Micelio

decreto 2693 de 1968

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO: Que por medio del numeral 3º del artículo 59 de la Ley 45 de 1967, se autorizó al Gobierno Nacional para abrir créditos y efectuar traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1968, con el objeto de garantizar la buena marcha de la administración pública y el cumplimiento de los programas de inversión

Considerando · 4 motivos

Que por medio del numeral 3º del artículo 59 de la Ley 45 de 1967, se autorizó al Gobierno Nacional para abrir créditos y efectuar traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1968, con el objeto de garantizar la buena marcha de la administración pública y el cumplimiento de los programas de inversión;

Que el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, por medio de la Resolución número 04515 de 1968, ha declarado sobrantes los saldos de unas apropiaciones de su Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal en curso, con el objeto de que sean trasladados para incrementar otras apropiaciones que resultaron insuficientes, por un total de $ 2.138.000.00;

Que para amparar la operación presupuestal de que se trata, el Contralor General de la República expidió el Certificado de Reserva y Disponibilidad número 46 de 1968, por un valor igual al que se trata de transferir, y;

Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios;

Artículo 1Hácense Los Siguientes Traslados En El Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 1968: Presupuesto De Funcionamiento Contracréditos: Ministerio De Hacienda Y Crédito Público Capítulo 085 Administración Y Dirección Del Ministerio Programa 241 Gabinete Del Ministro, Dirección, Secretaría Y Asesorías

º Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1968: PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO Contracréditos: Ministerio de Hacienda y Crédito Público CAPÍTULO 085 Administración y Dirección del Ministerio PROGRAMA 241 Gabinete del Ministro, Dirección, Secretaría y Asesorías. Servicios personales 101 111 103 Artículo 0901. Sueldos del personal de nómina $ 20.000 Gastos generales 106 111 211 Artículo 0910. Recepciones oficiales 150.000 CAPÍTULO 086 Rama técnica PROGRAMA 243 Administración y Recaudación de Impuestos Nacionales. Sub-programa 2. Administraciones y Recaudaciones de Impuestos Servicios personales 101 114 103 Artículo 0929. Sueldos del personal de nómina 1.018.000 Gastos generales 105 114 201 Artículo 0931. Mantenimiento y aseguros 500.000 106 114 205 Artículo 0934. Servicio de comunicaciones 250.000 CAPÍTULO 087 Rama Administrativa PROGRAMA 249 Servicios Administrativos Generales Gastos generales 105 111 201 Artículo 1010. Mantenimiento y aseguros 100.000 106 111 311 Artículo 1016. Impresos y publicaciones 100.000 Suman los Contracréditos $ 2.138.000 CREDITOS: PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO Ministerio de Hacienda y Crédito Público CAPÍTULO 085 Administración y Dirección del Ministerio PROGRAMA 241 Gabinete del Ministro, Dirección, Secretaría Asesorías. Gastos generales 105 111 301 Artículo 0905. Compra de equipo 50.000 106 111 205 Artículo 0907. Servicios Públicos 5.000 CAPÍTULO 086 Rama técnica PROGRAMA 243 Administración y Recaudación de Impuestos Nacionales. Sub-programa

1.

Administración de la División de Impuestos. Servicios personales 101 114 107 Artículo 0919. Sueldos del personal supernumerario 200.000 Gastos generales 106 114 311 Artículo 0928. Impresos y publicaciones 250.000 Sub-programa

2.

Administraciones y Recaudaciones de Impuestos. Gastos generales 105 114 301 Artículo 0932. Compra de equipo 500.000 PROGRAMA 245 Preparación, Ejecución y Control del Presupuesto Nacional Servicios personales 101 113 115 Artículo 0959. Trabajos adicionales para el presupuesto 100.000 102 113 123 Artículo 0961. Indemnización por vacaciones 500.000 Gastos generales 105 113 201 Artículo 0962. Mantenimiento y aseguros 40.000 106 113 305 Artículo 0967. Materiales y suministros 100.000 106 113 311 Artículo 0968. Impresos y publicaciones 140.000 PROGRAMA 246 Manejo de ingresos y pagos Gastos generales 106 113 201 Artículo 0972. Mantenimiento y aseguros 5.000 106 113 207 Artículo 0975. Servicios públicos 9.000 106 113 305 Artículo 0976. Materiales y suministros 15.000 106 113 211 Artículo 977. Comisiones bancarias por transferencias 100.000 CAPÍTULO 087 Rama Administrativa PROGRAMA 249 Servicios Administrativos Generales Gastos generales 105 111 301 Artículo 1011. Compra de equipo 100.000 106 111 207 Artículo 1014. Servicios públicos 15.000 106 111 211 Artículo 1018. Gastos varios e imprevistos 15.000 Suman los Créditos $ 2.138.000

Artículo 2El Presente Decreto Rige Desde La Fecha De Su Expedición

º El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público