En uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO: Que el Gobierno debe atender a los trabajadores del Terminal Marítimo de Cartagena en las afecciones de los órganos de los sentidos. Que el sistema de consultas a profesionales particulares no da resultados satisfactorios, y Que el volumen de consultas justifica la creación del cargo de un especialista
Considerando · 3 motivos
Que el Gobierno debe atender a los trabajadores del Terminal Marítimo de Cartagena en las afecciones de los órganos de los sentidos.
Que el sistema de consultas a profesionales particulares no da resultados satisfactorios, y;
Que el volumen de consultas justifica la creación del cargo de un especialista;
Artículo 1Créase El Cargo De Especialista De Órganos De Los Sentidos En El Terminal Marítimo De Cartagena, Con Asignación Mensual De $ 450
º Créase el cargo de especialista de órganos de los sentidos en el Terminal Marítimo de Cartagena, con asignación mensual de $ 450.
Artículo 2El Cargo Que Se Expresa No Tendrá Derecho A Prima Móvil, Y Se Cubrirá Con La Partida De "gastos De Administración Y Explotación Del Terminal"
º El cargo que se expresa no tendrá derecho a prima móvil, y se cubrirá con la partida de "Gastos de Administración y explotación del Terminal". Comuníquese y publíquese.