Micelio

decreto 1006 de 2022

3 artículos · lectura continua

el Senado y la Cámara de Representantes”

en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales y, en especial, de las que le confieren los artículos 138, y 200 numeral 2 de la Constitución Política, en concordancia con los artículos 85 de la Ley 5a de 1992, y CONSIDERANDO: Que de conformidad con el inciso tercero del artículo 138 de la Constitución Política, el Congreso de la República se reunirá en sesiones extraordinarias, por convocatoria del Gobierno nacional y durante el tiempo que este señale, para ocuparse de asuntos que someta a su consideración, dentro

Considerando · 2 motivos

Que de conformidad con el inciso tercero del artículo 138 de la Constitución Política, el Congreso de la República se reunirá en sesiones extraordinarias, por convocatoria del Gobierno nacional y durante el tiempo que este señale, para ocuparse de asuntos que someta a su consideración, dentro de los cuales está darle continuidad al procedimiento legislativo de proyectos de ley prioritarios para el país.

Que el numeral segundo del artículo 200 de la Constitución Política, establece que corresponde al Gobierno nacional, en relación con el Congreso, convocarlo a sesiones extraordinarias.

Artículo 1Convocatoria A Sesiones Extraordinarias

°. Convocatoria a sesiones extraordinarias. Convóquese al Honorable Congreso de la República a sesiones extraordinarias desde el día 21 de junio hasta el día 23 de junio de 2022.

Artículo 2Objeto De La Convocatoria

°. Objeto de la convocatoria. Durante el período de sesiones extraordinarias señalado en el artículo primero del Decreto 1006 de 2022, el Honorable Congreso de la República se ocupará de continuar con el trámite de los siguientes asuntos

1.

Trámite Legislativo del Proyecto de ley número 432 de 2022 Cámara, 366 de 2022 Senado, “por medio de la cual se modifica la Ley 3ª de 1992, modificada por la Ley 754 de 2002 y por la Ley 1921 de 2018; y se dictan otras disposiciones”.

2.

Trámite Legislativo del Proyecto de ley número 425 de 2021 Cámara, 314 de 2020 Senado, “por medio del cual se establece un marco jurídico especial en materia de legalización y formalización minera, así como para su financiamiento, comercialización y se establece una normatividad especial en materia ambiental”. Ministerio del Interior

3.

Trámite Legislativo del Proyecto de ley número 384 de 2021 Cámara, 293 de 2020 Senado, “por medio de la cual se aprueba el «Tratado relativo a la transmisión electrónica de solicitudes de cooperación jurídica internacional entre autoridades centrales”, suscrito en el marco de la plenaria de la conferencia de ministros de justicia de los países iberoamericanos, llevada a cabo en la ciudad de Medellín, los días 24 y 25 de julio de 2019”.

4.

Trámite Legislativo del Proyecto de ley número 408 de 2021 Cámara, 150 de 2021 Senado, “por medio de la cual se aprueba el «Acuerdo entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de los Emiratos Árabes Unidos en relación con servicios aéreos entre y más allá de sus respectivos territorios», suscrito en Brasilia, el 7 de noviembre de 2012”.

5.

Trámite Legislativo del Proyecto de ley número 035 de 2020 Cámara, 156 de 2021 Senado, “por medio del cual se adopta el uso del sistema de lecto escritura braille en los empaques de los productos alimenticios, cosméticos, plaguicidas de uso doméstico, aseo, médicos y en servicios turísticos, así como en los sitios de carácter público y se dictan otras disposiciones”.

6.

Trámite Legislativo del Proyecto de ley número 038 de 2020 Cámara, 308 de 2022 Senado, “por medio de la cual se expiden normas para garantizar beneficios sociales focalizados a los pescadores artesanales comerciales y de subsistencia”

↺ Versiones anteriores (1)
Vigente 14/06/2022 – 20/06/2022

Artículo 2°. Objeto de la convocatoria. Durante el período de sesiones extraordinarias señalado en el artículo primero del presente Decreto, el Honorable Congreso de la República se ocupará de continuar con el trámite de los siguientes asuntos:

1. Trámite legislativo del Proyecto de Ley número 432 de 2022 Cámara, 366 de 2022 Senado, “Por medio de la cual se modifica la Ley 3a de 1992, modificada por la Ley 754 de 2002 y por la Ley 1921 de 2018; y se dictan otras disposiciones” .

2. Trámite legislativo del Proyecto de Ley número 425 de 2021 Cámara, 314 de 2020 Senado, “Por medio del cual se establece un marco jurídico especial en materia de legalización y formalización minera, así como para su financia­miento, comercialización y se establece una normatividad especial en materia ambiental” .

3. Trámite Legislativo del Proyecto de Ley número 384 de 2021 Cámara, 293 de 2020 Senado, “Por medio de la cual se aprueba el “Tratado relativo a la transmisión electrónica de solicitudes de cooperación jurídica internacional en­tre autoridades centrales”, suscrito en el marco de la plenaria de la conferencia de ministros de justicia de los países iberoamericanos, llevada a cabo en la ciudad de Medellín, los días 24 y 25 de julio de 2019” .

4. Trámite legislativo del Proyecto de Ley número 408 de 2021 Cámara, 150 de 2021 Senado, “Por medio de la cual se aprueba el “Acuerdo entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de los Emiratos Árabes Unidos en relación con servicios aéreos entre y más allá de sus respectivos territorios”, suscrito en Brasilia, el 7 de noviembre de 2012” .

5. Trámite legislativo del Proyecto de Ley número 638 de 2021 Cámara, 249 de 2020 Senado, “Por medio de la cual se establecen disposiciones sobre el Programa Juegos Intercolegiados Nacionales” .

6. Trámite de ascensos de Oficiales Generales y de insignia de la Armada Na­cional, al grado de Vicealmirante del Contralmirante Orlando Enrique Grisales Franceschi, y al grado de Contralmirante del Capitán de Navío Camilo Mauri­cio Gutiérrez Olano.

Artículo 3El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación

°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales y, en especial, de las que le confieren los artículos 138, y 200 numeral 2 de la Constitución Política, en concordancia con los artículos 85 de la Ley 5a de 1992, y
El Ministro del Interior