en uso de sus atribuciones legales, y CONSIDERANDO: Que el Consejo de Ministros en su sesión del día 16 de diciembre del año en curso, autorizó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para efectuar unos traslados dentro de las apropiaciones del Ministerio de Obras Públicas, según consta en el acta respectiva
Considerando · 1 motivo
Que el Consejo de Ministros en su sesión del día 16 de diciembre del año en curso, autorizó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para efectuar unos traslados dentro de las apropiaciones del Ministerio de Obras Públicas, según consta en el acta respectiva;
Artículo 1Hácense Los Siguientes Traslados En El Presupuesto Vigente: Ministerio De Obras Públicas
º Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente: Ministerio de Obras Públicas. CAPITULO 114. Del articuló 2006-A. Para terminación, sostenimiento, ampliación y mejoras del trayecto de carretera Sogamoso-Puebloviejo (Lago de Tota), Ley 30 de 1935 $ 5.000.00 CAPITULO 114. Al artículo 2006-B. Para la carretera Pantano de Vargas-Firavitoba. Ley 85 de 1941 $ 5.000.00
Artículo 2El Presente Decreto Rige Desde Su Fecha
º El presente Decreto rige desde su fecha. Comuníquese y publíquese.