos: Despacho Del Ministro N° De Cargos Denominación De Empleo Código Grado 2 (Dos) Asesor 1020 16

°. Suprímanse de la planta de personal del Ministerio del Trabajo los siguien­tes cargos: Despacho del Ministro N° de cargos Denominación de Empleo Código Grado 2 (dos) Asesor 1020 16

Artículo 2Créanse En La Planta De Personal Del Ministerio Del Trabajo Los Siguientes Cargos: Despacho Del Ministro N° De Cargos Denominación De Empleo Código Grado 2 (Dos) Asesor 1020 05 2 (Dos) Asesor 1020 02 1 (Uno) Profesional Universitario 2044 01 Despacho Del Viceministro De Relacionales Laborales E Inspección N° De Cargos Denominación De Empleo Código Grado 1(Uno) Conductor Mecánico 4103 16

° Créanse en la planta de personal del Ministerio del Trabajo los siguientes cargos: Despacho del Ministro N° de cargos Denominación de Empleo Código Grado 2 (dos) Asesor 1020 05 2 (dos) Asesor 1020 02 1 (uno) Profesional Universitario 2044 01 Despacho del Viceministro de Relacionales Laborales e Inspección N° de cargos Denominación de Empleo Código Grado 1(uno) Conductor Mecánico 4103 16

Artículo 3El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación Y Modifica En Lo Pertinente El Decreto 4112 De 2011

°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el Decreto 4112 de 2011.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en particular las que le confieren el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
La Ministra del Trabajo
La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública