en ejercicio de las facultades legales, en especial las que le confieren los artículos 54 literales m) y n) y 115 de la Ley 489 de 1998, y CONSIDERANDO: Que el Instituto Caro y Cuervo presentó el estudio técnico de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004 y los artículos 95 a 97 del Decreto 1227 de 2005 para efectos de modificar su planta de personal, el cual obtuvo concepto favorable del Departamento Administrativo de la Función Pública
Considerando · 3 motivos
Que el Instituto Caro y Cuervo presentó el estudio técnico de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004 y los artículos 95 a 97 del Decreto 1227 de 2005 para efectos de modificar su planta de personal, el cual obtuvo concepto favorable del Departamento Administrativo de la Función Pública;
Que la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, otorgó viabilidad presupuestal para efecto de modificar la Planta de Personal del Instituto Caro y Cuervo;
Que el Consejo Directivo del Instituto Caro y Cuervo según Acta número 007 del 15 de diciembre de 2009, decidió someter a la aprobación del Gobierno Nacional la modificación de su planta de personal;
Artículo 1Apruébase La Modificación De La Planta De Personal Del Instituto Caro Y Cuervo, En El Sentido De Suprimir Los Siguientes Cargos: N° Cargos Dependencia Y Denominación Del Cargo Código Grado Planta Científico Docente 1 (Uno) Decano 2150 07 1 (Uno) Secretario Académico 2155 03 1 (Uno) Síndico 2160 07 8 (Ocho) Investigador Auxiliar 3050 01 12 (Doce) Investigador Asistente 3055 01 8 (Ocho) Investigador Adjunto 3060 03 9 (Nueve) Investigador Asociado 3065 05 6 (Seis) Investigador Asociado 3065 06 6 (Seis) Investigador Titular 3070 07 7 (Siete) Investigador Titular 3070 08 1 (Uno) Profesor Asistente 3075 01 2 (Dos) Profesor Adjunto 3080 03 2 (Dos) Profesor Titular 3085 08 2 (Dos) Auxiliar De Investigación 4150 05 6 (Seis) Auxiliar De Investigación 4150 06 Planta Administrativa Despacho Del Director 1 (Uno) Director General De Entidad Descentralizada 0015 18 1 (Uno) Secretario General De Entidad Descentralizada 0037 02 1 (Uno) Asesor 1020 02 1 (Uno) Profesional Universitario 2044 03 1 (Uno) Auxiliar De Servicios Generales 4064 05 1 (Uno) Secretario 4178 13 1 (Uno) Secretario Ejecutivo 4210 18 Oficina De Programación Y Relaciones Externas 1 (Uno) Profesional Universitario 2044 07 Unidad Científica Y De Investigación Subdirector General De Entidad 1 (Uno) Descentralizada 0040 03 3 (Tres) Profesional Universitario 2044 11 1 (Uno) Secretario 4178 08 Departamento De Biblioteca 1 (Uno) Técnico Operativo 3132 10 3 (Tres) Auxiliar Administrativo 4044 02 1 (Uno) Auxiliar Administrativo 4044 05 Unidad Docente 1 (Uno) Técnico 3100 10 1 (Uno) Secretario 4178 06 1 (Uno) Secretario 4178 10 1 (Uno) Secretario Ejecutivo 4210 18 Sindicatura 1 (Uno) Profesional Universitario 2044 06 1 (Uno) Secretario 4178 10 Sección De Presupuesto Y Contabilidad 2 (Dos) Profesional Universitario 2044 01 1 (Uno) Pagador 4173 18 1 (Uno) Tesorero 4225 20 Sección De Bienes Y Servicios Generales 1 (Uno) Jefe De Sección 2075 05 1 (Uno) Técnico 3100 15 1 (Uno) Auxiliar Administrativo 4044 02 1 (Uno) Auxiliar Administrativo 4044 18 1 (Uno) Auxiliar De Servicios Generales 4064 05 2 (Dos) Celador 4097 06 Sección De Publicaciones 1 (Uno) Jefe De Sección 2075 05 2 (Dos) Profesional Universitario 2044 03 2 (Dos) Auxiliar De Técnico 3054 05 1 (Uno) Técnico 3100 10 1 (Uno) Técnico Operativo 3132 09 2 (Dos) Técnico Operativo 3132 10 1 (Uno) Auxiliar De Servicios Generales 4064 05 2 (Dos) Ayudante 4069 05 5 (Cinco) Operario Calificado 4169 07 4 (Cuatro) Operario Calificado 4169 09 3 (Tres) Operario Calificado 4169 11 2 (Dos) Supervisor 4220 10
°. Apruébase la modificación de la planta de personal del Instituto Caro y Cuervo, en el sentido de suprimir los siguientes cargos: N° Cargos Dependencia y denominación del cargo Código Grado Planta científico docente 1 (uno) Decano 2150 07 1 (uno) Secretario Académico 2155 03 1 (uno) Síndico 2160 07 8 (ocho) Investigador Auxiliar 3050 01 12 (doce) Investigador Asistente 3055 01 8 (ocho) Investigador Adjunto 3060 03 9 (nueve) Investigador Asociado 3065 05 6 (seis) Investigador Asociado 3065 06 6 (seis) Investigador Titular 3070 07 7 (siete) Investigador Titular 3070 08 1 (uno) Profesor Asistente 3075 01 2 (dos) Profesor Adjunto 3080 03 2 (dos) Profesor Titular 3085 08 2 (dos) Auxiliar de Investigación 4150 05 6 (seis) Auxiliar de Investigación 4150 06 Planta Administrativa Despacho del Director 1 (uno) Director General de Entidad Descentralizada 0015 18 1 (uno) Secretario General de Entidad Descentralizada 0037 02 1 (uno) Asesor 1020 02 1 (uno) Profesional Universitario 2044 03 1 (uno) Auxiliar de Servicios Generales 4064 05 1 (uno) Secretario 4178 13 1 (uno) Secretario Ejecutivo 4210 18 Oficina de Programación y Relaciones Externas 1 (uno) Profesional Universitario 2044 07 Unidad Científica y de Investigación Subdirector General de entidad 1 (uno) descentralizada 0040 03 3 (tres) Profesional Universitario 2044 11 1 (uno) Secretario 4178 08 Departamento de Biblioteca 1 (uno) Técnico Operativo 3132 10 3 (tres) Auxiliar Administrativo 4044 02 1 (uno) Auxiliar Administrativo 4044 05 Unidad Docente 1 (uno) Técnico 3100 10 1 (uno) Secretario 4178 06 1 (uno) Secretario 4178 10 1 (uno) Secretario Ejecutivo 4210 18 Sindicatura 1 (uno) Profesional Universitario 2044 06 1 (uno) Secretario 4178 10 Sección de Presupuesto y Contabilidad 2 (dos) Profesional Universitario 2044 01 1 (uno) Pagador 4173 18 1 (uno) Tesorero 4225 20 Sección de Bienes y Servicios Generales 1 (uno) Jefe de Sección 2075 05 1 (uno) Técnico 3100 15 1 (uno) Auxiliar Administrativo 4044 02 1 (uno) Auxiliar Administrativo 4044 18 1 (uno) Auxiliar de Servicios Generales 4064 05 2 (dos) Celador 4097 06 Sección de Publicaciones 1 (uno) Jefe de Sección 2075 05 2 (dos) Profesional Universitario 2044 03 2 (dos) Auxiliar de Técnico 3054 05 1 (uno) Técnico 3100 10 1 (uno) Técnico Operativo 3132 09 2 (dos) Técnico Operativo 3132 10 1 (uno) Auxiliar de Servicios Generales 4064 05 2 (dos) Ayudante 4069 05 5 (cinco) Operario Calificado 4169 07 4 (cuatro) Operario Calificado 4169 09 3 (tres) Operario Calificado 4169 11 2 (dos) Supervisor 4220 10
Artículo 2Las Funciones Propias De Las Diferentes Dependencias Del Instituto Caro Y Cuervo Serán Atendidas Por La Planta De Personal Que A Continuación Se Establece: N° Cargos Dependencia Y Denominación Del Cargo Código Grado Despacho Del Director 1 (Uno) Director General De Entidad Descentralizada 0015 18 1 (Uno) Asesor 1020 06 2 (Dos) Profesional Especializado 2028 15 1(Uno) Conductor Mecánico 4103 09 Planta Global 2 (Dos) Subdirector General De Entidad Descentralizada 0040 16 11 (Once) Profesional Especializado 2028 15 9 (Nueve) Profesional Especializado 2028 14 9 (Nueve) Profesional Universitario 2044 11 4 (Cuatro) Profesional Universitario 2044 10 5 (Cinco) Profesional Universitario 2044 06 1 (Uno) Profesional Universitario 2044 01 1 (Uno) Auxiliar De Técnico 3054 06 1 (Uno) Técnico 3100 16 1 (Uno) Técnico 3100 15 7 (Siete) Técnico 3100 12 3 (Tres) Técnico 3100 06 1 (Uno) Técnico 3100 05 1 (Uno) Técnico Administrativo 3124 11 1 (Uno) Técnico Administrativo 3124 07 1 (Uno) Técnico Operativo 3132 09 3 (Tres) Técnico Operativo 3132 07 3 (Tres) Auxiliar Administrativo 4044 20 5 (Cinco) Auxiliar Administrativo 4044 18 1 (Uno) Auxiliar Administrativo 4044 13 2 (Dos) Auxiliar Administrativo 4044 11 2 (Dos) Auxiliar Administrativo 4044 10 9(Nueve) Auxiliar Administrativo 4044 09 6 (Seis) Auxiliar Administrativo 4044 07 3 (Tres) Auxiliar Administrativo 4044 06 3 (Tres) Auxiliar Administrativo 4044 05 1 (Uno) Conductor Mecánico 4103 09 2 (Dos) Conductor Mecánico 4103 06
°. Las funciones propias de las diferentes dependencias del Instituto Caro y Cuervo serán atendidas por la planta de personal que a continuación se establece: N° Cargos Dependencia y denominación del cargo Código Grado Despacho del Director 1 (uno) Director General de entidad descentralizada 0015 18 1 (uno) Asesor 1020 06 2 (dos) Profesional Especializado 2028 15 1(uno) Conductor Mecánico 4103 09 Planta global 2 (dos) Subdirector General de entidad descentralizada 0040 16 11 (once) Profesional Especializado 2028 15 9 (nueve) Profesional Especializado 2028 14 9 (nueve) Profesional Universitario 2044 11 4 (cuatro) Profesional Universitario 2044 10 5 (cinco) Profesional Universitario 2044 06 1 (uno) Profesional Universitario 2044 01 1 (uno) Auxiliar de Técnico 3054 06 1 (uno) Técnico 3100 16 1 (uno) Técnico 3100 15 7 (siete) Técnico 3100 12 3 (tres) Técnico 3100 06 1 (uno) Técnico 3100 05 1 (uno) Técnico Administrativo 3124 11 1 (uno) Técnico Administrativo 3124 07 1 (uno) Técnico Operativo 3132 09 3 (tres) Técnico Operativo 3132 07 3 (tres) Auxiliar Administrativo 4044 20 5 (cinco) Auxiliar Administrativo 4044 18 1 (uno) Auxiliar Administrativo 4044 13 2 (dos) Auxiliar Administrativo 4044 11 2 (dos) Auxiliar Administrativo 4044 10 9(nueve) Auxiliar Administrativo 4044 09 6 (seis) Auxiliar Administrativo 4044 07 3 (tres) Auxiliar Administrativo 4044 06 3 (tres) Auxiliar Administrativo 4044 05 1 (uno) Conductor Mecánico 4103 09 2 (dos) Conductor Mecánico 4103 06
Artículo 3El Director General Del Instituto Distribuirá Los Cargos De La Planta Global A Que Se Refiere El Artículo 2° Del Presente Decreto, Mediante Acto Administrativo Y Ubicará El Personal Teniendo En Cuenta La Estructura, Las Necesidades Del Servicio, Los Planes Y Programas De La Entidad
°. El Director General del Instituto distribuirá los cargos de la planta global a que se refiere el artículo 2° del presente decreto, mediante acto administrativo y ubicará el personal teniendo en cuenta la estructura, las necesidades del servicio, los planes y programas de la entidad.
Artículo 4La Incorporación De Los Funcionarios A La Nueva Planta De Personal Que Se Adopta Con El Presente Decreto, Se Hará Conforme A Las Disposiciones Legales Vigentes Sobre La Materia, Dentro De Los Siguientes Treinta (30) Días Calendario Contados A Partir De La Fecha De Su Expedición
°. La incorporación de los funcionarios a la nueva planta de personal que se adopta con el presente decreto, se hará conforme a las disposiciones legales vigentes sobre la materia, dentro de los siguientes treinta (30) días calendario contados a partir de la fecha de su expedición. Los empleados públicos continuarán percibiendo la remuneración mensual correspondiente a los empleos que desempeñan actualmente, hasta tanto se produzca la incorporación a la nueva planta de personal y tomen posesión del cargo.
Artículo 5Los Cargos De Carrera Vacantes De La Planta De Personal, A Que Se Refiere El Artículo 2° Del Presente Decreto, Se Proveerán De Conformidad Con Lo Dispuesto En La Ley 909 De 2004, El Decreto Reglamentario 1227 De 2005 Y Las Demás Disposiciones Que Los Modifiquen, Adicionen O Sustituyan
°. Los cargos de carrera vacantes de la planta de personal, a que se refiere el artículo 2° del presente decreto, se proveerán de conformidad con lo dispuesto en la Ley 909 de 2004, el Decreto Reglamentario 1227 de 2005 y las demás disposiciones que los modifiquen, adicionen o sustituyan.
Artículo 6El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación Y Deroga Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias Y En Especial Los Decretos 1101 De 1974, 616 De 1974, 1307 De 1978, 3523 De 1980, 109 De 1988 Y 708 De 1988
°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias y en especial los Decretos 1101 de 1974, 616 de 1974, 1307 de 1978, 3523 de 1980, 109 de 1988 y 708 de 1988.