en uso de sus facultades legales
Artículo 1
Artículo primero. En la carretera Troncal Occidental, sector Sahagún-Rio San Jorge (construcción) se suprimen los siguientes cargos: Ingeniero Jefe; Cajero-Contador y Almacenista.
Artículo 2
Artículo segundo. En la vía Camino de Santuario al rio Ingara, se suprimen los siguientes; Ingeniero de Estudios Preliminares y Trazado, y de Inspector.
Artículo 3
Artículo tercero. En la carretera, Pensilvania a empalmar, con Sonsón-Doradá, (Comisión de Explanación y Trazado), se suprimen los siguientes; Ingeniero Jefe, Ayudante de Caja y Almacén o Inspector.
Artículo 4
Artículo cuarto. En la carretera Arbelaez-San Bernardo Cabrera (construcción), se suprime el cargo de Ingeniero Jefe.
Artículo 5
Artículo quinto. En la carretera Rosas-La Sierra-San Sebastián (construcción), se suprime el cargo de Ingeniero-Jefe.
Artículo 6
Artículo sexto. En la carretera Vélez, Chispatá-Santa Elena-La Paz, se suprimen los siguientes cargos. Ingeniero Jefe, Habilitado-Almacenista; Inspector de Trabajos
Artículo 7
Artículo séptimo. En la Zona de Carreteras Nacionales de Ibagué, se suprime el cargo de Ingeniero Ayudante, encargado de los trabajos de la carretera Andalucia-La Colonia-Sumapaz, cargo creado por el Decreto número 3779 de 1947. Comuníquese y publíquese.