en uso de sus facultades legales
Artículo 1
Artículo primero. A partir del 1° de octubre del año en curso, suprimense los cargos cuya remuneración en cada caso se indica, en los siguientes establecimientos dependientes del Ministerio de Justicia: Penitenciaria de Palmira. Un Maestro de Taller, con $ 180.00. Cárcel del extinguido Circuito de Concepción. Un Director, con $ 200.00. Dos Guardianes, con $ 150.00 cada uno. Centro de Observación de Menores "El Redentor" 2 Visitadoras Sociales Practicantes, con $ 100.00. cada una.
Artículo 2
Artículo segundo. A partir del primero (1°) de octubre del año en curso, créanse los cargos cuya remuneración mensual en cada caso se indica, en los siguientes establecimientos dependientes del Ministerio de Justicia: Colonia Penal y Agrícola del Sur - Araracuara. 1 Bulldozero, con $ 700.00. 1 Jefe de Talleres, con $ 380.00. Centro de Observación de Menores. 1 Jefe de Talleres de Mecánica, con $ 200.00
Artículo 3
Artículo tercero. Los gastos que demande el presente Decreto se cubrirán con cargo a las apropiaciones del Ministerio de Justicia. Comuníquese y publíquese.