Micelio

decreto 690 de 1972

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de las facultades que le confiere el ordinal 21 del artículo 120 de la Constitución Nacional

Artículo 1Créanse Los Siguientes Cargos En La Dirección General De Impuestos Nacionales Así: A) En La Administración De Impuestos Nacionales De Palmira

°. Créanse los siguientes cargos en la Dirección General de Impuestos Nacionales así

a)

En la Administración de Impuestos Nacionales de Palmira. N° de cargos Nombre del empleo Clase Categoría Sueldo Sección de Liquidación del Impuesto sobre la Renta 1 Técnico en Revisión de Liquidación I 23 4.090

b)

En la Recaudación de Impuestos Nacionales de Buga: N° de cargos Nombre del empleo Clase Categoría Sueldo 1 Liquidador de Impuestos III 20 3.070 1 Sustanciador III 17 2.310 1 Archivero II 13 1.580 2 Mecanógrafos II 11 1.310 1 Oficinista II 11 13.010

Artículo 2El Gobierno Nacional Hará Las Apropiaciones O Traslados Presupuéstales, Que Sean Necesarios, Para, Atender El Costo Total Que Requieren Los Cargos Creados Por El Presente Decreto

°. El Gobierno Nacional hará las apropiaciones o traslados presupuéstales, que sean necesarios, para, atender el costo total que requieren los cargos creados por el presente Decreto.

Artículo 3Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición

°. Este Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese,

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República