Micelio

decreto 2405 de 1972

2 artículos · lectura continua

El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales y en especial de las que le confieren los artículos 3°. Y 2°. De los Decretos 2338 y 2340 de 1971 respectivamente

Artículo 1Para La Vigencia Fiscal De 1972, La Planta Del Personal Uniformado De La Policía Nacional Será La Siguiente: Personal De Vigilancia Brigadieres Generales 4 Coroneles 41 Tenientes Coroneles 70 Mayores 170 Capitanes 300 Tenientes 190 Subtenientes 414 Sargentos Mayores 62 Sargentos Primeros 288 Sargentos Viceprimeros 670 Sargentos Segundos 758 Cabos Primeros 922 Cabos Segundos 945 Agentes De Vigilancia 39

°. Para la vigencia fiscal de 1972, la planta del personal uniformado de la Policía Nacional será la siguiente: Personal de Vigilancia Brigadieres Generales 4 Coroneles 41 Tenientes Coroneles 70 Mayores 170 Capitanes 300 Tenientes 190 Subtenientes 414 Sargentos Mayores 62 Sargentos Primeros 288 Sargentos Viceprimeros 670 Sargentos Segundos 758 Cabos Primeros 922 Cabos Segundos 945 Agentes de Vigilancia 39.034 Agentes conductores 1.566 Personal de Servicios. Coroneles 3 Tenientes Coroneles 7 Mayores 3 Capitán 1 Tenientes 17 Subtenientes 3 Sargentos Primeros 2 Sargento Viceprimero 1 Sargento Segundo 1

Artículo 2El Presente Decreto Rige A Partir Del Primero (1°

°. El presente Decreto rige a partir del primero (1°.) de noviembre de mil novecientos setenta y dos y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias. Comuníquese y cúmplase.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Defensa Nacional