Micelio

decreto 2403 de 1949

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus atribuciones legales, y en especial de la conferida por el parágrafo 3° del artículo 1° de la Ley 66 de 1926

Artículo 1Del Presupuesto Vigente

Artículo primero. Hácese la siguiente supresión en el personal del ramo de Correos del Ministerio de Correos y Telégrafos: Departamento del Valle. Palmira: La plaza de Auxiliar Quinto de la Administración de Correos, con asignación mensual de $ 100.00 cargo para el cual estaba nombrado el señor Rafael Antonio Pérez Herrán. Suma $ 100.00

Parágrafo

La partida anterior corresponde al Capitulo 97, artículo 1987 del Presupuesto vigente.

Artículo 2Del Presupuesto Vigente

Artículo segundo. Hácense las siguientes creaciones en el personal del ramo de Correos del Ministerio de Correos y Telégrafos: Departamento del Valle. Palmira: Dos plazas de Carteros de la Administración de Correos, con asignaciones mensuales de $ 48 cada uno, $ 96.00 Suma $ 96 00

Parágrafo

El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo anterior se imputará al Capitulo 97, artículo 1987 del Presupuesto vigente.

Artículo 3

Artículo tercero. El presente Decreto rige a partir del día primero del mes de agosto del año en curso. Comuníquese y cúmplase.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Correos y Telégrafos