El Presidente de la República de Colombia
en ejercicio de las facultades extraordinarias que le confiere el numeral 3 del artículo 90 de la ley 75 de 1986
Artículo 1º La Asignación Básica Mensual Para El Personal Directivo De La Compañía De Fomento Cinematográfico -Focine- Será La Siguiente: Cargo Grado Asignación Básica($) Gerente 03 226
º La asignación básica mensual para el personal Directivo de la Compañía de Fomento Cinematográfico -Focine- será la siguiente: CARGO Grado Asignación básica($) Gerente 03 226.343 Subgerente 05 156.548 Secretario General 06 156.548
Artículo 2º El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación, Deroga El Decreto Extraordinario 157 De 1987 Y Surte Efectos Fiscales A Partir Del 1º De Marzo De 1987
º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación, deroga el Decreto Extraordinario 157 de 1987 y surte efectos fiscales a partir del 1º de marzo de 1987.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades extraordinarias que le confiere el numeral 3 del artículo 90 de la ley 75 de 1986
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El ministro de Comunicaciones
El Secretario General, encargado de las funciones del Despacho del Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil
Joaquín Barreto Ruizencargado