Micelio

decreto 618 de 1999

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Artículo 1º

º. Créase una prima especial de gestión a favor del Presidente del Banco del Estado, equivalente al 75% del sueldo básico mensual, la cual no constituye factor salarial para ningún efecto.

Artículo 2º

º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en desarrollo de las normas generales señaladas en la Ley 4º de 1992
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública